Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 3/7/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
03 de julio de 2020

N: 49
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 310/DE/2020 Covid-19
Decreto Nº 311/DE/2020 Covid-19
Decreto Nº 313/DE/2020 Covid-19

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VILLA CARLOS PAZ, 02 de julio de 2020
DECRETO N 310/DE/2020
VISTO: El art. 3º de la Ordenanza Nº 6622; y CONSIDERANDO: Que la norma citada faculta al Departamento Ejecutivo a adherir a los Protocolos aprobados por el Centro de Operaciones de Emergencias C.O.E., que permitan una apertura gradual de las actividades en el ámbito de nuestra ciudad.Que analizados los Protocolos para la Industria del Software y los Servicios basados en el Conocimiento Anexo 97 del 29 de junio de 2020, para Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación en el Ámbito de la Provincia de Córdoba Anexo96 del 29 de junio de 2020 y de Ferias Francas Municipales Anexo 85 del 29 de junio de 2020, estos resultan de aplicación para nuestra ciudad, bajo el cumplimiento de las pautas allí establecidas.
Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1: ADHERIR a los Protocolos para la Industria del Software y los Servicios basados en el Conocimiento Anexo 97 del 29 de junio de 2020, para Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación en el Ámbito de la Provincia de Córdoba Anexo 96 del 29 de junio de 2020 y de Ferias Francas Municipales Anexo 85 del 29 de junio de 2020, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 2: DIFUNDIR AMPLIAMENTE los términos del presente decreto en todo el ámbito de la ciudad de Villa Carlos Paz, llevando a cabo una campaña propagandística, a través de todos los medios con que cuenta el Municipio.ARTÍCULO 3º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro a/c Oficialía Mayor-

VER PROTOCOLOS AQUÍ:
-

Industria del Software y los Servicios basados en el Conocimiento - Anexo 97 - l 29 de junio de 2020:

https www.villacarlospaz.gov.ar/sistemas/di gesto/files/downloadxde2/1290/6578f8405eb efb178d5dc6baa4ab9b8b20830337.pdf -

Proyectos de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación en el Ámbito de la Provincia de CórdobaAnexo 96 - 29 de junio de 2020:

https www.villacarlospaz.gov.ar/sistemas/di gesto/files/downloadxde2/1290/0a1f44aed61
6689124c4e085cea520ff2a523c44.pdf
Ferias Francas Municipales -Anexo 85 - 29 de junio de 2020:

https www.villacarlospaz.gov.ar/sistemas/di gesto/files/downloadxde2/1290/5fa32d589e2
f6bf5896c7c213578cb740fbddbfe.pdf VILLA CARLOS PAZ, 02 de julio de 2020
DECRETO N 311/DE/2020
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 5762020, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional; y CONSIDERANDO: Que la norma citada dispone medidas respecto a la implementación del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio vigente para nuestra ciudad.Que a los fines de su aplicación, en materia de circulación de personas, resulta necesario el dictado de una norma que adhiera a sus términos y que se lleve a conocimiento de la población en general.Esto alude principalmente a lo establecido en el artículo 5º del Decreto, en cuanto fija límites expresos a la circulación de las personas más allá de las fronteras de los departamentos en que están divididas las provincias, salvo las circunstancias de excepción allí consignadas.Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1: ADHERIR al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/2020, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTÍCULO 2: DIFUNDIR AMPLIAMENTE los términos del presente decreto en todo el ámbito de la ciudad de Villa Carlos Paz, llevando a cabo una campaña propagandística, a través de todos los medios con que cuenta el Municipio.ARTÍCULO 3º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación Carla A. Montemurro a/c Oficialía MayorVer Aquí Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/2020 Poder Ejecutivo Nacional:

https www.villacarlospaz.gov.ar/sistemas/digesto/fil es/downloadxde2/1290/68753b2023baad65767f5d66
0c1f67268f252bfb.pdf VILLA CARLOS PAZ, 03 de julio de 2020
DECRETO N 312/DE/2020
VISTO: El Decreto Nº 282/DE/2020, que dispone la Adhesión al Protocolo de Flexibilización para Industrias, Comercios, Obras Privadas y Profesiones Liberales Anexo Nº 56 de fecha 18 de junio de 2020; y CONSIDERANDO: Que en virtud de los pedidos formulados por los comerciantes de nuestra ciudad, se solicitó al Comité de Operaciones de Emergencias COE Punilla, autorización para
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 3/7/2020

TitoloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaeseArgentina

Data03/07/2020

Conteggio pagine2

Numero di edizioni391

Prima edizione01/01/2015

Ultima edizione12/07/2024

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