Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/05/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO C - T OMO DLXXX - Nº 79

Orden de Mérito Provisorio, que fue publicado en las respectivas sectoriales de personal.
Que durante los días 18 al 25 de Julio de 2011 transcurrió el período para vista de antecedentes y presentación de observaciones.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, receptaron, consideraron y respondieron, cuando las hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efectuados por los concursantes, en los términos del art. 78 de la Ley 5350 T.O. por Ley 6658, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito Definitivo, que fue publicado en las respectivas sectoriales de personal.
Que el primer lugar en dicho Orden de Mérito Definitivo, habiendo superado las puntuaciones mínimas exigidas por la Ley para acceder al cargo de Jefe de División Intendencia de la ex Subsecretaría de Administración en el ámbito del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos corresponde al señor Oscar Ricardo Valdez D.N.I. N 16.014.550.
Por ello las normas legales citadas, lo dispuesto por el Decreto
N 2565/2011 ratificado por Ley N 10.029, lo dictaminado por la ex Subsecretaría de Asuntos Legales del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el N 744/2011, por Fiscalía de Estado bajo el N 255/2013 y en ejercicio de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto al señor Oscar Ricardo Valdez D.N.I. N 16.014.550
en el cargo vacante de Jefe de División Intendencia de la ex Subsecretaría de Administración en el ámbito del entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos, por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por el Decreto N 2500/2010 en los términos del artículo 14, punto II A de la Ley 9361, cargo que, de corresponder, deberá ser adecuado y/
o reconvertido de acuerdo a la nueva estructura orgánica del
DIRECCIÓN GENERAL DE

RENTAS

Resolución General Nº 1908
Córdoba, 26 de Abril de 2013
VISTO: La Ley Provincial N 9024 y modificatorias, los Decretos Provinciales N 849/05
B.O. 23-11-2005 y N 2882/11 B.O. 24-022012 y la Resolución Ministerial Nº 237/05 B.O.
19-10-2005, Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de la Resolución del Ministerio de Finanzas N 237/2005, por la cual la Dirección General de Rentas se constituye en Organismo responsable del Fondo de Consolidación y Gestión de Recupero y Cobro de Acreencias no tributarias del Estado Provincial creado por Decreto Nº 849/05, se deben establecer las herramientas y facultades legales suficientes en
caso que corresponda el cobro por instancia judicial pertinente de acuerdo a las pautas del Artículo 3º, 2do. párrafo de la Resolución General N 1452/2006.
QUE la Ley Provincial Nº 9024 en el cuarto párrafo de su Articulo 5º, prescribe que se entiende por Título ejecutivo hábil para la ejecución por vía judicial de las Acreencias no Tributarias en las que el Gobierno de la Provincia de Córdoba sea parte , la resolución de la Autoridad competente o el instrumento que acredite la deuda.
QUE por medio del Decreto Reglamentario Nº 2882/11 se definió -en su Articulo N 1- el alcance y las condiciones que debe reunir el instrumento que acredita la deuda como Titulo hábil a los fines de la Ejecución Judicial.
QUE el citado Articulo dispone entre otros que el mismo debe consignar firma del Funcionario habilitado a expedir la Liquidación

CÓRDOBA, 21 de mayo de 2013
Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto N 2565/2011 ratificado por Ley N 10.029.
ARTÍCULO 2- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dése a la Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Administración. y Gestión Pública, publíquese en BOLETÍN
OFICIAL y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

designado por el Director General de Rentas como responsable del referido Fondocon aclaración del cargo que desempeña.
QUE en el marco de la normativa vigente aplicable, se estima oportuno y conveniente asignar al Personal que presta servicios en la Dirección General de Rentas, la facultad de expedir con su firma Liquidaciones de Deuda de Acreencias no Tributarias asimilables a la función establecida en el inc. 11 y 17 del Artículo 5 de la Resolución General N 756 de fecha 16 02 1982 y modificatorias.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 1 del Decreto Reglamentario Nº 2882/
11, la Resolución Ministerial N 237/2005 y en su carácter de Responsable del Fondo de Consolidación y Gestión de Recupero y Cobro de Acreencias no Tributarias del Estado Provincial;
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR a los Agentes que
se detallan a continuación y que cumplen funciones en esta Dirección General de Rentas, la facultad de firmar los instrumentos que acrediten la deuda de Acreencias no Tributarias administradas por la Dirección para enviar a juicio ejecutivo:

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I. Nº
1

PIREZ, TERESA DEL VALLE

12.810.243

2

TOSOLINI, LUCY MARÍA

10.855.159

ARTÍCULO 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALEJANDRO G. CARIDAD
DIRECTOR GENERAL

SECRETARÍA DE

OBRAS PÚBLICAS
Resolución Nº 40

Córdoba, 12 de abril de 2013

Expediente N 0045-016271/12.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia por Resolución N 00087/13 se contrate en forma directa la ejecución de los trabajos de la obra: CONSERVACIÓN DE RUTINA EN
RUTA PROVINCIAL N A-175 - TRAMO: EL BRETE - LAS PLAYAS - DEPARTAMENTO: CRUZ DEL EJE con la Municipalidad de El Brete, por la suma de $ 106.500,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad ha procedido a aprobar el proyecto, pliegos y demás documentación técnica de la obra de que se trata, así como su presupuesto oficial.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que el tramo de la Ruta Provincial N A-175 que alcanza una longitud total de 5,50
km, contemplados en el proyecto de que se trata, es un camino de acceso que une y comunica las localidades de Cruz del Eje con Las Playas, El Brete y Media Naranja, que son importantes centros agrícolas y hortícolas del Departamento Cruz del Eje. El tránsito vehicular y las maquinarias agrícolas que transitan por este acceso es abundante y fluido durante todo el año, en especial en épocas de cosecha.
Que las Banquinas y Perfiles Transversales necesitan en forma periódica de la realización de trabajos de conservación, debido a
que los mismos presentan banquinas que se descalzan con frecuencia, como así también el crecimiento de la vegetación es muy abundante, lo que hace peligroso el tránsito vehicular.
Que consta en autos la conformidad de la Municipalidad de El Brete para realizar los trabajos referenciados por la suma de $106.500,00 fs. 17.
Que el caso encuadra en las previsiones del Artículo 7 inciso e de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, conforme lo establecido por el artículo 13 de la Ley 8614.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 - T.O. Ley 6300 y sus modificatorias y lo dictaminado par la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N 115/13, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- CONTRATAR en forma directa la ejecución de los trabajos de la obra: CONSERVACIÓN DE RUTINA EN RUTA
PROVINCIAL N A-175 - TRAMO: EL BRETE - LAS PLAYAS DEPARTAMENTO: CRUZ DEL EJE con la Municipalidad de El Brete por la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS $
106.500,00.
ARTÍCULO 2.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS CIENTO SEIS MIL QUINIENTOS $ 106.500,00

conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2013/000071, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida: 12.06.00.00, Centro de Costo 5470 del P.V. $ 42.000,00. Importe Futuro Año 2014 $
64.500,00.
ARTÍCULO 3.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura a suscribir el contrato pertinente.
ARTÍCULO 4.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase, al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Resolución Nº 42

Córdoba, 12 de abril de 2013

Expediente N 0045-016279/12.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia por

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/05/2013 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data21/05/2013

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4170

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Ultima edizione02/07/2024

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