Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/03/2012 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 23 de Marzo de 2012
formule las impugnacio nes que estime corresponder. OPOR TUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fueré conforme a derecho,-. Fdo.
PONSELLA MÓNICA ALEJANDRA PROSECRETARIO LETRADO
5 días 2201 - 29/3/2012 La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada PATTOCHI
MARCELA CLAUDIA, PATOCCHI MARIA
GABRIELA Y PATOCCHI ANA PATRICIA
SOCIEDAD DE HECHO que en los autos "DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA C/ PATOCCHI MARCELA CLAUDIA, PATOCCHI MARIA GABRIELA Y PATOCCHI ANA
PATRICIA - SOCIEDAD DE HECHO S/ Ejecutivo fiscal 944647/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 14 de noviembre de 2011.
Téngase presente y en su mérito publíquense edictos art. 4 ley 9024 Fdo. FERNANDEZ DE
IMAS ELSA ALEJANDRA - PROSECRETARIO
LETRADO. Córdoba, 14 de mayo de 2010.
ATENTO el certificado que antecede del que surge la ausencia de excepciones y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la ley N 9024 modificado por la ley 9576, FORMULESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales. NOTIFIQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.
Fdo. FERREYRA DILLON FELIPE PROSECRETARIO LETRADO
5 días 2202 - 29/3/2012 - $ 64
La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada COOPERATIVA DE
VIVIENDA Y CONSUMO 22 DE ABRIL LIMITADA
que en los autos "DIRECCION DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA C/ COOPERATIVA
DE VIVIENDA Y CONSUMO 22 DE ABRIL
LIMITADA S/ Ejecutivo fiscal 1833660/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 25
de agosto de 2011. ATENTO el certificado que antecede del que surge la-ausencia de excepciones, y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7de la ley N 9024
modificado por la ley 9576, FORMULESE
liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de honorarios profesionales.
NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de 3
días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Fdo. FERREYRA DILLON, FELIPE - PROSECRETARIO LETRADO
5 días 2203 - 29/3/2012 - $ 68
La señora Juez de Primera Instancia y 25 Civil y Comercial de la ciudad de _ Córdoba, hace saber a la parte demandada COOPERATIVA DE
VIVIENDA Y CONSUMO 22 DE ABRIL LIMITADA
que en los autos "DIRECCION DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA C/ COOPERATIVA
DE VIVIENDA Y CONSUMO 22 DE ABRIL

BOLETÍN OFICIAL
LIMITADA S/ Ejecutivo fiscal 1833658/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, Córdoba, 26 de agosto de 2011- HABIÉNDOSE
vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legitima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE
expedita la vía. de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la Ley N 9024, modificado por la Ley N 9576. Y
en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación. de los honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder. OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.-. Fdo.
PONSELLA MÓNICA ALEJANDRAPROSECRETARIO LETRADO.
5 días 2204 - 29/3/2012 - $ 64
La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada MARTINEZ MIGUEL
ANGEL, MARTINEZ. JOSE MARIA, MARTINEZ
JOSE SOLANO, MARTINEZ ADOLFO AGUSTIN
que en los autos "DIRECCION DE RENTAS DE
LA PROVINCIA DE CORDOBA C/MARTINEZ
MIGUEL ANGEL Y OTROS S/ Ejecutivo fiscal.
1764724/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 25 de agosto de 2011.
ATENTO el certificado que antecede del que surge la ausencia de excepciones, y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art 7 de la ley N 9024 modificado por la ley 9576, FORMULESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de 3 días fatales formule las impugnaciones. que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Fdo.
FERREYRA DILLON FELIPE - PROSECR ARIO
LETRADO.
5 días 2205 - 29/3/2012 - $ 68
La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada SANTUCCI, ERMINDO que en los autos "DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/
SANTUCCI ERMINDO S/ Ejecutivo fiscal 1747880/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 25 de agosto de 2011.
ATENTO el certificado que antecede del que surge la ausencia. de excepciones, y encontrándose expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la ley N 9024 modificado por la ley 9576, FORMULESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado con copia. de la referida liquidación, para que en el término de 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñe se al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Fdo.
FERREYRA DILLON FELIPE - PROSECRETARIO

3

LETRADO.
5 días 2206 - 29/3/2012 - $ 64.El señor Juez de Primera Instancia y 21 Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada MEDINA, JORGE
EMILIO que en los autos "DIRECCIÓN DE RENTAS
DE LA PROVINCJA DE CÓRDOBA C/ MEDINA
JORGE EMILIO S/ Ejecutivo fiscal 723167/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, seis 6 de octubre de 2011. Atento lo solicitado y constancias de autos: procédase a la publicación de edictos por el término de ley debiendo los mismos ser suscriptos por parte del letrado interviniente art. 146 C.P.C.C Fdo.
GIL GREGORIO VICENTE PROSECRETARIA
LETRADO Córdoba, siete 7 de octubre de 2010. De la liquidación presentada: vista a la contraria art. 564 del CPC.- Fdo. SANDRA
RUTH TODJABABIAN SECRETARIA.
5 días 2207 - 29/3/2012 - $ 64.La señora Juez de Primera Instancia y25 Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada DEBEGNACH, ANTONIO que en los autos "DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/
DEBEGNACH ANTONIO S/ Ejecutivo fiscal 724349/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 21 de julio de 2011.
Téngase presente y en su mérito publíquense edictos art. 4 ley 9024 Fdo. PETRI PAULINA
ERICA - PROSECRETARIO LETRADO.
Córdoba,11 de mayo de 2011. De la liquidación presentada: vista a la contraria art.564 del CPC.-. Fdo. PONSELLA MÓNICAALEJANDRA
- PROSECRETARIO LETRADO.
5 días 2208 - 29/3/2012 - $ 40.La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada ALBERTALLI, GABRIEL ALBERTO que en los autos "DIRECCION DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA C/ ALBERTALLI GABRIELALBERTO
S/ Ejecutivo fiscal 1924898/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, Córdoba, 14
de septiembre de 2011.- HABIÉNDOSE vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legítima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley DECLÁRESE
expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7de la Ley N 9024, modificado por la Ley N 9576, Y en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales .. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.-. Fdo.
PONSELLA M6NICA ALEJANDRA - PROS
CRETARIO LETRADO
5 días 2210 - 29/3/2012 - $ 72
El señor Juez de Primera Instancia y 21 Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Hace saber a la parte demandada PEREYRA, MARIA
DEL CARMEN que en los autos "DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/
PEREYRA MARIA DEL CARMEN S/Ejecutivo fiscal 2010555/36", se a dictado la siguiente resolución: Córdoba, veintiuno 21 de noviembre de 2011, Atento lo solicitado y constancias de autos, procédase a la
publicación de edictos por el término de ley, debiendo los mismos ser suscriptos por parte del letrado interviniente art. 146 c.P.C.C..- Fdo.
GIL GREGORIO VICENTE PROSECRETARIO
Cítese y emplácese a la parte demandada PEREYRA, MARIA DEL CARMEN para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía.
Cítesela de remate en la misma diligencia para que en el término de tres días subsiguientes al del vencimiento del comparendo, oponga excepciones y ofrezca las pruebas que hacen a su derecho, bajo apercibimiento. Fdo. Dra.
María Eugenia César -Procuradora Fiscal.
5 días 2209 - 29/3/2012 - $ 68
La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada AGUIRRE, ANALlA
LORENA que en los autos "DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/
AGUIRRE ANALlA LORENA S/ Ejecutivo fiscal 1924910/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, Córdoba, 14 de septiembre de 2011.- HABIÉNDOSE vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legitima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art. 7 de la Ley N 9024, modificado por la Ley N 9576, Y en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales. NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho.-. Fdo.
PONSELLA MÓNICA ALEJANDRA - PRO
CRETARIO LETRADO
5 días 2211 - 29/3/2012 - $ 72.La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace saber a la parte demandada MIRANDA, SERGIO
PEDRO que en los autos "DIRECCION DE
RENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA C/
MIRANDA SERGIO PEDRO S/Ejecutivo fiscal 1775517/36", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, Córdoba, 26 de agosto de 2011.- HABIÉNDOSE vencido el término por el que se citó de remate a la parte demandada sin que haya opuesto excepción legitima alguna, y sirviendo el presente de la constancia requerida por la ejecutante y exigida por la ley, DECLÁRESE expedita la vía de ejecución por el crédito reclamado, sus intereses y costas art, 7 de la Ley N 9024, modificado por la Ley N
9576, Y en su mérito FORMÚLESE liquidación, incluyéndose en la misma la estimación de los honorarios profesionales, NOTIFÍQUESE al demandado, con copia de la referida liquidación, para que en el término de tres 3 días fatales formule las impugnaciones que estime corresponder.
OPORTUNAMENTE, acompáñese al Tribunal constancia de la cédula de notificación debidamente diligenciada y copia de la liquidación formulada a los fines de su aprobación si fuere conforme a derecho. Fdo, PONSELLA MÓNICA ALEJANDRA - PROSE
CRETARIO LETRADO.
5 días 2212 - 29/3/2012 - $ 72.La señora Juez de Primera Instancia y 25
Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, hace

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/03/2012 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data23/03/2012

Conteggio pagine8

Numero di edizioni3645

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione11/07/2024

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