Boletín Oficial de Navarra del 9/1/2020

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 9 de enero de 2020
BASES
Objeto Primero.
Es objeto de la presente convocatoria establecer el régimen de concesión de subvenciones para apoyar las acciones y actividades culturales, educativas, deportivas, de juventud, igualdad y desarrollo rural que se desarrollen en el Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta.
Actividades objeto de subvención Segundo.
Son subvencionables las actividades programadas que teniendo continuidad en el municipio o siendo beneficiarias directas las personas del mismo, se realicen durante el año de su petición en el ámbito territorial del municipio, a excepción de aquellas que, por su finalidad o circunstancias, no puedan desarrollarse dentro del mismo, y referidas a las siguientes áreas:
Cultura.
Educación.
Deportes.
Juventud.
Igualdad y desarrollo rural.

Número 5 - Página 297
d En el caso de asociaciones o patronatos no inscritos en el Registro de asociaciones del Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta, se deberá presentar un ejemplar de sus Estatutos.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la entidad interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Al margen de la documentación exigida, la entidad o asociación podrá aportar cuantos documentos considere convenientes para informar sobre su proyecto.
Financiación Las subvenciones se otorgaran con cargo a la partida presupuestaria de cada anualidad que se habilite al efecto.
Dicha partida no será objeto de ampliación, repartiendo proporcionalmente el importe de la partida entre las solicitudes presentadas en el caso de que éstas superen la cuantía prevista.
Se establece un límite de cuantía total a subvencionar a cada entidad sin ánimo de lucro por el Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta de 1.200 euros.
Criterios para la asignación de subvenciones
Tercero.
No serán subvencionables:
a La adecuación de locales o cualquier tipo de intervención en edificios.
b Los gastos derivados del funcionamiento alquiler, teléfono, luz, nóminas de personal, etcétera de la asociación solicitante.
c Adquisición de bienes muebles e inmuebles.
d Las actividades a las que no pueda acceder toda la población del Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta interesada dentro del límite de plazas lógico de toda actividad.
Solicitantes Cuarto.
Serán objeto de subvención las entidades que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
1. Ser entidades, asociaciones, personas físicas a título particular o en representación de un grupo o asociación no inscrita para iniciativas de carácter esporádico, sin finalidad de lucro que realicen sus acciones en el Municipio de Tiebas-Muruarte de Reta.
2. No tener suscrito un convenio de colaboración, una contratación de servicios, u otro tipo de contratos o compromisos con el Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta respecto al proyecto para el que se solicita financiación, así como no disponer de subvenciones del Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta para la misma actividad.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes Quinto.
El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Resoluciones definitivas por parte del Ayuntamiento y publicación en el Tablón de anuncios: El ayuntamiento procederá a resolver las solicitudes en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta situado en la calle Mayor número 42, Tiebas en horario de 9:00 a 14:00 horas o en cualquiera de los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo.
Se consideran criterios objetivos generales para el otorgamiento de las subvenciones los siguientes:
a Interés general de la actividad para el Ayuntamiento de TiebasMuruarte de Reta.
b Participación activa de la población en estos programas e impacto social de las actividades desarrolladas.
c Favorecer los aspectos formativos o educativos que puedan comportar una mejora de la calidad de vida de la población.
d Adecuación del proyecto a las condiciones sociales, culturales u otras del ámbito donde se vaya a desarrollar.
e Grado de accesibilidad a las actividades por parte de la población de Tiebas-Muruarte de Reta y contribución a la sensibilización de la opinión pública.
f Participación del voluntariado en el desarrollo del proyecto o actividad.
g Déficit de actividades análogas.
h Fomento del deporte y la cultura de base.
i Ayuda a aquellas actividades que, siendo de interés general, resultarían de difícil ejecución, de no contar con la ayuda económica de la subvención.
j Incorporación del enfoque medioambiental, social o de igualdad de género al proyecto.
k Capacidad técnica, organizativa y de gestión de la solicitante.
Octavo.
Una vez analizadas las solicitudes, La Alcaldía resolverá, otorgando la subvención en la cuantía y porcentaje que se estime subvencionable en cada caso, una vez valoradas las circunstancias concurrentes en compañía de todas las demás Concejalas.
Destino Noveno.
Las ayudas concedidas deberán ser destinadas a la actividad propuesta o programa que motivase su concesión.
No se autoriza el cambio de destino de las subvenciones concedidas.
El incumplimiento de las obligaciones y determinaciones contenidas en esta convocatoria podrá dar lugar a la revocación de la subvención.

Solicitudes y documentación Sexto.
Las peticiones deberán presentar la siguiente documentación:
a Instancia individualizada por cada actividad, firmada por la Presidenta de la Entidad, o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, en la que se hará constar el programa o actividad para la que se solicita subvención. La instancia seguirá el modelo adjunto Anexo 1.
b Presupuesto total desglosado de la actividad/programa a realizar y para la cual se solicita subvención conforme al modelo adjunto Anexo 2.
c Solicitud cumplimentada de abono por transferencia Anexo 3.

Obligaciones de los beneficiarios Décimo.
Las beneficiarias de la subvención tendrán las siguientes obligaciones:
a Destinar la subvención a la financiación de actividades, proyectos y programas para los cuales fue concedida.
b Justificar en los términos que le exija el Ayuntamiento el cumplimiento del destino de la subvención.
c Los beneficiarios sólo podrán dar publicidad tanto en la propaganda como en el desarrollo de las actividades a los símbolos y anagramas

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Boletín Oficial de Navarra del 9/1/2020

TitoloBoletín Oficial de Navarra

PaeseSpagna

Data09/01/2020

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4861

Prima edizione02/03/2001

Ultima edizione17/07/2024

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