Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 20/11/2013

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

de suelo admitidos Locales sin Destino, Oficinas y Cochera Comercial, previsto ejecutar en el predio sito en la calle La Rioja n 1.954, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 68, Parcela 13, de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- La construcción deberá cumplimentar con todas las normas generales contempladas en el Código de Ordenamiento Territorial y en el Reglamento General de Construcciones que no se opongan a las disposiciones de la presente.
Artículo 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza n 9.784 -Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza n 14.576.
Artículo 4º.- Aprobación de planos y permisos de construcción: Antes de comenzar los trabajos, el recurrente deberá gestionar el permiso de construcción correspondiente ante la Dirección General de Obras Privadas, debiendo exigirse al mismo, previo al otorgamiento, el cumplimiento de las prescripciones contenidas en los artículos precedentes.
Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 6º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto n 818/96, modificado por Decreto n 2.269/99.

Artículo 7º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Castorina
Ciano Pulti
ORDENANZA 21489
Expte 5716-G-1957 Sancion 18-10-2013
Decreto de Promulgación 2299 23-10-2013
Artículo 1º.- Autorízase, con carácter precario a la firma WALKIRI S.A. a afectar con el uso Venta Mayorista y Fraccionamiento de Productos Alimenticios autorizados por el Código Alimentario Argentino, el local ubicado en la calle 3 de Febrero nº 4027, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Manzana 213B, Parcela 15C de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo 1º se condiciona a:
2.1. Mantener delimitado un módulo de 25 m2 destinado a carga y descarga, según el artículo 5.5.1.4 del Código de Ordenamiento Territorial.
2.2. No realizar tareas de carga y descarga en la vía pública.
2.3. Ante cualquier denuncia de vecino, verificable en su grado de molestia por la autoridad competente, quedará sin efecto la presente autorización.
Artículo 3º.- La presente autorización se otorga condicionada a que el requirente cumpla con la normativa que rige la publicidad urbana en el Partido de General Pueyrredon - Código de Publicidad y su reglamentación.
Artículo 4º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 6º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por el Decreto nº 2269/99.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Castorina Pulti ORDENANZA 21490
Expte 10515-1-2012 Sancion 18-10-2013
Decreto de Promulgación 2300 23-10-2013
Artículo 1º.- Autorízase, a los señores Juan Iannone y María Rosa Minissale a afectar con el uso de suelo Vivienda Multifamiliar y a adoptar un Plano Límite de 8,89m, en la obra a construir en el predio ubicado en la Avda. Juan H.
Jara nº 60-68-72-80-84-92-96, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción VI, Sección B, Manzana 173g, Parcelas 18, 19 y 20 a unificar de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Aprobación de planos y permisos de construcción: antes de comenzar los trabajos, el recurrente deberá gestionar el permiso de construcción correspondiente ante la Dirección de Obras Privadas, debiendo exigirse al mismo, el cumplimiento de todas las normas generales contempladas en el Código de Ordenamiento Territorial y en el Reglamento General de Construcciones que no se opongan a las disposiciones de la presente.
Artículo 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 9.784 - Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza nº 14.576, con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad de manera continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida, desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 5º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por el Decreto nº 2269/99.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Castorina Pulti
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 20/11/2013

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data20/11/2013

Conteggio pagine40

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

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