Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2023 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 63
CORDOBA, R.A. LUNES 3 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

los suscriptores del Convenio en cuestión.
Que en el mentado Convenio, las partes fijan de común acuerdo el precio del inmueble expropiado, importe que coincide con lo establecido mediante Resolución N 10.557/2022 del Consejo General de Tasaciones, lo que sumado al 10% adicional autorizado por el artículo 14 de la Ley N
6394 e intereses del artículo 13 ib., hace un importe total, único, definitivo e irrevocable de Pesos Un Millón Setenta y Tres Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con Treinta y Tres Centavos $ 1.073.264,33; el que se considera que incluye la compensación de cualquier daño que eventualmente sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y de cualquier otro concepto en los términos de la citada Ley. A su vez, se aclara que la empresa abona mediante transferencia bancaria al propietario, lo cual será imputado al pago total, único y definitivo del inmueble en cuestión.
Que la transferencia del dominio del inmueble, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N6394.
Que en virtud de lo reseñado, procede en la instancia disponer la adquisición directa del inmueble de marras y aprobar el Convenio Definitivo de que se trata, por encuadrar en las previsiones de los artículos 11, 13, 14 y 21 de la Ley N 6.394, y en las disposiciones de las Cláusulas 16.4, 16.4.1 y 16.4.2 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto N
1.598/1997, así como el artículo 7, inciso d, del Marco Regulatorio aprobado por Decreto N 1590/1997, los cuales establecen que el concesionario Caminos de las Sierras S.A. tiene el deber y la atribución de actuar en nombre y representación de la Provincia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras Públicas con el N 39/2023, por Fiscalía de Estado bajo el N 219/2023 y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

por Ley N 10.734, e individualizado por Resolución N 304/2021, modificada por su similar N 404/2021, ambas del Ministerio de Obras Públicas, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 2238/2017, ubicado en Pueblo San Roque, Pedanía San Roque, Departamento Punilla de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N 637.229, con una superficie a afectar de 319 m2, de acuerdo al Plano de Mensura para Expropiación, confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio Adrián CASTILLO, visado con firma digital por la Dirección General de Catastro, mediante Trámite Vía Web N 00036658, con fecha 18 de febrero de 2022, en el Expediente N 0033-126667/2022;
y, consecuentemente, APRUÉBASE el Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento que como Anexo I, compuesto de doce 12
fojas útiles, integra este acto, celebrado entre la firma Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y el señor José Antonio CARIA, D.N.I. N 10.561.269, propietario del bien mencionado, para ser destinado a la ejecución de la obra ALTERNATIVA A RUTA
NACIONAL N 38 - TRAMO: VARIANTE COSTA AZUL LA CUMBRE
SECCIÓN: VARIANTE COSTA AZUL MOLINARI PR. 0+000 A 21+500.
Artículo 2.- La transferencia de dominio del inmueble en cuestión, a favor del Estado Provincial, será efectuada conforme a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N 6.394.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Fiscal de Estado.
Artículo 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la empresa Caminos de las Sierras S.A., notifíquese, y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PÚBLICAS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

Artículo 1.-DISPÓNESE la adquisición directa del inmueble que fuera declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica
ANEXO

Decreto N 366
Córdoba, 27 de marzo de 2023

Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Gerencia Vial y Edilicia del E.R.Se.P. propicia la aprobación del Convenio Definitivo de Adquisición de Inmueble por Avenimiento, en relación a una fracción de terreno ubicada en Pedanía Remedios, Departamento Río Primero de esta Provincia, inscripto en su mayor superficie en el Registro General de
Ismael GAZZONI, en su carácter de titulares dominiales del referido inmueble; ello, con destino a la ejecución de la obra DUPLICACIÓN
DE CALZADA RUTA NACIONAL:N19 - TRAMO: VARIANTE MONTECRISTO-PROGRESIVA 0+000 A 10+850.
Que el mencionado bien fue declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación de manera genérica por Ley N 9857, que declara en dicha condición a todos aquellos inmuebles que fueran necesarios para la ejecución de la Red de Acceso a Córdoba RAC correspondientes, entre otros, a la Ruta Nacional N 19, e individualizado por Resolución N 120/2015
del entonces Ministerio de Infraestructura, en el marco de las facultades delegadas por Decreto N 353/2015, con destino a la obra pública citada
la Provincia en la Matrícula N 1.460.503, con una superficie a afectar de 1 ha 1.175 m2, suscripto el 08 de mayo del 2019, entre la empresa Caminos de las Sierras S.A., en representación de la Provincia de Córdoba, en su carácter de Concesionaria de la Red de Accesos a la Ciudad de Córdoba, y los señores Flavia Liliana GAZZONI, Evangelina del Carmen GAZZONI, Juan Pablo GAZZONI, Mario Eduardo GAZZONI, María Alejandra GAZZONI, Marco Antonio GAZZONI y Nicolás
anteriormente, siendo la superficie a afectar de 1 ha., 1.175 m2, de acuerdo al Plano de Mensura confeccionado por el Ing. Agrimensor Sergio A. Castillo, y visado por la Dirección General de Catastro en el Expíe. N 0033104604/2017, con fecha 1 de agosto de 2018.
Que luce incorporado el Convenio de que se trata, así como su antecesor, suscripto entre las mismas partes el día 12 de mayo de 2016, por el cual los propietarios se avinieron a vender y transferir la fracción de terreno declarada
VISTO: el Expediente N 0521-062057/2020 del registro del Ente Regulador de Servicios Públicos E.R.Se.P..

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/04/2023 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data03/04/2023

Conteggio pagine32

Numero di edizioni4178

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione15/07/2024

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