Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/03/2013 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Segunda Sección
arts. 234 y 236 a 238 de la LCO.- 9. Librar oficios a los fines del cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 177, 179 y 180 de la ley 24522, cuyo diligenciamiento deberá realizarse de inmediato por la Sindicatura.- 9.- Intimar al fallido y/o terceros que posean bienes del mismo, para que en el término de veinticuatro horas de su requerimiento, pongan a disposición del Síndico los bienes del fallido.10.- Ordenar la inmediata realización de los bienes del fallido con los alcances del art. 203
de la L.C.Q., la que deberá estar a cargo de un martillero de la matrícula, a cuyo fin, oportunamente deberá designarse audiencia.
11.- Ordenar al síndico la realización del inventario de bienes del fallido, en el término y con los efectos que prescribe el inciso 10 del art. 88, LCQ.- 12.- Hacer saber a los acreedores con título posterior a la presentación en concurso que deberán requerir la verificación de sus créditos por vía incidental, en la que no se aplicarán costas sino en caso de pedido u oposición manifiestamente improcedente.- 13.- Hágase saber a la sindicatura que deberá presentar el informe conteniendo el recálculo de los créditos ya verificados en los términos del art. 202 de la ley concursal dentro del término de treinta días a partir de que quede firme la presente resolución.- 14.- Notificar la presente declaración de quiebra a la Dirección General de Rentas de la Provincia.-15.- Disponer la publicación de edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia sin previo pago, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 89 de la ley N 24.522.- PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y AGRÉGUESE AL LEGAJO
DEL ART. 279 DE LA LEY CONCURSAL LA
COPIA QUE EXPIDO.- Fdo.: Dr. Gustavo A.
Massano, Juez.
5 días 2709 21/3/2013 - $ 1610
Orden Juez 1 Inst. y 7 Nom. C. y C. Conc. y Soc. N 4 de Cba., en autos: "BLINKHORN, JORGE FERNANDO - PEQUEÑO CONCURSO
PREVENTIVO - HOY QUIEBRA - PATRIMONIO
DEL FALLECIDO" Expte. N 2136126/36, se resolvió por Sentencia N 11 del 05-03-13, 1
Declarar en estado de quiebra al patrimonio del fallecido Sr. Jorge Fernando Blinkhorn, D.N.I. N 8.341.382, cuyo último domicilio se encontraba en la calle Galán N 29, Barrio San Martín de esta Ciudad de Córdoba. VIII Intimar a los sucesores del Sr. Jorge Fernando Blinkhorn y a los terceros que posean bienes del mismo, para que en el término de veinticuatro horas los entreguen al Síndico. VII
Prohibir a los sucesores del fallido hacer pagos de cualquier naturaleza en relación a los bienes que integran el patrimonio del fallecido, haciéndose saber a terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho. Asimismo prohíbase a los terceros efectuar pagos a los sucesores del fallecido, los que deberán consignarse judicialmente en los presentes obrados. XV Establecer que los acreedores por causa o título posterior a la presentación en concurso preventivo 07/02/
2011 materialicen su insinuación en el pasivo por vía incidental art. 280 L.C.Q., en los términos del art. 202 L.C.Q. Se fijó la siguiente fecha: informe general: 15/05/13. Síndico: Cr.
Carlos Jacobo Suguer. Domicilio: Av.
Chacabuco N 150, Oficina 36, ciudad de Córdoba. Tel. 0351-4223778. Of. 06/03/13.
Fdo.: Mónica Lucía Puccio, Pro Sec..
5 días 2837 21/3/2013 - $ 630.
RIO CUARTO. El Sr. Juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia y 2 Nominación de la ciudad de Río Cuarto en autos
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - T OMO DLXXVII - Nº 37
caratulados: "MAURY JORGE - CONCURSO
PREVENTIVO", secretaría a cargo del autorizante, ha dictado las siguientes resoluciones: SENTENCIA NUMERO: 183. RIO
CUARTO, 24/10/2012. Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I Declarar el concurso preventivo del Sr. JORGE MAURY, L.E. 7.669.362, con domicilio en calle Colón 370 de la localidad de Sampacho. II Designar audiencia a los fines de sorteo de Sindico, clase "B" de la lista suministrada por la Excma.
Cámara a tal fin, el día 2 de Noviembre del corriente año con noticia al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. III
Procédase a la publicación de edictos en el Boletín Oficial y Diario puntal de la ciudad, conforme lo dispuesto por el inc. 4 del art. 14
y 27 de LCQ. IV Emplácese a la concursada para que en el término de tres días presenten los libros que lleven referido a su situación económica ante este Tribunal a los fines dispuestos por el art. 14 inc. 5, debiendo en defecto de los obligatorios, adjuntar libro IVA, Compras y Ventas y en su defecto, oficiar a la Afip para que remita las declaraciones Juradas de los últimos tres años. V Anótese el presente en los Registros correspondientes requiriéndose los informes de ley. VI Declarar la inhibición general del concursado para disponer y gravar bienes registrables, procediéndose a la anotación en los registros correspondientes, haciéndole saber en todo los casos que dicha medida no se encuentra sujeta a caducidad alguna y que la misma no podrá ser levantada sin la autorización del Juez del concurso. VII Librar oficios a los Tribunales pertinentes a los fines previstos en el art. 21 del LCQ y para que informen si registra entrada proceso concursal anterior a nombre del Sr. Jorge Maury. VIII Hágase saber al concursado que en el caso de ausentarse del país deberá cumplimentar con lo dispuesto en el art. 25 de la ley 24522, con la respectiva comunicación al Tribunal y en el caso de exceder los cuarenta días deberá solicitar la pertinente autorización. IX Librar oficios a la Dirección Nacional de Migraciones, Prefectura Naval Argentina, Gendarmería Nacional, Policía Federal, Dirección Nacional de Aduanas y Dirección Superior de Policía de Seguridad Aeroportuaria, a fin de hacer saber que, el Sr. Jorge Maury no podrá salir del país sin acreditar la previa comunicación de su ausencia al Tribunal, en caso de ausentarse por un lapso menor a cuarenta días o la previa autorización del tribunal si se ausentare por un plazo mayor, sobre el concursado rigen las limitaciones establecidas por el art. 25 de la ley concursal. X Intímese para que en el término de tres días de notificada la presente resolución deposite judicialmente la suma de pesos $1500 a fin de abonar los gastos de correspondencia. XI Fijar como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación al sindico para el día 5
de Diciembre del 2012, inclusive. XII Designar hasta el día 22 de Febrero de 2013, para que la Sindicatura presente el INFORME INDIVIDUAL
y hasta el día 8 de Abril de 2013, para la presentación del INFORME GENERAL. XIII Fijar como fecha de vencimiento del PERIODO DE
EXCLUSIVIDAD el día, 27 de Agosto de 2013;
la audiencia informativa, en consecuencia se llevará a cabo de corresponder el día 19 de Agosto de 2013, por ante la sede de este Tribunal o en el lugar que este indique en su oportunidad. XIV Correr vista al Síndico por el plazo de diez días computados a partir de la aceptación del cargo, a fin de que se pronuncie sobre el pasivo existente como así también sobre la existencia de fondos liquidas
disponibles. XV Líbrense los oficios pertinentes a los fines que por derecho corresponda. XVI Oficiar al Juzgado Civil y Comercial de 4 Nominación, secretaría a cargo del Dr. Elio Pedernera conforme lo dispuesto en el punto VII del considerando.
PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y DESE
COPIA. AUTO N 27, RIO CUARTO, 28/02/2013.
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I Prorrogar los plazos establecidos en la Sentencia Número Ciento Ochenta y Tres de fecha veinticuatro de Octubre de dos mil doce, establecidos en los puntos número. XI Fijar como fecha hasta que los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación al sindico para el día 5 de Abril del 2013, inclusive. XII Designar hasta el día 21 de Mayo de 2013, para que la sindicatura presente el INFORME INDIVIDUAL y hasta el día 5 de Julio de 2013, para la presentación del INFORME GENERAL. XIII Fijar como fecha de vencimiento del PERIODO DE EXCLUSIVIDAD, para el día 17 de Diciembre de 2013, la audiencia informativa en consecuencia se llevará a cabo de corresponder el día 10 de Diciembre de 2013, por ante la sede de este Tribunal o en el lugar que este indique en su oportunidad.Publíquense edictos en el Boletín Oficial y Diario Local Puntal por el término de cinco días.PROTOCOLICESE y HAGASE SABER.- Fdo:
Dra. Fernanda Bentancourt, Juez.- Río Cuarto, 21 de noviembre de 2012.- Téngase por designado sindico la Cdora. ISABEL ESTHER
GUILLEN, con domicilio en calle Dinkeldein 1243
de esta ciudad. Horario de atención lunes a viernes de 17:00 a 20:00 hrs.5 días 2802 21/3/2013 - $ 2240

REGULACIONES DE
HONORARIOS
RIO SEGUNDO. Se hace saber a los herederos de MARÍA MODESTA CLAVERO, que la Sra. Jueza de 1 Inst. en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Río Segundo, ha dictado las siguientes resoluciones en los autos caratulados "INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS
DEL DR. HÉCTOR DANIEL ROGGERO EN AUTOS CLAVERO JOSÉ FRANCISCO Y MARÍA
MARGARITA GAITE ó MARÍA GAITE ó MARGARITA GAITE - DECLARATORIA DE
HEREDEROS": AUTO NUMERO: QUINIENTOS
SESENTA Y NUEVE.- Río Segundo, veintiuno de octubre de dos mil diez.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Hacer lugar al pedido de regulación de honorarios profesionales efectuado por el Dr. Héctor Daniel Roggero y en consecuencia, regular los honorarios del mismo en la suma de Pesos Doce mil trescientos $ 12.300.- por sus tareas profesionales llevadas a cabo en los autos "Clavero José Francisco y María Margarita Gaite o María Gaite o Margarita Gaite Declaratoria de Herederos", y a cargo de los herederos forzosos de los causantes, Sres.
Sucesores de María Modesta Clavero; Juana Zulema Clavero; Emma Salvadora Clavero y Rosa Margarita Clavero en las correspondientes proporciones de ley arts.
3417, 3565 y 3570 C.C., con más los intereses establecidos en el considerando.PROTOCOLÍCESE, HÁGASE SABER Y DESE
COPIA.- FDO.: SUSANA E. MARTINEZ GAVIER:
JUEZ - OTRA RESOLUCION: AUTO
INTERLOCUTORIO NUMERO 362.- RIO
SEGUNDO, 06/06/2012.- Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: 1 Hacer lugar al pedido de regulación de honorarios profesionales efectuado por la Perito Patricia Armando y en consecuencia, regular los
CÓRDOBA, 15 de marzo de 2013
honorarios de la misma en la suma de Pesos Tres Mil trescientos $ 3.300- por sus tareas profesionales llevadas a cabo en los autos "INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS
DEL DR. HÉCTOR DANIEL ROGGERO EN AUTOS CLAVERO JOSÉ FRANCISCO Y MARÍA
MARGARITA GAITE ó MARÍA GAITE ó MARGARITA GAITE - DECLARATORIA DE
HEREDEROS", y a cargo de los herederos forzosos de los causantes, Sres. Sucesores de María Modesta Clavero; Juana Zulema Clavero; Emma Salvadora Clavero y Rosa Margarita Clavero en las correspondientes proporciones de ley arts. 3417, 3565 y 3570
C.C., con más los intereses establecidos en el considerando PROTOCOLÍCESE, HÁGASE
SABER Y DESE COPIA.- FDO.: SUSANA E.
MARTINEZ GAVIER: JUEZ.- Córdoba, 28 de Febrero de 2013.
N 2724 - $ 218,10

SENTENCIAS
El Juzgado de 21ra Nom. C y C a cargo del Dr. Viñas Julio José, Sec. Única en autos FISCO
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/ TECERA
CEFERINO ESTEBAN -Pres. Múltiple FiscalExpte: 964278/36, Se ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO: 4926.
Córdoba trece 13 de mayo de 2008. Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO:
I HACER LUGAR a la demanda ejecutiva promovida en contra de TECERA CEFERINO
ARIEL y en consecuencia, mandar llevar adelante la ejecución entablada hasta el completo pago a la actora de la suma de PESOS TRESCIENTOS DOS CON OCHENTA
CENTAVOS $302,80, con mas intereses de acuerdo al considerando pertinente. II Costas a cargo de la parte demandada a cuyo fin regúlense los honoraros del/la Dr/a.
FERNANDEZ MERCEDES DEL CARMEN en la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y
CUATRO CON DIEZ CENTAVOS $534,10 por la tareas realizadas hasta la Sentencia y en la suma de PESOS CIENTO SESENTA CON
VEINTITRES CENTAVOS $160,23 por las tareas previas a la iniciación del juicio.
Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdo.
Julio José Viñas-Juez 2 días 2817 - 18/3/2013 - $ 210.-

CITACIONES
El Juzgado de 25ta Nom. C y C a cargo de la Juez Dra. Smania Claudia María, Sec. Única en autos DIRECCION DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA C/ COMAN, GABINO
MARCOS Y OTROS -Pres. Múltiple Fiscal-Expte:
1225477/36. CITA Y EMPLAZA a la parte demandada SUCESION INDIVISA DE COMAN, GABINO ALTAMIRANO DE COMAN MARIA DE
LOS ANGELES para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Cítesela de remate para que en el término de tres días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Conforme a lo dispuesto por la ley 9201Modificatoria del Código Tributario Provincial Cba, 28 de Noviembre de 2012.
5 días 2812 - 21/3/2013 - $ 385.El Juzgado de 25ta Nom. C y C a cargo de la Juez Dra. Smania Claudia María, Sec. Única en autos DIRECCION DE RENTAS DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA C/ ALANIS DE
TRETTEL CARMEN -Pres. Múltiple Fiscal-Expte:
1585205/36. CITA Y EMPLAZA a la parte demandada ALANIS DE TRETTEL CARMEN

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/03/2013 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data15/03/2013

Conteggio pagine35

Numero di edizioni3646

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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