Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/8/2023

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
17 de agosto de 2023

N: 248
b La prevista en el Artículo 41º de la Ordenanza General Impositiva: Ocho por ciento 8% mensual.

VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y
c La prevista en el Artículo 84º de la Ordenanza General Impositiva: Cuatro por ciento 4% mensual.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6.916, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.

ARTÍCULO 2.- Las tasas establecidas en el artículo anterior serán aplicables a la financiación de planes de facilidades de pago y a la falta de extinción total o parcial de las deudas tributarias correspondientes a tributos, retenciones, percepciones, anticipos, multas y demás pagos a cuenta, desde el momento del nacimiento del hecho imponible.
ARTÍCULO 3.- FACULTAR al Organismo Fiscal a reducir las tasas del Artículo 1º, Incisos a y b, de acuerdo al siguiente esquema:
1 Hasta en un Cincuenta por ciento 50%, cuando el contribuyente se allane a cancelar el total de la deuda en un único pago.
2 Hasta en un Veinticinco por ciento 25%, cuando el contribuyente se allane a cancelar el total de la deuda en hasta tres 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
ARTÍCULO 4.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley.
ARTÍCULO 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 441/DE/2023
VILLA CARLOS PAZ, 19 de julio de 2023
VISTO: La ausencia temporaria del Sr. Secretario de Salud Pública, desde el día 19 de Julio del corriente año; y CONSIDERANDO: Que a los fines de no dificultar el normal desenvolvimiento administrativo del área aludida, resulta menester encomendar la atención y firma del Despacho al Señor Secretario de Desarrollo Urbano Ambiental, mientras dure la ausencia de su titular.-

Que el Artículo 6º de dicha Ordenanza establece Excepto las situaciones previstas en el artículo siguiente, el Departamento Ejecutivo podrá variar las Partidas Presupuestarias de Segundo Nivel o inferior de gastos, pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Artículo 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1.- MODIFICAR a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.
37.70.763.1.13.324
37.70.763.1.13.336
40.01.100.1.13.329
40.01.100.2.24.414

40.01.100.2.24.416

-PROGRAMA-ANEXO
-INCISO-ITEMDESCRIPC.
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
JUICIOS Y
MEDIACIONES
CORRESPONDENCIA
GENERAL
EQUIPOS DE
TRANSPORTE
TRACCION Y
ELEVACION
EQUIPOS
ELECTRONICOS E
INFORMATICOS
TOTAL

Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo pertinente, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 147 de la Carta Orgánica Municipal.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1.- ENCARGAR la atención y firma del Despacho de la Secretaría de Salud Pública, al Sr. Secretario de Desarrollo Urbano Ambiental, Ing. Gustavo García Setti, a partir del día 19
de Julio de 2023 y mientras dure la ausencia de su titular, en un todo de acuerdo al Visto y los Considerandos del presente.-

AUMENTA

DISMINUYE

$ 1.000.000
$ 1.000.000
$ 900.000
$ 624.000

$ 276.000
$ 1.900.000

$ 1.900.000

ARTÍCULO 2.- ADECUAR el Nomenclador de Erogaciones conforme al Artículo 5 de la Ordenanza N 6.916, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley.
ARTICULO 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-

Artículo 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.

DECRETO Nº 443/DE/2023
VILLA CARLOS PAZ, 20 de julio de 2023

Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Julio C. Niz, Sec. Salud Pública Gustavo García Setti, Sec. Des.
Urbano Ambiental - Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-

VISTO: El Expediente N 208.601/22 y su acumulado Nº 217865/2023; y,
DECRETO N 442/C/2023
VILLA CARLOS PAZ, 20 de julio de 2023

CONSIDERANDO: Que mediante el expediente de referencia, el Sr. Facundo Martín Coria, D.N.I. Nº 24.409.627, denuncia el fallecimiento del Sr. Luis Abel Coria, quien era titular de una
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/8/2023

TitoloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaeseArgentina

Data17/08/2023

Conteggio pagine35

Numero di edizioni391

Prima edizione01/01/2015

Ultima edizione12/07/2024

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