Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

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VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 12

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 553

tador presenta un nivel distinto de avance en el estudio, ello motivado por los diferentes aportes de datos suministrados y solicitados.- No obstante del análisis detallado en el Anexo I del Informe, se puede inferir que podría otorgarse un aumento tarifario del 15% a cuenta de futuros ajustes, ello, sin perjuicio de continuar con los estudios pertinentes para lograr una tarifa justa y razonable. V Que en virtud del art. 1 de la Resolución General ERSeP N
1 de fecha 8/5/2001 modificada por RG
ERSeP Nº 06/04, el Directorio del ERSeP
dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización .Por todo ello y en uso de sus atribuciones legales conferidas por los artículos 21
y siguientes de la Ley 8835 - Carta del Ciudadano, el Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP,
teniendo en cuenta que contará con la presencia de especialistas y profesionales de reconocida trayectoria, con quienes se tendrá la oportunidad de dialogar, reflexionar y arribar a conclusiones superadoras.

R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE a las siguientes Cooperativas: Cooperativa de Trabajo Aguas Cuenca del Sol Ltda. - Cruz del Eje; Cooperativa Aguas Ltda.- Mina Clavero y Cura Brochero; Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Saldan Ltda.;
Cooperativa de Obras y servicios Públicos, Sociales y Desarrollo Regional de Agua de Oro y Sierras Chicas Ltda.;
Cooperativa de Agua Potable, Obras y Servicios Públicos 31 de Marzo Ltda. Va. La Bolsa; Cooperativa de Trabajo Copasa Ltda.- Deán Funes; Cuencas Serranas S.A. - Arcoop; Cooperativa de Obras, Servicios Públicos, Consumo y Vivienda Norcor Ltda.; Cooperativa de Obras, Servicios Públicos, Consumo Barrio Patricios Ltda.; Cooperativa de Provisión de Agua Potable, Servicios Públicos, Créditos y Asistenciales Villa Coronel Olmedo Ltda.; Cooperativa de Servicios Públicos Laprida Ltda.; Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Surcor Ltda.;
Cooperativa de Obras, Servicios Públicos, y Vivienda Villa Retiro Ltda.; Cooperativa Barrio Parque San Vicente Ltda., a incrementar los valores de sus cuadros tarifarios, hasta un quince por ciento 15%
a partir del 01 de Agosto de 2006.ARTÍCULO 2º: NOTIFÍQUESE al Ministerio de Obras y Servicios Públicos MOP, DIPAS y a los prestadores mencionados en el artículo 1º.Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, expídase copia y archívese.ROBERTO HUGO AVALLE
PRESIDENTE
DR. JULIO A. TEJEDA
VICEPRESIDENTE
DR. EDUARDO PIGNI
DIRECTOR
ING. FELIPE RODRIGUEZ
DIRECTOR

Córdoba, 15 de agosto de 2006

uso de las atribuciones conferidas por Resolución Ministerial Nº 118/2006;

Por ello, los informes producidos y en
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el VII Seminario Nacional: El rol de la Escuela y el valor de la familia en épocas de crisis, el que organizado por el
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA
RESOLUCION GENERAL NUMERO OCHO
Córdoba, ocho de agosto de dos mil seis.Y VISTO: La situación planteada en relación a los plazos registrales, con motivo del desperfecto técnico producido en uno de los discos del servidor correspondiente al Supercentro de Cómputos de la Provincia, durante el día ocho de agosto del corriente año, por lo cual este Registro General se vio imposibilitado de acceder a los sistemas informáticos respectivos y por consiguiente prestar sus servicios.

Grupo B & Q Consultora de Eventos, se llevará a cabo durante los días 19 y 26 de agosto de 2006 en la ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. CARLOS A. SÁNCHEZ
SECRETARIO DE EDUCACIÓN

ha delegado las funciones y responsabilidades inherentes a la Dirección General, durante el período indicado a la Sra. Jefe de la División Inscripciones, actualmente a cargo del Área Registraciones Resolución Nº 78 de fecha 07/08/2006.5.- Que esta Dirección General se encuentra facultada para adoptar disposiciones de carácter general conducentes al mejor funcionamiento del Registro e interpretar las leyes y reglamentos atinentes a su actividad art. 61, L.P. 5771.
POR TODO ELLO, y lo dispuesto en las normas legales citadas, LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE:

Y CONSIDERANDO:
1.- Que este Registro General no funcionó normalmente y continuamente en el día indicado a raíz del evento precitado, siendo menester no trasladar los efectos de esta situación a los usuarios, ni generar circunstancias que pudieran actuar en desmedro de la seguridad jurídica.
2.- Que la situación descripta puede ser considerada caso fortuito o de fuerza mayor - art. 514 del C.C. - y motivo suficiente para disponer la suspensión de plazos registrales, sin perjuicio de la validez de los actos que - en forma excepcional - se hubieren realizado.
3.- Que el art. 42 de la L.N. 17801 establece su carácter complementario respecto del Código Civil; así, los plazos fijados por la ley citada, salvo expresas excepciones, deben computarse conforme lo prescripto por el art. 28 del C.C..4.- Que por otro lado y atento que la Sra. Directora General del Registro General de la Provincia debió ausentarse de la ciudad de Córdoba por razones funcionales, durante lo días ocho a once de agosto del año en curso y conforme las previsiones contenidas en el art. 62 inc. d de la L.P. 5771, ella
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INHÁBIL el día ocho de agosto de dos mil seis, y - en consecuencia - SUSPENDER por tal jornada los plazos establecidos en la L.N. 17801 y L.P. 5771, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubiesen cumplimentado en la misma.
ARTÍCULO SEGUNDO: DAR PUBLICIDAD Y COMUNICAR
el contenido de la presente al Excelentísimo Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, a la Justicia Federal, a la Fiscalía de Estado, a la Secretaría de Ingresos Públicos, al Ministerio de Justicia, a la Unidad Ejecutora, a los Colegios Profesionales de Abogados, Escribanos, Martilleros y Agrimensores, a sus efectos.ARTÍCULO TERCERO: Protocolícese, comuníquese al Boletín Oficial de la Provincia, dése copia y archívese.DRA. MARY N. SÁNCHEZ
JEFE DIV. INSCRIPCIONES
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA

DECRETOS SINTETIZADOS
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1016 - 7/08/06 - Impónese el nombre de Adela Zamudio a la Escuela de Nivel Inicial de Villa El Libertador - Capital -, creada por Decreto Nº 1271/04 y dependiente de la Dirección de Educación Inicial y Primaria - Ministerio de Educación, s/ Expte. Nº 0109069009/05.-

DECRETO Nº 1024 - 7/08/06 - Acéptase, a partir del 31 de agosto de 2006, la renuncia presentada por la Lic. María Luisa Krabbe M.I. Nº 12.144.203 al cargo de Director 05-050 de la Dirección de Proyectos y Políticas Educativas Ministerio de Educación -, y Exprésase a la misma el reconocimiento de este Gobierno por la colaboración brindada en el desempeño de sus funciones.-

DECRETO Nº 1023 - 7/08/06 Acéptase, a partir del 31 de agosto de 2006, la renuncia presentada por el Ing.
Sergio Raúl Pini M.I. Nº 17.275.744 al cargo de Director 05-050 de la Dirección de Institutos Privados de Enseñanza Ministerio de Educación -, y Exprésase a la misma el reconocimiento de este Gobierno por la colaboración brindada en el desempeño de sus funciones.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTOS
RESOLUCION Nº 343 - 4/08/06 Habilitar Bajo el Nº 604 y por el término de tres 3 años a partir de la fecha de la presente Resolución, al Establecimiento Veterinaria Punilla, ubicado en calle San Martín Nº 585 de la localidad de Villa Carlos Paz, Departamento Punilla, de propiedad de la señora María Georgina Fernández Etchandy D.N.I. Nº 28.766.839, para el expendio de productos, medicamentos, sueros y
vacunas de uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir los requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario del artículo 11
de la Ley Nº 6429. El interesado deberá abonar a este Organismo la suma de Pesos Dieciséis $ 16 en estampillas fiscales provinciales en concepto de reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-051364/06.RESOLUCION Nº 344 - 4/8/06 Habilitar Bajo el Nº 608 y por el término de tres 3 años a partir de la fecha de la presente Resolución, al Establecimiento Clínica Veterinaria Dr. Julio Armando,
ubicado en Presidente Juan Perón Nº 1139 de la localidad de Cosquín, Departamento Punilla, de propiedad del señor Julio César Armando D.N.I. Nº 12.650.571, para el expendio de productos, medicamentos, sueros y vacunas de uso veterinario, destinados al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de los animales, por reunir los requisitos establecidos en el Decreto Nº 6307/81 reglamentario del artículo 11
de la Ley Nº 6429. El interesado deberá abonar a este Organismo la suma de Pesos Dieciséis $ 16 en estampillas fiscales provinciales en concepto de reposición del sellado de Ley, s/ Expte. Nº 0437-051439/06.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/08/2006 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data15/08/2006

Conteggio pagine2

Numero di edizioni4173

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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