Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 11/08/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón
RESOLUCIONES DE EMTUR DESDE 101 A 150 DE FECHA 31/3 HASTA 29/06/2021
Mar del Plata, 31 de marzo de 2021
VISTO: la presentación efectuada por los Señores, Pablo Espinosa , Soledad Curien y el Señor Aldo Roldan , mediante nota 247/21; y
CONSIDERANDO:
Que en la misma informa sobre la realización en esta ciudad del XXXIII Festival de Jazz en Abril, a llevarse a cabo durante los días 09
y 10 de abril de 2021, en el Teatro Auditorium y la Confitería Marientplatz de nuestra ciudad .
Que el festival contará con una atractiva propuesta musical de bandas locales, como así también de Buenos Aires, Tandil y La Plata, y con la participación de alguna de las Bandas y Músicos solistas mas relevantes de la historia del Jazz de nuestro país.
Que en esta oportunidad contara con la participación destacada de : Bocaguasa, Del Hoyo Trio, Atlantida Jazz Band, Creole Jazz Band, Sole Curien Proyect, Barone Terceto, Smooth Jazz, La Bigfem, Troublant Jazz, Mario Castiñeyra ,Trio Taranto/Rossano y La Sureña Jazz.
Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a esta iniciativa, que anualmente contribuye a diversificar la oferta turística y recreativa de Mar del Plata.
Por todo ello,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización en esta ciudad del XXXIII Festival de Jazz en Abril, a llevarse a cabo durante los días 09 al 10 de abril de 2021, en el Teatro Auditorium y la conteria Marientplatz de nuestra ciudad , en merito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF
y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 43