Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/10/2014 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 24 de octubre de 2014B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 184Primera Sección
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SECCIÓN

AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 184
CORDOBA, R.A., VIERNES 24 DE OCTUBRE DE 2014

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO DE

EDUCACIÓN
Resolución N 1157
DEPARTAMENTO COLÓN

Córdoba, 21 de Octubre de 2014

Se recategoriza el C.E.N.M.A. Jesús María
VISTO: El Expediente Nº 0109-106120/2012 del Registro del Ministerio de Educación, Y CONSIDERANDO:

Resolución N 1168
Córdoba, 21 de Octubre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0645-000676/2012, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran en el mismo actuaciones relacionadas con la recategorización del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A JESÚS MARÍA de la localidad homónima, conformado por los servicios educativos que se detallan en el Anexo I del presente dispositivo legal, todos establecimientos dependientes de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos.
Que el art. 49 inciso B del Decreto-Ley Nº 214/E/63, establece que las unidades educativas serán clasificadas como de Primera, Segunda o Tercera Categoría, de acuerdo al número de alumnos, divisiones o especialidades.
Que por el art. 1º de la Resolución Nº 180/90 de la ex Dirección de Enseñanza Media, Especial y Superior, se fijaron pautas transitorias para la categorización de las instituciones de nivel medio, basadas en el número de alumnos con que cuentan éstas.
Que dichos criterios, vigentes hasta tanto se reglamente la normativa mencionada con anterioridad, consideran de Primera Categoría los centros educativos que tengan cuatrocientos 400 alumnos o más, situación que se ha configurado en autos.
Que en el presente caso, y de acuerdo al informe obrante en autos elaborado por la Inspección respectiva, se computan a los fines de la recategorización el número de matrícula que resulta de la sumatoria de los servicios educativos que tiene asignado el Centro Educativo de Nivel Medio para
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Adultos C.E.N.M.A JESÚS MARÍA de la localidad homónima, motivo por el cual resulta pertinente reajustar la actual categoría, atento al desfasaje que se observa al respecto, como consecuencia del crecimiento vegetativo operado en los últimos años.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 566/2014
del Área Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 125
por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- RECATEGORIZAR, a partir de la fecha de la presente resolución, en Primera Categoría al Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos C.E.N.M.A JESÚS
MARÍA de la localidad homónima, conformado por los servicios educativos que se detallan en el Anexo I, el que compuesto de dos 2 fojas útiles, forma parte de este dispositivo legal, todos dependientes de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos.
ARTÍCULO 2º.- DISPONER que la Dirección de Recursos Humanos adopte los recaudos pertinentes a fin de que se lleven a cabo las compensaciones que correspondan en la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de modo que los cargos docentes de la planta de personal de los servicios educativos comprendidos por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a la nueva categoría.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO

Que obran las actuaciones relacionadas con la clasificación por localización de la Escuela de Nivel Inicial DOMINGO FAUSTINO
SARMIENTO de Viamonte -Departamento Unión-, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario y la pertinente asignación de la bonificación respectiva a su personal docente y no docente;
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para acceder a dicho beneficio, conforme con lo previsto en los art. 2
inc. g y 9 del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasificar al mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización correspondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente el respectivo porcentaje de bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1485/2014 del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado a fs. 28 por la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- CLASIFICAR en el Grupo B de localización a la Escuela de Nivel Inicial DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO de Viamonte -Departamento Unión-, dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, a partir de la fecha de la presente resolución, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la bonificación del veinte por ciento 20% a su personal docente y del trece 13% por ciento a su personal no docente, conforme con lo previsto en los arts.2 inc. g y 9
del Decreto N 1001/2014 y su Anexo II.El egreso se imputará al P.V.;
Jurisdicción 1.35; Programa 354; Partidas: Principal 01, Parciales: 01
Personal Permanente y 02 Personal No Permanente.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

http boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r1168.pdf
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boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/10/2014 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data24/10/2014

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4170

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/07/2024

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