Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 29/01/2016

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Ordenanza 22482 Sancion 26-11-15 Expte 11886-8-15
Decreto de Promulgación 3501 14-12-15
Artículo 1º.- Convalídase la Resolución nº 487/2015 del Ente Municipal de Deportes y Recreación, en virtud de la cual se autorizó a la Confederación Argentina de Hockey Social, el uso gratuito de dos 2 canchas sintéticas de arena del Centro Municipal de Hockey, sito en el Parque Municipal de Deportes Teodoro Bronzini, a los fines de realizar el 1er Torneo Nacional de Hockey Social en Pista durante los días 3 al 6 de septiembre de 2015.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc..Monti Ciano Volponi Arroyo Ordenanza 22484 Sancion 26-11-15 Expte 13023-1-15
Decreto de Promulgación 3507 14-12-15
Artículo 1º.- Confiérese permiso de uso y ocupación, de conformidad con el artículo 56º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, con carácter precario y gratuito, a la Agremiación Docente Universitaria Marplatense A.D.U.M con personería gremial otorgada por Resolución nº 898/05 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación de la parcela del dominio fiscal Municipal, ubicada en la calle Río Pinto s/n del Barrio La Gloria de la Peregrina, identificada catastralmente como: Circunscripción III - Sección F - Quinta 41 - Parcela 253, cuya superficie, medidas y linderos surgen del croquis de ubicación que como Anexo I es parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- El inmueble cuyo Derecho de Uso y Ocupación, a título precario se confiere por el artículo 1º, será destinado exclusivamente al desarrollo de actividades sociales, culturales, recreativas y deportivas propias de la Institución con ajuste a las Cláusulas y Condiciones establecidas en el Anexo II, que es parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a las constancias acumuladas en el Expediente nº 13023-1-15, Cpo. 1 del D.E. Exp. 1916-D-2015 H.C.D..
Artículo 3º.- La Municipalidad entregará el bien al permisionario una vez que se encuentren aprobados los planos de construcción a los que alude la Cláusula Quinta del Anexo II de la presente.
Artículo 4º.- El permiso se otorga por un plazo de cinco 5 años, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, siendo el mismo renovable en forma automática en tanto y en cuanto no exista manifestación en contrario de alguna de las partes notificada por medio fehaciente.
Artículo 5º.- El permiso se concede en forma precaria por lo que puede ser revocado en cualquier tiempo por la Municipalidad, sin derecho a reclamo ni resarcimiento alguno por parte del permisionario.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.Monti Ciano De Paz Arroyo Los anexos correspondientes no se encuentran digitalizado los mismos pueden ser consultados en su soporte papel en el Departamento de Legislación y Documentación Ordenanza 22502 Sancion 26-11-15 Expte 15721-2-13
Decreto de Promulgación 3530 14-12-15
Artículo 1º.- Declárase de interés social la escrituración de la parcela identificada catastralmente: Circunscripción VI - Sección H
- Chacra 53 - Fracción II - Parcela 4a -Subparcela 22 - Polígono 00-23, ubicada en la calle Ceretti nº 2135, Complejo Habitacional Eduardo Tesaire de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, a favor del Sr. Clemente Oscar Peralta, Expte.
15721-2-13, Cpo. 01 del Departamento Ejecutivo Expte. 1977-D-2015 H.C.D..
Artículo 2º.- Solicítase la intervención de la Escribanía General de Gobierno conforme a lo establecido en los artículos 2º y 4º, inc. d de la Ley Provincial nº 10.830, siendo este organismo quien al momento de escriturar requerirá la documentación que la ley exige.
Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas por tasas municipales del inmueble mencionado en el artículo 1º de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley Provincial nº 10928 y la Ordenanza nº 11358.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.Monti Ciano De Paz Arroyo Ordenanza 22544 Sancion 26-11-15 Expte 16024-1-15
Decreto de Promulgación 3597 21-12-15
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 246 de fecha 2 de noviembre de 2015 dictado por la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante mediante el cual se autorizó el uso del espacio público sobre las calles Soler y 202, para la colocación de una carpa destinada a la realización de actividades de Evangelización y Catequesis en los Barrios 1500 viviendas y Don Emilio, organizadas por representantes de la Parroquia Santa Rita, desde el 28 de noviembre al 12 de diciembre de 2015.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc..Monti Ciano Vicente Arroyo Ordenanza 22546 Sancion 04-12-15 Expte 16176-3-15
Decreto de Promulgación 3599 21-12-15
Artículo 1º.- Autorízase a la Iglesia Cristiana Evangélica Ríos de Vida, el uso del espacio público y el corte del tránsito vehicular de la calle Calasanz entre la Avda. Constitución y calle Valencia el día 19 de diciembre de 2015, en el horario de 17 a 20, para la realización de actividades recreativas y temáticas relacionadas con la Navidad.
Artículo 2º.- El permisionario deberá contratar los seguros pertinentes, manteniendo indemne a la Municipalidad por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de la actividad, atento a la responsabilidad civil que surja en el Código Civil y Comercial, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante.
Artículo 3º.- Déjase establecido que en el caso de utilizar repertorio musical, en cualquiera de sus formas, deberán abonarse las contribuciones correspondientes a las asociaciones, sindicatos o entidades gremiales que agrupen a músicos, autores, compositores, intérpretes, coreógrafos o cualquier otra que pudiera corresponder ARGENTORES, Variedades, S.A.D.A.I.C., A.A.D.I.C.A.P.I.F., etc.. El Departamento Ejecutivo verificará el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo y en el Decreto nº 1638/00.
Artículo 4º.- La entidad organizadora deberá abonar las horas extras del personal del Departamento Operativo de la Dirección de Tránsito, que cumplan el servicio durante el desarrollo de la actividad, a los fines del corte y contralor del tránsito vehicular.
Asimismo, deberá efectuar la limpieza y mantenimiento del sector.
Artículo 5º.- La organizadora deberá adoptar las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica, así como el fácil ingreso y egreso al evento.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.Monti Ciano Vicente Arroyo Ordenanza 22553 Sancion 26-11-15 Expte 9816-3-05 Alc1
Decreto de Promulgación 3621 21-12-15
Artículo 1º.- Convalídase el Decreto nº 2137/15 dictado por el Departamento Ejecutivo, por el cual se autorizó el contrato de locación del inmueble ubicado en la calle Necochea nº 3672 destinado al funcionamiento de la Escuela Municipal de Arte Dramático Angelina Pagano y de otras áreas de la Secretaría de Educación, comprometiendo fondos de los ejercicios que se detallan:
- Ejercicio 2016 $ 340.000.- Ejercicio 2017 $ 416.000.-

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 29/01/2016

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data29/01/2016

Conteggio pagine81

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

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