Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/02/2015

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CONSIDERANDO:
Que en la misma, la referida entidad solicita se declare de Interés Turístico a la realización del Pesebre Viviente, a llevarse a cabo el 21 de diciembre de 2014, en la Plaza Andrés Chazarreta del Barrio Parque La Florida.
Que la puesta en escena del Pesebre Viviente tiene 17 años de trayectoria, convirtiéndose en un acontecimiento tradicional interpretado con niños y adultos del barrio.
Que la realización ofrece un espectáculo de singulares características, compartiendo con la comunidad marplatense el sentimiento de espiritualidad que genera la Natividad.
Que este Ente Municipal de Turismo considera oportuno brindar su adhesión a iniciativas de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta turística, cultural y recreativa de Mar del Plata.
Por todo ello, EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Declarar de Interés Turístico a la realización del Pesebre Viviente organizado por la Asociación de Fomento Barrio Parque La Florida.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a la entidad recurrente del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.
ARTICULO 5.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 1.109 a 1.136 del Código Civil, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.
REGISTRADA BAJO EL Nº 552

Mar del Plata, 26 de noviembre de 2014
VISTO el pedido formulado por la Jefa del Departamento de Asistencia al Turista; y CONSIDERANDO:
Que el Área de Asistencia al Turista propone la designación de los agentes MOLINA, Ivana Estefanía, BAHAMONDE, Flavia Alejandra, BERNAL MASON, Matías Nicolás, TIBALDI, Franco y VITERI, Melisa Eliana, para desempeñar tareas en los distintos puestos de información turística Que atento las necesidades existentes en el Departamento de Asistencia al Turista, procede la designación de los mencionados agentes, a partir de la fecha que se indica y por el término de treinta 30 días.
Que la Contaduría realizó la imputación presupuestaria correspondiente.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo nº 213º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Designar, a partir de la fecha que se indica y por el término de treinta 30 días, a los siguientes agentes, en el cargo de Técnico Inicial con 40 horas semanales CF 4-02-67-01, para cumplir funciones de Auxiliar de Informes en el Departamento de Asistencia al Turista del Ente Municipal de Turismo:
APELLIDO Y NOMBRES

LEGAJO Nº
Nº DE ORDEN

FECHA

MOLINA, Ivana Estefanía
27441

115

15/12/14

BAHAMONDE, Flavia Alejandra
30844

112

02/12/14

20

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/02/2015

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data12/02/2015

Conteggio pagine150

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Febrero 2015>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728