Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/04/2017 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXVIII - Nº 81
CORDOBA, R.A., VIERNES 28 DE ABRIL DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA

Artículo 1º.- APRUÉBANSE los Trabajos Modificatorios necesarios de efectuar en la obra: Construcción nuevo Edificio ESCUELA ESPECIAL
DR. RAÚL CARREA, ubicada en calle Independencia Nº 375 - Barrio Nueva Córdoba Córdoba - Departamento Capital, y en consecuencia ADJUDÍCANSE los mismos a la empresa CONSTRUCTORES ASOCIADOS
S.A., contratista de la obra principal, por la suma de Pesos Tres Millones Novecientos Treinta y Un Mil Doscientos Cuarenta y Tres con Noventa y Seis Centavos $ 3.931.243,96, estableciéndose un plazo de ejecución de la misma de sesenta 60 días.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos Tres Millones Novecientos Treinta y Un Mil Doscientos Cuarenta y Tres con Noventa y Seis Centavos $ 3.931.243,96, con cargo a Jurisdicción 1.35, Programa 378-000, Partidas 12.06.00.00 Obras Ejecución por Terceros del Presupuesto Vigente, conforme lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación en su Documento de Contabilidad
Decreto N 1128
Córdoba, 31 de agosto de 2016

Nota de Pedido Nº 2016/000073.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir el respectivo contrato de obra, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista integrar la garantía de fiel cumplimiento en la misma proporción establecida para el contrato principal y cumplimentar con el sellado de Ley de las Enmiendas de Contrato por Modificación de Obra.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA,FISCAL
DE ESTADO

Ministerio de Educación con el N 2533/2015, por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de atribuciones constitucionales;

VISTO: El Expediente Nº 0109-066672/2004, del registro del Ministerio de Educación;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :

Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N 0099/15 de la entonces Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, ad referéndum de autoridad competente, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Inicial DALMACIO VELEZ SARSFIELD
de la localidad de Villa Quilino, Departamento Ischilín.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos Nros.
41009/A/38, 925/02 y Resolución N 46/01 del Ministerio de Educación, encontrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme lo expuesto corresponde en la instancia la ratificación del instrumento legal en análisis.

Por ello, actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica del
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N 0099/15 de la entonces Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la cual se dispuso, el cambio de situación de la Escuela de Nivel Inicial DALMACIO VELEZ SARSFIELD de la localidad de Villa Quilino, Departamento Ischilín, en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una 1 foja.
Artículo 2º.
El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTA-

DO
Anexo: https goo.gl/j0xR9i
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

RUBIO, M. de las Mercedes Blanc G. de ARABEL, María Marta CÁCERES

ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO CIENTO CUARENTA Y SEIS
. -SERIE B.- En la ciudad de Córdoba, a veinticinco días del mes de Abril del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su titular Dra. Aída Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, Luis Enrique
de BOLLATI, y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, y con la intervención del Fiscal General de la Provincia, Dr. Alejandro Oscar MOYANO, y la asistencia del Señor Director General del Área de Administración, a cargo de la Administración General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: Que a la fecha, y de manera sostenida en el tiempo, el Área de Servicios Judiciales, carece de lista de inscriptos como Peritos en Genética en condiciones de practicar estudios de polimorfismo de ADN.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/04/2017 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data28/04/2017

Conteggio pagine10

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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