Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 579

capacitación.

ARTÍCULO 5º.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos determinará los contenidos y duración del Curso de Capacitación, elaborará y distribuirá la documentación soporte de las actividades que se desarrollarán y proveerá el personal especializado que tendrá a su cargo la
ARTÍCULO 6º.- El Ministerio de Educación proveerá del lugar físico para el desarrollo de las actividades de capacitación, evaluará los alcances curriculares de los contenidos y certificará la capacitación otorgando puntaje docente a los profesores y maestros de enseñanza práctica asistentes.

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1410

18.82 metros lindando en ambos tramos con Américo Juan TROSSERO y Adelina Fermina ROGGERO de TROSSERO, lindando también este último con Parcela 9 de Nelva Rolando de PONBA, y 5 tramo cerrando la figura línea A-D mide 43.50
metros lindando en parte con Beatriz Teresa TROSSERO de CAMUSSO; Liliana Josefa TROSSERO y Graciela Isabel TROSSERO, y en parte con parcela 2 de Avelino Víctor DURANDO
con una superficie total de 2112.64 metros cuadrados, todo según plano de expediente 0033-18119-99. ver plano: 121.900-.
propiedad del Instituto de Enseñanza Secundaria MARIANO
MORENO, Inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matrícula 616.074 del Departamento San Justo 30- Nomenclatura Catastral C: 01, S: 02, Mza: 035, P: 003, Número de cuenta 300127179852 y facúltase a Escribanía General de Gobierno a efectuar su inscripción en forma directa a favor de la Provincia de Córdoba CUIT 30-70818712-3 con domicilio legal en Expediente Nº 0111-052990/2002 calle Chacabuco N 1300 de Barrio Nueva Córdoba, de esta ciudad Capital, conforme los términos del artículo 1810 in fine del Código Civil.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR

ARTÍCULO 7º.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos y el Ministerio de Educación acordarán la difusión de las actividades de capacitación, a traves de los medios y recursos disponibles en sus respectivos ámbitos de competencia.
ARTÍCULO 8º.- Las acciones a llevar a cabo como consecuencia de
CÓRDOBA, 16 de setiembre de 2011

lo establecido en el presente instrumento legal tendrán una duración de dos años, renovándose automáticamente por periodos iguales hasta que uno de los Organismos firmantes exprese su voluntad de no continuar con las mismas, sin perjuicio de la continuidad de las actividades en curso de ejecución hasta su total finalización.

Por ello, lo dispuesto por la Ley N 9449, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia;

Decreto Nº 1394
Córdoba, 2 de Septiembre de 2011
VISTO: El acuerdo solicitado a la Legislatura de la Provincia de Córdoba, para designar a la señora María Raquel Sauri, en el cargo de Juez de Paz de la Sede General Roca del Departamento Marcos Juárez.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo Nro. 25, la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz, una vez cumplidos los trámites de rigor, confeccionó el orden de mérito correspondiente a los participantes del concurso para cubrir el cargo de Juez de Paz de la Sede General Roca Departamento Marcos Juárez, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del artículo 169 de la Constitución Provincial, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara acuerdo para designar a la señora María Raquel Sauri, acompañando el orden de mérito respectivo.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 24 de Agosto de 2011, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R2429/11, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentado los requisitos legales y constitucionales corresponde proceder a la designación de la señora María Raquel Sauri en el cargo mencionado.

CARLOS MARIO GUTIERREZ
MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN

de Familia de Segundo Turno de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Córdoba.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTÍCULO 2.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 900, Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo 26, cargo 054, del Presupuesto Vigente.

ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE a la señora María Raquel Sauri, D.N.I. N 24.519.148, en el cargo de Juez de Paz de la Sede General Roca del Departamento Marcos Juárez, de esta Provincia de Córdoba.

ARTÍCULO 3.- EL presente Decreto será refrendado por los Señores Ministro de Justicia y Fiscal de Estado.

ARTÍCULO 2º.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 900, Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo 26, cargo 100, del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- EL presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Justicia y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

ARTÍCULO 4.- PROTOCOLICESE, comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
DR. LUIS EUGENIO ANGULO
MINISTRO DE JUSTICIA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
DR. LUIS EUGENIO ANGULO
MINISTRO DE JUSTICIA

Decreto Nº 1397

JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

VISTO: El acuerdo solicitado a la Legislatura de la Provincia de Córdoba, para designar al señor Abogado Pablo Martín Grassis en el cargo de Juez de Conciliación de Segunda Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Río Cuarto.

PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO

ARTÍCULO 9º.- PROCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Decreto Nº 1395

Córdoba, 2 de Septiembre de 2011

VISTO: El acuerdo solicitado a la Legislatura de la Provincia de Córdoba, para designar a la señora Abogada Paula Gisele Peláez en el cargo de Asesora Letrada de Familia de Segundo Turno de la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo N 46 del año 2010 el Consejo de la Magistratura, una vez cumplidos los trámites de rigor, confeccionó el orden de mérito correspondiente a los participantes del concurso para cubrir el cargo de Asesor Letrado de Familia, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 17 de agosto de 2011, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R2428/11, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentado los requisitos legales y constitucionales corresponde proceder a la designación de la señora Abogada Paula Gisele Peláez en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N 8802 y sus modificatorias;
y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144
inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, a la señora Abogada Paula Gisele Peláez M.I 17.372.624, en el cargo de Asesora Letrada
Córdoba, 2 de Septiembre de 2011

Y CONSIDERANDO:
Que por Acuerdo N 17 del año 2011 el Consejo de la Magistratura, una vez cumplidos los trámites de rigor, confeccionó el orden de mérito correspondiente a los participantes del concurso para cubrir el cargo de Juez de Conciliación, remitiendo el listado con el puntaje obtenido por cada uno de los seleccionados.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 24 de agosto de 2011, prestó el acuerdo solicitado por Resolución R2431/11, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentado los requisitos legales y constitucionales corresponde proceder a la designación del señor Abogado Pablo Martín Grassis en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N 8802 y sus modificatorias;
y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 144
inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, al señor Abogado Pablo Martín Grassis M.I 24.162.832, en el cargo de Juez de Conciliación de Segunda Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Río Cuarto.
ARTÍCULO 2.- EL egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción 3.00, Programa 900, Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo 26, cargo 030, del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3.- EL presente Decreto será refrendado por

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/09/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data16/09/2011

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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