Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 17/03/2015

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que este Ente Municipal de Turismo, considera oportuno brindar su adhesión propuestas de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar el Calendario de Actividades de Mar del Plata.
Por todo ello, EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico acontecimiento deportivo Triple Corona Surf por Equipos.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI
CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.
ARTICULO 5.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 1.109 a 1.136 del Código Civil, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.
REGISTRADA BAJO EL Nº 023

Mar del Plata, 13 de enero de 2015
VISTO el Expediente 030 Letra M Año 2015 por el cual se tramita contratación publicitaria en la señal de televisión abierta de América Televisión; y CONSIDERANDO:
Que la Jefatura de División de Promoción requiere mediante solicitud de pedido nº 24, la contratación de una campaña de posicionamiento de Mar del Plata durante el mes de enero y de febrero de 2015 en los distintos programas que se emiten bajo la señal de televisión abierta de América Televisión .
Que a tal efecto, se ha requerido a la firma AMERICA TV
SA América 2, quienes presentan propuesta detallada por distintos programas que emiten la señal LS86
América, de acuerdo al siguiente detalle:

programa
pnt
salidas
total segundos
meses
importe
Intrusos
30

4

120

enero/febrero
$434.148,00

América Noticias
30

4

120

enero/febrero
$350.658,00

Intratables
30

2

60

enero
$166.980,00

Infama
30

2

60

enero
$137,758,50

Que el costo total de la contratación mencionada alcanza a Pesos UN MILLÓN OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON
CINCUENTA CENTAVOS $ 1.089.544,50.- por todo concepto, de acuerdo a presupuesto elevado por la firma.
Que corre agregado copia del Acta del del Directorio del Ente, de fecha 13 de enero de 2015, aprobando campaña publicitaria enero y febrero de 2015.Que la Jefatura de Compras informa con fecha 13 de enero de 2015, que si bien el presupuesto elevado supera ampliamente el monto máximo para las Compras Directas, la firma AMERICA TV S.A. es la firma propietaria y administradora de la señal donde se requieren la emisión de los PNT, asi lo certifica la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual AFSCA por lo que nos encontramos ante UNA EXCLUSIVIDAD comprendida en las excepciones del art.
156 inc. 1 de la LOM, confirmado por dictamen de Asesoría Letrada.
Que la Asesoría Letrada del Ente eleva dictamen donde informa que considerando que la firma América TV SA es titular de la señal de televisión abierta donde se requiere la contratación, en un todo de acuerdo al Registro de Afsca Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual la misma se justifica por exclusividad de acuerdo al art. 156 inc.1º de la Ley Orgánica de las Municipalidades
18

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 17/03/2015

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data17/03/2015

Conteggio pagine106

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031