Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 27/01/2021
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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, convirtiendo el cargo que se menciona a continuación a partir de la fecha:
Nº O.
C.F. Baja
Denominación
C.F.Alta
1568
2-17-63-11
Fonoaudiólogo II
2-17-63-23
Denominación
Psiquiatra I
ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha de su noticación, al señor ALONSO LEONARDO ANSALDI Legajo Nº 31.281/2 CUIL20-31082481-0, en planta permanente y con carácter provisional, en los términos de lo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como PSIQUIATRA I C.F. 2-17-63-23 18 hs. semanales Nº de Orden 1568, con dependencia del Departamento Salud Mental U.E. 11-01-3-0-1-00, para cumplir funciones en el CAPS: Unidad de Salud Mental Jara, de martes a viernes en horario matutino y/o vespertino,
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, al agente mencionado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su noticación, la Bonicación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO 10%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, al agente mencionado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su noticación, laBonicación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO 25%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, al agente mencionado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su noticación, laBonicación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 6º.- Acuérdase, al agente mencionado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su noticación, elFondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 - Prog. 35-00-00 - Fin. y Fun. 3-1-0 UER. 8
F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 P.P. 1 P.p. 1 P.Sp. 3.
Para Art. 3º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 P.Sp. 3 - Ap. 1.
Para Art. 4º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 Ap.1.
Para Art. 5º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 Ap.3.
Para Art. 6º: Inc. 1 P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 Ap.4.
ARTÍCULO 8º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE SALUD y el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg.
BERNABEI
BONIFATTI
MONTENEGRO
Decreto Nº 0121/21
General Pueyrredon, 19/01/2021
Visto las presentes actuaciones; y Considerando Que mediante el art. 1º del Decreto Nº 1864/2020 y los Arts. 1º y 3º del Decreto Nº 1866/2020, se convalidó el pago de la Bonicación por Tarea Riesgosa y de la Bonicación Remunerativa respectivamente a favor de varios agentes, siendo lo correcto convalidar el otorgamiento de las bonicaciones referidas en cada acto administrativo.
Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
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