Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/11/2019

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que de lo dictaminado a fs. 84 y vta., 88 y 117; a n de llevar adelante oportunamente el acto administrativo de baja a los nes previsionales correspondientes; surge la necesidad de autorizar a la Dirección de Asuntos Judiciales a iniciar la acción sumarísima de exclusión de la tutela sindical en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 2245/2010 y art. 52 de la Ley 23551, tal lo requerido a fs. 106.

Que teniendo en cuenta que el señor Calderón percibe en la actualidad el correspondiente benecio jubilatorio conferido por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, deberá realizar las diligencias necesarias para tramitar el cese del beneficio previsional, en razón de su reincorporación al Municipio.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Reincorpórase a partir del 1º de enero de 2019 al agente JUAN CARLOS CALDERÓN Legajo Nº 20.344/1 CUIL 23-10428690-9 en el cargo de PERSONAL DE
VIGILANCIA II C.F. 7-10-71-03 Nº de Orden 4613 en la Dirección General de Coordinación de Programas de Protección Comunitaria, U.E. 17-09-3-0-0-00, trasladándose para tal fin el cargo de la U.E. 02-18-2-1-0-00, en mérito a lo expresado en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, al agente reincorporado mediante el Artículo 1º del presente Decreto, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA , equivalente al DIEZ POR CIENTO 10%, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTICULO 3º.- Acuérdase, al agente reincorporado mediante el Artículo 1º del presente Decreto, a partir de la fecha que allí se indica, un Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 4º.- Otórgase, al agente reincorporado mediante el Artículo 1º del presente Decreto, a partir de la fecha que allí se indica, la Bonicación Por Francos Fijos y/o Rotativos equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO 35% de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

ARTÍCULO 5º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-23-000 Programático 39-00-00 Fin./Fun. 2-1-0
- UER. 26 F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 P.P. 1 P.p. 1 P.Sp. 7.
Para Artículo 2º: Inc. 1 P.P. 1 P.p. 3 P.Sp. 8.
Para Artículo 3º: Inc. 1 P.P. 1 P.p. 3 P.Sp. 4 Ap. 4.
Para Artículo 4º: Inc. 1 P.P. 1 P.p. 3 P.Sp. 7 Ap. 3.

ARTÍCULO 6º.- Intímase al agente JUAN CARLOS CALDERÓN Legajo Nº 20.344/1 CUIL 23-10428690-9 a realizar las diligencias necesarias para tramitar el cese del benecio previsional otorgado por Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en razón de su reincorporación al Municipio, dentro del plazo perentorio e improrrogable de diez 10 días hábiles a partir de la noticación del presente, bajo apercibimiento de dar inicio a las acciones judiciales que resulten pertinentes, en mérito a lo expresado en el exordio.

ARTÍCULO 7º.- Autorízase a la Dirección de Asuntos Judiciales dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica a dar inicio a las acciones judiciales pertinentes contra el agente JUAN CARLOS CALDERÓN Legajo Nº 20.344/1 CUIL 23-10428690-9, para el caso de no arrojar resultados positivos la intimación cursada a través del artículo que antecede.

ARTÍCULO 8º.- Dése intervención a la Dirección de Asuntos Judiciales a n de iniciar la acción sumarísima de exclusión de la tutela sindical del agente JUAN CARLOS CALDERÓN
Legajo Nº 20.344/1 en virtud de detentar el mencionado agente cargo sindical.

ARTÍCULO 9º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO POR SÍ Y A CARGO DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD.

ARTÍCULO 10º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal, dése intervención a la Dirección de Asuntos Judiciales a los efectos indicados en el artículo 8º del presente y al Departamento Liquidación de Haberes.
VICENTE

ARROYO

Decreto Nº 2464/19
General Pueyrredón, 02/10/2019
Visto la realización de la 1 Caravana de la Primavera en Batán y, Considerando Que dicho evento se llevará a cabo el domingo 6 de octubre del corriente año en la ciudad de Batán.

Que la misma es organizada por el Centro de Educación Física Nº 106 de Batán Calle 41 esquina 50, institución reconocida en la comunidad batanense y zonas aledañas.

Municipio de General Pueyrredón
Boletin Oficial Municipal
Pag. 39

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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/11/2019

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data28/11/2019

Conteggio pagine603

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

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