Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/08/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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11, 18, 19, 20 y 29, anulación de los artículos Nº 12 y 28 por lo que se modifica el orden numérico del articulado de la Entidad Civil denominada Club Argentino De Servicio De Villa María, Cuit Nº 30-66940689-0 con asiento en la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba.- Declarar subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 092 A de fecha 02 de Mayo de 1996, s/ Expte. Nº 0007-057542/
06.RESOLUCION Nº 280 A - 8/8/06 Aprobar la Reforma parcial del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General Extraordinaria, de fecha 29 de Diciembre de 2005, modificando el artículo Nº 9 de la Entidad Civil denominada Asociación Deportiva Atenas, Cuit Nº 30-553728513 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.- Declarar subsistente la Personería Jurídica otorgada por Decreto Nº 15062 A de fecha 11 de Mayo de 1945, s/ Expte. Nº 0007-055209/
05.RESOLUCION Nº 601/2006-B- 26/5/
06 - Inscribir la renuncia del Sr. Ernesto Raúl Olmos, D.N.I. Nº 8.276.836, al cargo de Director Titular y Presidente y, de la Sra. Erna del Carmen Drenkard, D.N.I.
Nº 10.902.062, al cargo de Directora Suplente, ambos de la sociedad Estancias Las Brisas S.A., aceptada en Asamblea General Ordinaria de fecha 20
de mayo de 2004, por la sociedad mencionada. Esta Resolución queda inscripta en este Registro Público de Comercio - Protocolo de Contrato y Disoluciones - bajo la Matrícula Nº 3827A1. Aplicar, a la sociedad Estancias Las Brisas .S.A., la multa de Pesos Doscientos Cincuenta $ 250 prevista en el artículo 14 inc. c de la ley 8.652 y su modificatoria por Ley 9269, por las razones consignadas en los Considerandos de la presenta Resolución, quién deberá acreditar el pago de la multa impuesta en el plazo de treinta días contados a partir de la notificación de la presente, s/ Expediente Nº 00070500072/05.MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 314 - 2/06/06 - Dejar Sin Efecto la Resolución Nº 157 de fecha 21 de Abril de 1993, y consecuentemente Declarar La Caducidad Automática de la autorización otorgada inicialmente al Lavadero de Automóviles de propiedad de Gravicar S.R.L., sito en Av. Julio A.
Roca y Mariano Moreno Nº 1392 de esta ciudad, actualmente de propiedad de la firma Carmelo Gianni S.R.L., dando de baja a la Cuenta correspondiente. Disponer lo pertinente a los fines del cobro judicial de las sumas adeudadas y sus accesorios a esta Repartición a la fecha.
Emplazar a la firma Carmelo Gianni S.R.L.. para que en el término perentorio de cinco 5 días contados a partir de su notificación, comparezca ante esta Repartición a los fines de la sustanciación de los artículos 180, 275, 276 y cc. del Código de Aguas de la Provincia Ley Nº
B OLETÍN O FICIAL
5589, según Expediente Nº 0046054583/92.-

parámetros establecidos por la normativa aplicable, s/ Expte. Nº 0416-025174/99.-

RESOLUCION Nº 313 - 2/06/06 Ordenar al Establecimiento Formec S.A.
ubicado en Ruta Nacional Nº 9 - Km 694 de esta ciudad, el cese en forma inmediata del vertido de efluentes al curso del Río Suquía, bajo apercibimiento de ley. Disponer la constatación por parte del Dpto.
Preservación Del Recurso del cese de vertido dispuesto en el Artículo precedente. Emplazar al Establecimiento Formec S.A. para que en el último y perentorio plazo de cinco 5
días contados a partir de su notificación, cumplimente en acabada forma los requerimientos formulados por esta Dirección, a los fines de obtener autorización para descarga de efluentes en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 415/99 bajo apercibimiento de los arts. 183, 187, 275 y 276 del Código de Aguas de la Provincia. Notificar al Establecimiento Formec S.A. que deberá abonar la suma de Pesos Novecientos Ochenta Y
Siete Con Sesenta Y Cinco Centavos $ 987,65.-por los análisis practicados a la muestra extraída. Notificar a la Municipalidad Córdoba que de considerarlo conveniente y necesario, en función de la normativa correspondiente, proceda a la clausura del Establecimiento Formec S.A., en virtud de lo expresado precedentemente, s/
Expte. Nº 0416-032652/02.-

RESOLUCION Nº 309 - 1/06/06 Ordenar al Establecimiento Curtiembre Capricuer S.A, sito en Avda. Eva Perón, Parque Industrial de la localidad de Morteros, cese en forma inmediata el vertido de efluentes contaminantes a un canal pluvial, bajo apercibimiento de ley.
Disponer la constatación por parte del Dpto. Preservación Del Recurso del cese de vertido dispuesto en el Artículo precedente. Aplicar al Establecimiento Curtiembre Capricuer S.A., una multa de Pesos Cinco Mil Ochocientos $ 5.800,00
por efectuar el vertido de sus efluentes contaminantes a un canal pluvial y una multa diaria de Pesos Veintinueve $
29,00, hasta tanto la infracción subsista, esto es hasta que cumplimente con lo requerido oportunamente a los fines de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales. Dichas multas deberá hacerlas efectiva dentro del término de Diez l0 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de perseguir su cobro por vía judicial.- Notificar a la Municipalidad De Morteros, que de considerarlo conveniente y necesario, en función de la normativa correspondiente, proceda a la clausura del Establecimiento Curtiembre Capricuer S.A., en virtud de lo expresado precedentemente, s/ expte. Nº 0416045020/06.-

RESOLUCION Nº 312 - 2/06/06 Denegar la solicitud formulada por Edgar Sebastián Chanquía D.N.I Nº 31.341.934, con domicilio en zona urbana de la localidad de Rincón, para extraer material árido del cauce del Río Primero en la localidad de Sagrada Familia, atento las razones expresadas en los Considerandos de la presente, s/
Expte. Nº 0416-045232/06.-

RESOLUCION Nº 316 - 2/06/06 - Autorizar en forma Precaria a la Cooperativa Eléctrica De General Deheza Ltda. a disponer en el subsuelo, a través del riego de un área forestada con una superficie total de 14 ha., los efluentes cloacales adecuadamente tratados que se originen en la Estación Depuradora De Efluentes Cloacales a construida en esa localidad, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes. La presente Autorización considera un caudal de aguas residuales de 800 m3/día, de acuerdo a lo declarado a fs. 6 de folio 230 del expediente de referencia. Las modificaciones y/o ampliaciones en las instalaciones del establecimiento y/o evacuación de nuevos caudales de descarga, deberán ser comunicados con antelación a esta DiPAS, s/ Expte. Nº 0416-27935/
00.-

RESOLUCION Nº 311 - 2/06/06 Aplicar a La Empresa Aguas Cordobesas S.A., una multa de Pesos Ocho Mil Setecientos $ 8.700,00 por efectuar el volcamiento de líquidos cloacales provenientes de la Planta Potabilizadora Suquía, al Arroyo Cañada de Los Pozos, sin autorización de esta Dirección. Dicha multa deberá hacerla efectiva dentro del término de Diez 10 días contados a partir de la fecha de su notificación, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento de perseguir su cobro por vía judicial. Aplicar a la Empresa Aguas Cordobesas S.A., una multa diaria de Pesos Ochenta Y Siete $ 87,00, hasta tanto la infracción subsista, esto es hasta que dicha Empresa comunique que ha desaparecido la causal de la sanción y esta Dirección verifique el hecho. Notificar a la Empresa Aguas Cordobesas S.A.
que deberá abonar la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Y Ocho Con Treinta Centavos $ 258,30.- por las determinaciones analíticas correspondientes a la inspección realizada con fecha 02
de mayo de 2006. Comunicar a Aguas Cordobesas S.A. que en forma urgente y teniendo cuenta la responsabilidad que le cabe a esta concesionaria, debe adecuar el vertido de efluentes a los
RESOLUCION Nº 317 - 2/06/06 Autorizar En Forma Precaria por el término de un año, contado a partir de su notificación, al establecimiento de propiedad de la firma Jose Freiberg S.A.C.I., sito en calle Entre Ríos N 550/576 del B Centro de esta ciudad, el vertido de los efluentes líquidos tratados, generados en los sanitarios que posee en las distintas plantas del local comercial y que son usados por los clientes del negocio, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes.- La presente Autorización considera un caudal máximo de vertido, al pozo absorbente, de 0,83 m3/día de efluentes líquidos cloacales, s/ Expte. Nº 0416-042622/05.RESOLUCION Nº 318 - 5/06/06 Aprobar el Proyecto relativo a la ejecución
Córdoba, 28 de agosto de 2006
de la obra Avenida Costanera Lago Los Molinos, compuesto de Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Computo Métrico, Presupuesto y Plano obrante a fs.4/7 y 11/16 de estas actuaciones. Aprobar el convenio suscripto entre esta Dirección Provincial De Agua Y Saneamiento Y La Comuna De Potrero De Garay Dpto.
Calamuchita, de fecha 10 de marzo de 2006, obrante a fs. 3 y que como Anexo I
forma parte integrante de la presente.
Autorizar la inversión de la suma de Pesos Veinte Mil $ 20.000,00, para atender el pago de los trabajos que se encomiendan por el citado convenio e imputar dicho egreso según lo informado por la Gerencia de Administración del Ministerio De Obras Y Servicios Públicos en Afectación Preventiva Nº 3734 fs.20
a: Programa 285 - Proyecto 90 - Obra 3833 - Ppr 12 - Ppa 10 del P.V., s/ Expte.
Nº 0416-044964/06.RESOLUCION Nº 319 - 5/06/06 Aplicar al Establecimiento Metalúrgico UNQUILLO, de propiedad del Sr. Antonio Jose Lanzellotti, sita en Av. San Martín s/n, Bº Los Cigarrales de la localidad de Unquillo, una multa diaria de Pesos Veintinueve $ 29,00, hasta tanto la infracción subsista, esto es hasta que cumplimente con lo requerido oportunamente a los fines de obtener la autorización de descarga de sus líquidos residuales. Emplazar al Sr. Jose Lanzellotti, propietario del Establecimiento Metalúrgica Unquillo, para que en plazo de Quince 15 días contados a partir de su notificación, presente la documentación detallada a continuación, a los efectos de dar continuidad al trámite de Autorización para la disposición final de sus efluentes líquidos:
a Cronograma de tareas a realizar en forma secuencial por duplicado, para regularizar su situación con relación al tratamiento y disposición final de efluentes líquidos.
b Constancia de pago al Estado Provincial del 60% del Canon anual de uso del cuerpo receptor, fijado en concepto de Garantía de Resguardo de conclusión del trámite por el Decreto Nº 415/99 y su modificatoria Nº 2711/01.
c Fotocopia autenticada del título de propiedad o contrato de locación del inmueble donde se asienta el emprendimiento, incluidas las instalaciones de tratamiento y descarga de efluentes, de existir las mismas.
d Fotocopias autenticadas de la 1º hoja del DNI y la hoja donde conste el domicilio actualizado del responsable legal del establecimiento ante la Di.PAS.
e Designación catastral donde se emplaza el Establecimiento.
Toda la documentación técnica que se presente deberá estar acorde a las pautas fijadas en los Arts. 4º y 9º del Decreto nº 415/99, resaltando la obligatoriedad de que la misma esté firmada por el propietario o responsable legal del establecimiento y por un profesional inscripto en el Registro implementado por esta Di.PAS para quienes realicen las actividades alcanzadas por dicho Decreto, con la visación del Colegio Profesional en el cual se encuentre matriculado dicho facultativo, s/ Expte. Nº 0416-033868/02.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/08/2006 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data28/08/2006

Conteggio pagine6

Numero di edizioni4173

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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