Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 17 de marzo de 2015

BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 51

y a su exclusivo juicio, la peticionante procederán a remover y/o retirar por su exclusiva cuenta y cargo las instalaciones especificadas, dentro del plazo que a tal fin se establezca y renunciando a todo derecho que por cualquier concepto pudiera corresponderle.

Y CONSIDERANDO:

ARTÍCULO 2.- El Departamento I Conservación de Pavimentos será el encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Responsabilidad Civil presentada, si fuese necesario.
ARTÍCULO 3.- Autorizar al Departamento I Administración y Personal a devolver y/o ejecutar, finalizado el período de garantía, las pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran presentadas.
ARTÍCULO 4.- Dejar establecido que el Departamento I
Conservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.

Que del Acta acompañada en autos e informe del Departamento I Conservación Caminos de Tierra, surge que el referido Consorcio Caminero ha procedido a la renovación parcial de sus autoridades.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N
785/14 que luce en autos, concluye que no tiene objeción jurídico formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad puede prestar aprobación a la documentación elevada y designación de autoridades enumeradas por el Departamento Conservación Caminos de Tierra, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N 8555 Art. 3 inc. e, en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley N 8555 y las previsiones de la Ley N
6233.
EL DIRECTORIO DE LA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.
ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE
CR. CARLOS A. PEREZ
VOCAL DIRECTORIO

Resolución N 140

Córdoba, 16 de Marzo de 2015

REF.: CONSORCIO CAMINERO N 104 DE
FREYRE - SOLICITA RECONOCIMIENTO
EXPEDIENTE N 0045028751/58.-

ARTÍCULO 1.- Aprobar el Acta correspondiente a la Asamblea General Ordinaria del Consorcio Caminero N
104, Freyre, de fecha 10 de Septiembre de 2014, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directiva, cuyos mandatos regirán desde la fecha de la presente Resolución y por el término de cuatro 4 años, de acuerdo al siguiente detalle:
Vicepresidente: GALFRE, Hilario F D.N.I. 06.440.926
Tesorero: ANDROETTO, Víctor A D.N.I. 06.428.372
1 Vocal: FERRERO, Nelson D.N.I. 13.221.353
2 Vocal: MANCIOLI, Mauricio D.N.I. 26.682.816
ARTÍCULO 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.-

VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 10 de Septiembre de 2014, correspondiente al Consorcio Caminero N 104, Freyre, referida a la renovación parcial de los miembros de Comisión Directiva, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 6233.

ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE

INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS

Córdoba, 28 de Agosto de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-114535/2014, mediante el cual la Municipalidad de la Ciudad de Villa Allende, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO LA
CRUZ, en cumplimiento de lo normado en el artículo 4 y concordantes de la Ley Provincial N 9420 y Decreto Reglamentario N 1769.Y CONSIDERANDO: Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la normativa vigente en la materia.
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33
segunda parte y concordantes del Código Civil; artículos 5, 9
y concordantes de la Ley Provincial N 9420, Decreto Reglamentario N 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad
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estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 28 de Junio de 2014 por la Entidad Civil denominada Asociación Cordobesa de Ayuda a la Persona Portadora de Esquizofrenia y su Familia A.C.A.P.E.F., CUIT N 30-70336225-3 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando los arts. 14, 23, 31 y 32, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, modificando los art.s 14, 23, 31 y 32, sancionada en Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 28 de Junio de 2014, de la Entidad Civil denominada Asociación Cordobesa de Ayuda a la Persona Portadora de Esquizofrenia y su Familia A.C.A.P.E.F., CUIT N 30-70336225-3, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 010a/14 de fecha 12 de Febrero de 1999.ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 321 - Letra:A
Córdoba, 12 de Septiembre de 2014

SR. ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL DIRECTORIO

DIRECCIÓN GENERAL DE

Resolución N 305 - Letra:A

Primera Sección
Civil denominada CENTRO VECINAL DE BARRIO LA CRUZ., con asiento en la Ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 320 - Letra:A
Córdoba, 12 de Septiembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-112949/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada Asociación Cordobesa de Ayuda a la Persona Portadora de Esquizofrenia y su Familia A.C.A.P.E.F., con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha 28 de Junio de 2014.Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
Y VISTO: El Expediente Nº 0007-113880/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada BIBLIOTECA POPULAR DORA
VELEZ DE LORENZO, con asiento en la Localidad de Villa Ciudad Parque, Departamento Calamuchita, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada BIBLIOTECA POPULAR DORA VELEZ DE
LORENZO, con asiento en la Localidad de Villa Ciudad Parque, Departamento de Calamuchita, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data17/03/2015

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4194

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione06/08/2024

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