Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 08/11/2022

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Interzonal General de Agudos HIGA, quien indicara acerca de la imposibilidad de la institución de no cumplir con la normativa en relación a Covid-19 con motivo de la obligación institucional de proteger al sujeto de cuidado.

Que a fojas 29 a 31 interviene la Dirección de Dictámenes de la Dirección General Legal y Técnica, la que emite dictamen y expresa que
La alumna al cumplimentar los requisitos de admisibilidad, presenta un certicado médico de un profesional con matrícula en CABA y en la Provincia de Santa Cruz no local como lo manifestara en sus presentaciones mediante el cual contraindica la aplicación de la vacuna Covid 19. Tal presentación fue puesta en conocimiento de la Secretaría de Educación y derivó en la intervención de la Sra. Directora de ISET ante las autoridades del H.I.G.A., a efectos de su consideración; obteniendo como respuesta la imposibilidad del ingreso a la institución sin los requisitos indicados en el convenio, en virtud de protocolo interno, basado en la obligación institucional de proteger al sujeto de cuidado.

La resolución atacada NO desconoce el imperio del artículo 58 del Código Civil y Comercial, por el cual se garantiza que ningún habitante de la Nación está obligado a participar de un ensayo clínico o experimento médico. De hecho no existe obligación legal de vacunación. Sí existen requisitos que cumplimentar para la realización de Prácticas profesionalizantes dentro de la Tecnicatura cursada en el ISET, ello en virtud de los convenios suscriptos al efecto y de los protocolos internos de las instituciones donde se realizan las mismas.

Respecto a la autorización expresa para no utilizar el pase sanitario, prevista en el artículo 4 de la Resolución Conjunta Nº 496/21, por la cual se exime de presentar dicha autorización sanitaria, entendemos que ha incurrido en un error la recurrente en virtud de entenderse incluida en el Punto II del artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 460/2021, cuando en ocasión de las prácticas debería incluirse por analogía en el Punto IV de la norma citada.

Que tanto la Comuna como las Instituciones de Salud involucradas no obligan a la Sra. Contreras Freije a vacunarse poniendo en peligro su integridad física. Por el contrario ambos organismos velan por el respeto de los acuerdos rmados y el cuidado de las personas a su cargo; tal como lo prevén las Resoluciones traídas a estudio.

Que por todo ello y en virtud de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Recházase el Reclamo interpuesto por la estudiante de la Tecnicatura Superior en Instrumentación Quirúrgica del Instituto Superior de Educación Técnica ISET, Erica Cristina Contreras Freije DNI 30.147.970 quien solicita autorización para excepcionarla de cumplimentar los requisitos exigidos para la realización de las prácticas profesionalizantes.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese.

Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 105

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 08/11/2022

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data08/11/2022

Conteggio pagine236

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

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