Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 07/10/2015

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que la Contaduría del Ente ha efectuado la imputación preventiva por el primer llamado, informando la necesidad de observar el gasto en razón del art. 186 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Pcia de Buenos Aires, por estar infringiéndose el art. 31 de la LOM equilibrio fiscal por lo que el mismo deberá autorizarse mediante acto administrativo.
Por todo ello en uso de las facultades delegadas;
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL TURISMO
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Declarar fracasado el primer llamado al Concurso de Precios nº 08/2015 para la contratación de Impresión de Material Promocional y convalidar la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones del SEGUNDO
LLAMADO, con un presupuesto oficial de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL $ 164.000.-.
ARTICULO 2º.- Fijar para el día 14 de septiembre de 2015 a las 10:00 hs., la apertura de ofertas pudiendo consultar y retirar el Pliego de Bases y Condiciones en la Jefatura de Compras del Ente Municipal de Turismo.
ARTICULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, deberá imputarse a: Programa 17 - Actividad 01 - Inciso 3- Ppal. 5 - Pparcial 3 Apartado 0 del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente Ejercicio.ARTICULO 4º.- Establecer el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
$ 250.-.
ARTICULO 5º.- Eximir a la firma Simionato Roberto Rafael recibo Tesorería 101 y Falco Rafel Agustin recibo Tesorería 102, adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones, de la compra del mencionado Pliego, ante el supuesto caso de presentarse al Segundo Llamado.
ARTICULO 6º.- Registrar, comunicar por el Departamento Administrativo y a sus efectos, intervengan los Departamentos Marketing, y Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, Contaduría, Tesorería, y Jefatura de Compras.
REGISTRADA BAJO EL N 362
Mar del Plata, 7 de setiembre de 2015.
VISTO: la presentación efectuada por el Señor Federico Torres, mediante nota 1043/15, y CONSIDERANDO:
Que en la misma, solicita se declare de Interés Turístico a la REUNION ANUAL BIOGREEN, a llevarse a cabo los días 2,3 y 4 de octubre de 2015.

Que esta Reunión está organizada por Federico Torre, Gerente Comercial, Guillermo Zatti y Cecilia Buschiazzo propietarios de la Empresa.

Que la Empresa BIOGREEN nació en 1994 y es pionera en la creación de perfumes sin aerosol y en envases totalmente reciclables, dando trabajo independiente a más de 25.000 personas.

Que en la reunión se realizará capacitación, reconocimiento, lanzamiento de productos y motivación a los asistentes al evento.

Que participarán del evento más de 600 personas de toda Argentina y se contará con la presencia del Dr. Camilo Cruz, conferencista latino de mayor reconocimiento en EEUU.

Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno destacar acontecimientos de esta naturaleza, que contribuyen a identificar a Mar del Plata como Ciudad - Sede de Reuniones.
Por todo ello, EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Declarar de Interés Turístico a la realización en esta ciudad de la REUNION ANUAL 2015 BIOGREEN, a llevarse a cabo del 2 al 4 de octubre de 2015 en el Teatro Roxy, en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime al recurrente del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.
ARTICULO 5.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los
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Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 07/10/2015

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data07/10/2015

Conteggio pagine117

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

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