Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2006 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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siguiente: "Venado Tuerto, 06 de septiembre de 2006. Previendo cargo Nro. 10822/
06.Téngase presente lo manifestado.
Informando en este acto el Actuario que la parte demandada no compareció a los fines establecidos en el Art. 445 inc. 1 del C. P. C. y C., pese a encontrarse debidamente notificada, según cédula de publicación de edicto que se acompaña, téngase por auténticas las firmas insertas en la documental reservada en Secretaría, por reconocido su contenido y por preparada la vía ejecutiva. Notifíquese. Fdo.
Dr. Marcelo Ferraro Juez; Dr. María Celeste Rosso.Secretaria.Venado Tuerto, 21 de septiembre de 2006.
5 días - 24608 - 27/11/2006 - $ 50,50
VENADO TUERTO - Por disposición del Juzgado de Circuito Nro. 3 de Venado Tuerto, sito en Saavedra 455 de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Alberto O. Frinchaboy, Secretaría de la Dra. Lilia H.
Arleo, en los autos caratulados: "Sindicatura Ex Bid s/ Quiebra c/ Oliva, Jorge Oscar s/
Demanda Ejecutiva" Expte. Nº 1322/06, se ha dispuesto notificar al señor Oliva, Jorge Oscar, D. N. I. 10.046.757, lo siguiente: "Venado Tuerto, 04 de Septiembre de 2006. Proveyendo cargo Nro. 6351/06. Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder general que obra a fs. 2/5 de los autos que se acompañan, para ser glosados por cuerda a los presentes, y con domicilio legal constituido. Por iniciada la acción que se expresa, la que tramitará por la Vía Ejecutiva. Cítese y emplácese al demandado a comparecer y a estar a derecho dentro del término de veinte 20 días, bajo apercibimientos de ley. Exímase a la actora del pago de sellados, sin perjuicio de su oportuna reposición con la preferencia de ley. A lo demás, oportunamente. Notifíquese por edictos. "Fdo.:
Dr. Alberto O. Frinchaboy. Juez. Dra. Lilia H.
Arleo Secretaria. Venado Tuerto, 27 de Septiembre de 2006.
5 días - 24607 - 27/11/2006 - $ 54,50.
Se hace saber que la Señora Jueza de Primera Instancia y 33º Nominación Civil y Comercial de Concursos y Sociedades Nro. 6 de la ciudad de Córdoba. Secretaría del Dr. Hugo H.
Beltramone, en los autos caratulados "Corbiet S.A. -Gran Concurso Preventivo Expte.
508211/36, "Sociedad de Beneficencia Hospital Italiano - Gran Concurso Preventivo Expte.
505818/36", "Sociedad de Beneficencia Hospital Italiano - Corbiet S.A. - Concurso de Agrupación Expte. 508229/36" se ha dictado el Auto Interlocutorio número ciento sesenta y dos 162 de fecha 19/10/06 y su aclaratoria Auto Interlocutorio número ciento sesenta y nueve 169 de fecha 25/10/06, por los que se Resuelve: I Modificar las fechas establecidas por Sentencia Nº 162, 163 y 161 del 24/05/04 y Auto Locutorio Nº 42 del 07/04/06, de la siguiente manera: a Advertir a la concursada que la propuesta de acuerdo preventivo deberá ser presentada en los términos del Art. 43 de la Ley 24.522. b Fijar el día 07 de Mayo de 2007, a las 9:30hs. o en caso de fuerza mayor o imposibilidad del Tribunal, el día hábil inmediato subsiguiente a la misma hora, para que lleve a cabo la audiencia informativa art. 45, ley 24.522, la que se celebrará solo en el supuesto de que con anterioridad a dicha fecha la deudora no hubiese obtenido la conformidades previstas en el art. 45 y comunicado dicha circunstancia acompañando las constancias pertinentes al Tribunal. Hace saber a la concursada que dicha fecha servirá asimismo como plazo tope para que presente modificaciones a su propuesta original art. 43

BOLETÍN OFICIAL
in fine Ley 24.522. Fdo.: Dra. Delia I. R.
Carta de Cara - Jueza. Of. 01-11-06.
Nº 24623 - $ 129.
Por orden del Juez de 1º Inst. y 29º Nom. C. y C. Conc. y Soc. Nº 5 de la Cdad. de Cba. en autos: "Mauri Hnos S. R. L. - Quiebra Propia SimpleExpte. Nº 1124355/36" , se hace saber que en dichos autos se dictó la siguiente resolución: Sentencia Nº 401. Córdoba, 24 de Octubre de 2006. Y Vistos Y
Considerando Se Resuelve: IDeclarar la quiebra de Mauri Hnos. S.R.L., inscripta en el Protocolo de Contratos y Disoluciones del Registro Público de Comercio el 13-02-89, bajo el Fº 398 Aº 89, con sede social en camino a San Carlos Km. Siete y medio Matrícula Nº 8838-B de esta ciudad VIntimar a la sociedad deudora y a los terceros que posean bienes de la misma, para que en el término de veinticuatro horas de su requerimiento, pongan a disposición del Sr. Síndico los mismos, bajo apercibimiento art. 88 inc. 3 L. C. Q. VIIntímase a la fallida para que cumplimente acabadamente los requisitos a que se refiere el art. 86 2do. Párrafo de la ley 24.522 indicando la descripción y ubicación exacta de los bienes muebles e inmuebles y para que entregue a la Sindicatura, dentro del término de veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad que obrare en su poder art. 88 inc. 4 ley 24.522 VII. Prohíbese a la fallida realizar pagos de cualquier naturaleza haciéndose saber a los terceros que los perciban, que los mismos serán ineficaces; asimismo, prohíbese a los terceros efectuar pagos a la fallida, los que deberán realizarse por consignación judicial en los presentes autos art. 88 inc. 5 ley 24522. XVFijar como plazo para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y títulos pertinentes ante la Sindicatura hasta el 23 de marzo de 2007, de conformidad a los arts. 126, 200 y 202 Ley 24.522 XVI - Hacer saber a la Sindicatura que deberá presentar Informe Individual sobre los créditos hasta el día 09 de mayo de 2007 y el Informe General hasta el día 05 de julio de 2007 debiendo en dicha oportunidad hacer rendición de cuentas del arancel previsto en los arts. 32 y 200 L. C. acompañando la documentación respaldatoria; haciéndose saber que la resolución judicial verificatoria de créditos a que alude el art. 200 Ley 24.522 se fija para el 07 de junio de 2007. XVIIPublicar edictos por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL, sin previo pago art. 89 L.C. Fdo.: Ricardo Bianciotti, Juez. Se hace saber que la Cra.
Estela María Ame. Matr. Prof. 10.10191.7 con fecha 02-11-06 aceptó el cargo de Síndico en los presentes, fijando domicilio en Av. General Paz Nº 108, 2º piso de esta ciudad. Of. 02-1106. Tey de Faraco, Prosec..
5 días - 24612 - 27/11/2006 - $ 177.
En los autos "Clínica Privada de la Familia S.R.L. - Pequeño Concurso Preventivo - Hoy Quiebra Indirecta"- Expte. Nº 861144/36"- que se tramitan por ante este Juzgado de Primera Instancia y Decimotercera Nominación Civil y Comercial Concursos y Sociedades Nro. 1, Secretaría Marcela Antinucci, por sentencia Nº 758 de fecha 03-11-2006, se ha resuelto:
Y Vistos Y Considerando Se Resuelve:
I Declarar la quiebra indirecta de "Clínica Privada de la Familia S.R.L inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, en el Protocolo de Contratos y Disoluciones bajo el Nº 735 Folio 3.190 Tomo 13 del año 1995 y sus modificatorias inscriptas bajo el Nº 694 folio 3.206 del año
1997; en la Mat.-1057-B con fecha 19/02/
1999; en la Mat.-1057-B-1 con fecha 27-022004 y en la Mat.-1057-B-2 de fecha 2-122004 con domicilio y sede social inscripta en calle 25 de Mayo Nº 881 de esta ciudad, en los términos de los art. 288 y 289 de la L.C.Q.II Disponer que la Sindicatura continuará siendo ejercida por el Contador Raúl Alberto Ribotta Mat. Prof. Nº 10-4272-6, con domicilio a los efectos procesales en calle Rivera Indarte Nº 350, 5to. Piso, de esta ciudad, de acuerdo a lo prescripto por el art. 253 inc.
7º, en su primera parte, de la L.C.Q.. VI
Prohibir a la sociedad fallida hacer pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho VII
Intimar a la deudora y a los terceros que posean bienes de la misma para que, en el término de veinticuatro horas, los entreguen a la Sindicatura XVI Establecer que los acreedores por causa o título posterior a la presentación en concurso preventivo y anterior a este resolutorio, materialicen su verificación de crédito por vía incidental art.
280 L.C.Q., en los términos del art. 202 de la L.C.Q., por no ser el presente uno de los supuestos previstos por el art. 88, último párrafo, del cuerpo legal citado.- XVII Fijar como fecha para que el síndico presente el Informe General actualizado art. 39 L.C.Q., el día veinte de diciembre de dos mil seis 2012-2006, debiendo el funcionario proceder a recalcular los créditos que hubieran obtenido verificación en el concurso preventivo, a los fines de dar cumplimiento a lo estatuido por el art. 202, in fine, de la L.C.Q..
XIX Publicar edictos por cinco días en el BOLETÍN OFICIAL, sin previo pago art. 89, 3º párrafo, L.C.Q.. Protocolícese, hágase saber y expídase las copias de ley. Fdo.:
Carlos Tale, Juez. - Marcela S. Antinucci, Sec.. Of. 03-11-2006.
5 días - 24609 - 27/11/2006 - $ 181.

SENTENCIAS
RIO SEGUNDO - La Sra. Juez C. C. C. y Flia.
de la ciudad de Río Segundo, Secretaría a cargo del Dr. Marcelo Antonio Gutiérrez, en autos "Municipalidad de Río Segundo c/ Juana Cristina Sacchi y Otros s/ Ejecutivo", ha dictado la siguiente resolución: "Sentencia Número Doscientos Setenta y Tres. Río Segundo, Veintisiete de octubre de dos mil seis.- Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Hacer lugar a la demanda y en consecuencia ordenar llevar adelante la ejecución en contra de Juana Cristina Sacchi, Gladys Natalia Sacchi, Elida Cristina Sacchi, Juanita Lujan Sacchi, Marisa Gricelda Sacchi, Mariela Magdalena Sacchi, y el Sr. Carlos Alberto Sacchi, hasta el completo pago del capital reclamado de Pesos Tres Mil Quinientos Treinta y Tres con Dieciséis Centavos $ 3.533,16, con más los intereses establecidos en el considerando correspondiente.- II Con costas a la vencida.
III Regular los honorarios del Dr. Santiago Reyna, por sus trabajos en esta instancia, en la suma de pesos Cuatrocientos cuarenta y cinco $ 445,00; y regular los honorarios por apertura de carpeta art. 99. inc. 5 de la Ley 8226 en la suma de Pesos Setenta y tres con cincuenta y tres centavos $ 73,53.Protocolícese, hágase saber y dése copia.
"Firmado: Dra. Susana E. Martínez Gavier Juez.
3 días - 25135 - 23/11/2006 - $ 46.
RIO SEGUNDO - La Sra. Juez C. C. C. y Flia.
de la ciudad de Río Segundo, Secretaría a
Córdoba, 21 de Noviembre de 2006
cargo del Dr. Marcelo Antonio Gutiérrez, en autos " Municipalidad de Río Segundo c/
Miguel Angel Ríos s/ Ejecutivo", ha dictado la siguiente resolución: "Sentencia Número:
Doscientos Setenta y Cuatro. Río Segundo, veintiséis de Octubre de dos mil seis. Y
Vistos Y Considerando Resuelvo: I
Hacer lugar a la demanda y en consecuencia ordenar llevar adelante la ejecución en contra de Miguel Angel Ríos, hasta el completo pago del capital reclamado de Pesos Seiscientos Setenta con Ochenta y Dos Centavos $ 670,82, con más los intereses establecidos en el considerando correspondiente.- II Con costas a la vencida.
III Regular los honorarios del Dr. Santiago Reyna, por sus trabajos en esta instancia, en la suma de pesos Doscientos cuarenta y cinco $ 245,00, y regular los honorarios por apertura de carpeta art. 99 inc. 5 de la Ley 8226 en la suma de Pesos Setenta y tres con cincuenta y tres centavos $ 73,53.Protocolícese, hágase saber y dése copia".Firmado: Dra. Susana E. Martínez Gavier Juez.
3 días - 25129 - 23/11/2006 -$ 42.
El Sr. Juez de 1 Instancia y 38 Nom. en lo C.
y C. de la ciudad de Córdoba, en los autos:
"Banco Hipotecario S.A. c/ Lentini, Carlos Miguel Felipe - Ejecución Hipotecaria" Expte.
Nº 315927/36, ha dictado la siguiente resolución: "Sentencia Número: cuatrocientos cincuenta y dos. Córdoba, veinticuatro de octubre de dos mil seis. Y Vistos Y
Considerando Se Resuelve: 1 Rechazar las Excepciones de Incompetencia, Inhabilidad de Título, Pago y Plus Petición, opuestas por el accionado señor Carlos Miguel Lentini, L. E.
4.703.031 y en consecuencia mandar llevar adelante la ejecución hipotecaria promovida por Banco Hipotecario S.A., en contra de la sucesión del demandado Carlos Miguel Lentini, fallecido a la fecha de la presente resolución, hasta el completo pago de la suma de pesos veintidós mil doscientos ochenta y ocho con cuarenta y tres centavos $ 22.288,43, con más el Coeficiente de Variación Salarial C. V.
S. , los intereses establecidos en el Considerando VII de la presente resolución, e I. V. A. sobre intereses, con costas a cargo de la misma. 2 Tener presente el caso Federal planteado por el demandado. 3 Regular los honorarios profesionales del Dr. José Daniel González en la suma de pesos cinco mil doscientos treinta y tres con setenta y siete centavos $ 5.233,77 con más la suma de pesos setenta y tres con cincuenta y tres centavos $ 73,53, correspondientes al honorario previsto por el art. 99. inc. 5to. de la Ley 8226. Protocolícese, hágase saber y dése copia". Fdo.: M. del Pilar Elbersci Broggi, Juez.
3 días - 25035 - 23/11/2006 - $ 74.
El Sr. Juez de 1ra. Instancia y 38.
Nominación en lo Civil y Comercial, Secretaría a cargo del Dr. Arturo Gómez, en los autos caratulados "Banco de la Nación Argentina Fiduciario del Fideicomiso Suquía c/ Croce María y Otro - Ejecutivo - Expte. 369978/36"
ha ordenado notificar a la Sra. María Croce de la siguiente resolución: "Sentencia Número: trescientos cincuenta y seis.
Córdoba, veintitrés de agosto de dos mil seis.
Y Vistos Y Considerando Se Resuelve:
Declarar rebelde a las codemandadas Sras.
María Croce L.C. 493.494 y Cristina Croce L.C. 4.119.289. 2 Mandar llevar adelante la ejecución promovida por el Banco de la Nación Argentina Fiduciario del Fideicomiso Suquía en contra de las Sras. María Croce

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/11/2006 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data21/11/2006

Conteggio pagine7

Numero di edizioni3664

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione07/08/2024

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