Boletín Oficial de Sonora del 11/4/16

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Source: Boletín Oficial de Sonora

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SEGUNDO.- La parte actora HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDUCARIO DEL
FIDEICOMISO F/262757, representada por TERTIUS SOCIEDAD ANÓNIMA, PROMOTROA DE
INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDim NO
REGULADA, acredito los extremos de la acción personal y real que ejerció en contra de NORA HILDA
ESTRELLA NAVARRO, mientras a este, se le siguió el juicio en rebeldía; en consecuencia:
TERCERO.- Se declara el vencimiento anticipado del Contrato de Apertura de Crédito con Interés y Garantía Hipotecaria para la Adquisición, y se condena a la demandada NORA HILDA
ESTRELLA NAVARRO, a pagar a favor de la parte actora HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA, INSfUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, FIDUCARIO
DEL FIDEICOMISO F/262757, representada por TERTIUS SOCIEDAD ANÓNIMA, PROMOTROA DE
. INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO
REGULADA, la cantidad de: $105,995.76 CIENTO CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
PESOS 76/100 M.N porconcepto de suerte principal.

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CUARTO.- Por otra parte, se condena a la demandada NORA HlLDA ESTRELLA
NAVARRO a pagar a favor de la actora, la cantidad de $1,033.32 UN MIL TREINTA Y TRES .PESOS
. 32/100 M.N porconcepto de comisión del acreditante que corresponde del quince de diciembre de dos mil once y hasta el quince de septiembre de dos mil doce, de conformidad con la establecido en la cláusula cuarta, del contrato base de la acción;

QUINTO.- Se condena a la demandada NORA HILDA ESTRELLA NAVARRO a pagar a favor de la ?ctora, la cantidad de.$3,157.67 TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS 57/100
M.N por concepto de erogaciones netas mensuales vencidas y no pagadas del quince de noviem.bre de dos mil once y hasta el quince de enero de dos mil doce, de conformidad con la establecido en la cláusula cuarta, del contrato base de la acción;

. EXTO.- Se condena a la demandada NORA HILDA ESTRELLA NAVARRO a pagar a favor de la actora, la cantidad de $20,198.55 VEINTE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO PESOS 55/100
M.N por concepto de intereses moratorias vencidos del dieciséis de noviembre del dos mil once y hasta el quince de septiembre de dos mil _once, en virtud de que así fue solicitado por la parte actora, lo anterior., de conformidad con lo establecido en la cláusula octava del contrato base de la acción.
SÉPTIMO.- En virtud de que el presente fallo resulto adverso a la demandada NORA
HILDA ESTRELLA NAVARRO, tratándose la acción ejercitada por la parte actora de condena, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 80 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se le condena al demandado a pagar a favor de la parte aclara los. gastos y costas que esta haya erogado, previa su requlación en el momento procesal oportuno.

f
caso que:

. . . .: ÓcjAVÓ,. ara:el la omañdada. ORP, HiLDA ESTRELLA NAVARRO, no de clinipfirmeilto voluntano al:presenté.,failodentro def término de cinco dis cont;dos a parti del día siguiente B1Yqu cause ejecutori&la:presente sentf:ncia, hágase trance y remate del bien inmueble dado en garantía .hipótec,aria, que s.e. describe en: él :coritratbbase dé la acción, y con su producto pago.a la actora de las prestaciones reclamadas y encas:o de que hayá remanente, devuélvasele a parte demandada.
NOVENO.- Toda vez que de autos se advierte que la demandada NORA HlLDA
ESTRELLA NAVARRO. fue emplazado a juicio por medio de edictos, sin que después de dicho emplazamiento haya señalado domicilio donde oír y recibir notificaciones en virtud de que el juicio se tramita en rebeldia de su parte, en consecuencia, se ordenaue-la-notificación de la presente sentencia, se haga al demandado de referencia, mediante publicación por una sola vez de los puntos resolutivos del fallo, en el Boletin Oficial y en el Periódico El Imparcial, en ténminos de lo establecido en el articulo 251, fracción V, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, haciéndosele saber que cuenta con un termino de sesenta dias hábiles para impugnar dicha sentencia, contados a partir de que se haga la publicación ordenado, lo anterior con fundamento en el articulo 376, fracción 11, del Código referido.

Hnmosillo, Sonora, a

de abril del 216

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C. SECRETARIA PRlEIRA DE ACUERDOS

-.

LIC. ANA TéRESA UIZ SALCIDO

Tomo CXCVII Hermosillo. Sonora Número 29 Lunes 11 de Abril del 2016

Boletín Oficial
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Sonora del 11/4/16

TitoloBoletín Oficial de Sonora

PaeseMessico

Data11/04/2016

Conteggio pagine35

Numero di edizioni2100

Prima edizione02/01/1997

Ultima edizione25/03/2021

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