Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/06/2007 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Córdoba, 25 de Junio de 2007
diario de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble. Cítese a los colindantes, Fisco de la Provincia y Municipalidad de Bell Ville, en los términos del Art. 784 del C.P.C.C. Ofíciese a los fines de la exhibición de edictos del Art. 785
del C.P.C. y colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble en cuestión, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante la tramitación del juicio Art. 786 del C.P.C.. El inmueble que se pretende usucapir se describe: Según plano de mensura de posesión: Confeccionado por el ingeniero Civil Gastón H. Briner, MP. 4473 y visado por la Dirección General de Catastro de la Provincia con fecha 11/8/05. Expediente 0563.00092.05
se designa como lote 36 y mide: quince metros al NO línea A-B lindando con calle Int. Rubén Márquez, catorce metros noventa en su contrafrente al SE línea C-D, lindando con P.1
de Eduardo Guillermo Renny, diecisiete metros en su costado NE línea B-C lindando con Parcela 2 de Felipa Pereyra de López y dieciséis metros con noventa en su costado S.O. línea D-A lindando con calle Intendente Roldán; haciendo una superficie total de doscientos cincuenta y tres metros cuarenta y dos decímetros cuadrados. El inmueble citado figura inscripto en el Registro General de la Provincia en Protocolo de Dominio N 35282, Folio 41262, Tomo 166, año 1950 a nombre del señor Guillermo Eduardo Renny. Ana Laura Nieva - Pro-Sec. Letrada.
10 días - 11200 - s/c.
RIO SEGUNDO - La Sra. Juez de 1ra.
Instancia, Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Río Segundo, en los autos caratulados:
" Ratti Victoria María - Usucapión" ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número: Ciento Dieciséis. Río Segundo, 5 de Abril de 2006.Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: I Hacer lugar a la demanda de usucapión entablada, y consecuencia reconocer a la señora Victoria María Ratti como propietario del inmueble descripto en los vistos presentes declarando adquirido el dominio por prescripción. II Ordenar se haga saber la presente por edictos publicados por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días en el BOLETÍN
OFICIAL y el diario sorteado. III Ordénase libre oficio al Registro General de la Propiedad y a la Dirección General de Rentas a los fines de la inscripción. IV Imponer las costas a los demandados. V Regular los honorarios profesionales de la Dra. Sonia Alima Badran en la suma de pesos Trescientos sesenta y siete $ 367. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo. Susana Martínez de Gavier -Juez.
Ofic.. 19 de Abril de 2007.
10 días - 12001 - s/c.
RIO CUARTO - El señor Juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia y Primera Nominación, Secretaría Dra. Mariana Andrea Pavón, de Río Cuarto, en autos caratulados "DAndrea Flavio César - Demanda de Usucapión", se ha dictado la siguiente resolución: Río Cuarto, 16 de Abril de 2007.
Proveyendo a la diligencia que antecede:
téngase presente lo manifestado. Provéase al escrito de fs. 76 de conformidad a derecho.
Téngase por iniciada la presente acción declarativa de Usucapión, del inmueble compuesto por una fracción de terreno baldío que ocupa el costado sud-este de la quinta designada con el número dos, formando parte de ella y ubicada en el sector quintas, antes Pastos Comunes de la Colonia Sampacho, dentro del ámbito del ejido urbano del Municipio de la localidad de Sampacho, Pedanía Achiras,
BOLETÍN OFICIAL
Departamento Río Cuarto, emplazada entre las calles Paraguay, Ranqueles, Los inmigrantes y el camino a la localidad de Los Chañaritos, fracción de terreno empadronada en la Dirección General de Rentas bajo el N de Cuenta 2401220128/9 e inscripta en el Registro General de la Provincia de Córdoba al número setenta y ocho, folio cuarenta y cinco vuelta, Tomo uno del año 1907, en contra de Arturo Miranda y Rubén Juan Puddu, y contra quienes se consideren con derecho sobre el inmueble.
Admítase. Imprímasele el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a los demandados Arturo Miranda y Rubén Juan Huddu para que en el término de cuatro días comparezcan estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía.
Cítese al Fisco de la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de la localidad de Sampacho para que en el término de cuatro días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley Art. 784 inc. 1 del CPCC.
Cítese en calidad de terceros al colindante denunciado Sr. Eduardo T. Albornoz y a los terceros que se consideren con derecho al inmueble en cuestión. Todos los nombrados serán citados para que comparezcan estar a derecho y a deducir oposición en su caso, dentro del término de cuatro días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos que será de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, bajo apercibimiento legal. Todo ello sin perjuicio de la citación a domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Remítase un ejemplar de Edictos para su exhibición a la Municipalidad de Sampacho Art. 785 del CPCC. Ofíciese al Sr. Juez de Paz de la localidad de Sampacho a efectos de que intervenga en la instalación de un cartel indicativo en el inmueble que se trata de usucapir, con las referencias necesaria a cerca de la existencia del pleito, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio Art. 786 del CPCC. Notifíquese. Fdo.: Dr. José A. Peralta - Juez. Dra. Mariana Andrea Pavón Sec.
10 días - 10852 - s/c.
El Sr. Juez Civil y Comercial de 12 Nominación en lo Civil y Comercial, en autos: Salti, Miguel Angel - Usucapión - Medidas Preparatorias para Usucapión Expte. N 562273/36, Sentencia N sesenta y siete. Córdoba. 20/3/07. Y Vistos:
Y Considerando: Se Resuelve: 1 Hacer lugar a la demanda y declarar que el Sr. Carlos Osvaldo Salti ha adquirido por prescripción veinteñal un inmueble que se describe como una fracción de terreno, con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo que contiene, ubicada en la localidad de Quilino, pedanía del mismo nombre - departamento Ischilín, provincia de Córdoba, que conforme al plano de mensura para ser agregado al Juicio Usucapión, por prescripción adquisitiva confeccionado por el Ing. Agrimensor Fedor Fernando Zaya - Mat. P. 1227/1 y visado por la Dirección General de Catastro en expediente N 0033-63313/96, se designa como lote: 1, tiene las siguientes medidas perimetrales, colindancias y superficies: su costado NorOeste mide: 50,00 línea A-B linda con calle 9
de Julio, su costado Nor-Este mide: 99,48 mts.
línea B-C lindando con Sucesores de Wenceslao R. Ozán posesión - Declaración Jurada N 00194/1960: Su costado Sud-Este mide: 50,00 mts. línea C-D linda con calle Maipú asfaltada y su frente Sud-Oeste, mie: 99,43
mts. línea D-A linda con calle Mariano Moreno que lo separa del Estado Provincial Escuela Provincial "Provincia de Buenos Aires con superficie total de cuatro mil novecientos
setenta y dos metros cincuenta y cuatro decímetros cuadrados, empadronado en la Dirección General de Rentas como propiedad cuenta N 17020613630/1 - Nomenclatura Catastral: Pblo. 23 - C: 01 S.01 M. 080- P 001.
No se consigna número de dominio porque no consta. 2 Imponer las costas por el orden causado, difiriendo la regulación de honorarios del letrado interviniente para cuando se determine base para hacerlo. 3 Publíquese la sentencia en la forma prevista en el Art. 790
del C. de P.C. y cumplimente lo dispuesto por el Art. 15 de la Ley 5445. 4 Oportunamente inscríbase la presente en el Registro General de Propiedades y demás Reparticiones Públicas que correspondan, a cuyo fin, líbrense los oficios pertinentes. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Dra. Marta S. González de Quero - Juez. Irene C. Bueno de Rinaldi - Sec..
10 días - 12015 - s/c.
En los autos caratulados "Sindicato Petrolero de Córdoba - Usucapión - Medidas Preparatorias para Usucapión Expte. N 632386/36", que se tramitan por ante el Juzgado de 19 Nom. Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, se ha resuelto: Córdoba, 17 de Octubre de 2005.
Admítase la presente demanda en cuanto por derecho corresponda a la que se le dará el trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a los demandados y a los que se consideren con derecho sobre el inmueble para que en el término de tres días los primeros y veinte días los segundos comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese y emplácese a los colindantes en calidad de terceros interesados, al Procurador del Tesoro, al Intendente Municipal para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento del Art. 784 C. de P.C..
Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por diez veces en el término de treinta días. Líbrese providencia a los fines de cumplimentar el Art.
786 del C.P.C.. Oportunamente traslado por diez días. Notifíquese. Fdo.: Gabriela Pucheta - Sec..
El inmueble a usucapir se describe como una fracción de terreno con casa habitación y demás mejoras de edificación, clavado y plantado, ubicada en calle Ayacucho N 543 - Matrícula Folio Real N 718.503 Departamento Capital 11
- entre las calles Montevideo y San Luis, de esta ciudad, siendo el terreno parte del lote 1 y 2. El terreno es de forma irregular y mide 2,70
mts. de frente al Oeste, sobre calle Ayacucho, de los cuales corresponde 1 mts al lote uno y 1,70 mts. al lote dos, por 38 mts. de fondo en el costado Norte estando formado el costado sud por una línea quebrada que mide desde el extremo Sud del frente Oeste, hacia el Este, 18
mts. desde el extremo de ésta línea dobla al Sud, con extensión de 5 mts. 80 cms. el final de la cual dobla nuevamente al Este, con extensión de 20 mts. hasta encontrar el extremo Sud de la línea del contrafrente Este, cuya línea mide 8,50
mts. formando de tal modo un martillo a favor y linda: al Oeste calle Ayacucho, y en el martillo con más terreno del lote dos de la Sra. María Santos Catello, al Norte con el terreno lote uno del Sr. Sebastián Llacerano, al Sud y Este más terreno del lote dos de la Sra. María Santos Castello, con una superficie total de 220,48
metros cuadros. Of. 4/6/2007. Graciela Pucheta - Sec.
10 días - 11767 - s/c.
El Sr. Juez de 1ra. Instancia y 31 Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, comunica que en los autos caratulados "León Luis Adolfo - Usucapión", se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 3 de Setiembre de 1997. Por deducida la demanda de usucapión.

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Cítese y emplácese a los demandados, Sr.
Alfredo D. Shaw y/o a sus sucesores, para que en el término de diez días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley.
Cítese y emplácese al Fisco Provincial y a la Municipalidad o Comuna de La Rinconada o la más cercana a ésta, para que en el término de diez comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Cítese y emplácese a los terceros Sres. Inocencio Carlos Carballo, Pabla Maclovia Suárez de Carballo, Antonina Silda Carballo, Irma Clotilde Adrover, Enrique Ernesto Ichaj o Schaj, Esteban Nolasco Cabrera, Juana Angela Rojas de Cabrera, Víctor V. Vallini, a los colindantes Sres. Enrique César Pérez Galeano o Galdeano, Ramón Estanislao Cisneros y Manuel Farias, y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir para que concurran a deducir oposición dentro del término de diez días conforme lo dispuesto por el Art. 783 del C.P.C.C., bajo apercibimiento, a cuyo fin publíquense edictos por el término y en la forma establecida en el artículo antes citado.
Cumpliméntese con lo dispuesto por los Arts.
784, 785 y 786 del C.P.C.C., bajo apercibimiento.
Notifíquese. Cítese en la forma solicitada. Fdo.:
Dra. Susana Pares - Juez. Dra. Hermelinda Panichelli de Carreño - Sec. El inmueble que se pretende usucapir es el siguiente: Una fracción de terreno que forma parte del campo denominado "Los Corderos" sito en La Rinconada, Pedanía Candelaria Sud, Departamento Río Seco, Provincia de Córdoba, que consta de 357 Has, 2257 mts. cuadrados de superficie y que linda al Norte con el campo del Sr. Enrique César Pérez Galeano o Galdeano, al Sur con el campo del Sr. Ramón Estanislao Cisneros, al Este con un campo de propietario desconocido y al Oeste con el campo del Sr.
Manuel Farias, según plano de mensura confeccionado por el Ing. Agrim. Alberto D.
Villarreal con aprobación técnica para juicio de usucapión por la Dirección General de Catastro de la provincia, según expediente N 003332754/91. Empadronado en la Dirección General de Rentas a nombre del Sr. José Ramón Herrera, cuenta N 2605.1813773.7. Otro Decreto: Cba., cuatro 4 de Mayo de 2007. Por recibidos. Avócase. Notifíquese conforme a lo dispuesto en el Art. 89 in fine del C.P.C.C. Fdo.:
Dr. Aldo Novak. Juez. Dra. Weinhold de Obregón - Sec. Cba., Mayo de 2007.
10 días - 11988 - s/c.
El Sr. Juez de la. Inst. y 32. Nom. Civil y Comercial de Córdoba en los autos caratulados:
"BAIGORRIA HECTOR SEVEROUSUCAPIONMEDIDAS PREPARATORIAS PARAUSUCAPIONEXPTE." N 510064/36, se notifica a los que pretendan tener derecho sobre el inmueble objeto de este juicio de la siguiente resolución:
Sentencia N180 de fecha 30 de mayo de 2007.Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO:
1 Hacer lugar en todas sus partes a la acción deducida y en consecuencia declarar al Sr.
Héctor Severo Baigorria, como titular del derecho real de dominio sobre el inmueble descripto en autos, a saber: fracción de terreno ubicado en el Departamento Río Primero, Pedanía Tala, a 2,8
Km. de "El Alcalde" desigando como parcela 1642-0267, que posee forma rectangular midiendo el segmento formado por los puntos A-B 121,17 Mts., segmento B-C mide 650 mts., el segmento C-D mide 130 mts, segmento D-A
mide 640,59 mts. Linda al noroeste con parcela 1642-0364 de Ramón José Marcelo Balcells y Olga Galdys Testa de Balcells, al sud-Oeste con parcela 1642-0168 de Héctor Hugo Martinelli y Osvaldo Antonio Martinelli, Ferrocarril General Manuel Belgrano, hoy camino Público de por medio. Al Sud-Este y Nor-Este con parcela 1642-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/06/2007 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data25/06/2007

Conteggio pagine24

Numero di edizioni3660

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione01/08/2024

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