Boletín Oficial de la Región de Murcia del 10/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 210

Miércoles, 11 de septiembre de 2019

Página 25868

IV. Administración Local San Javier 5529

Exposición pública del padrón por suministro de agua potable y saneamiento, de La Manga del Mar Menor, término municipal de San Javier, relativo al cuarto bimestre de 2019 y anuncio de cobranza.

Aprobado por Decreto n.º 2115/2019 de fecha 30 de agosto de 2019, el Padrón por suministro domiciliario de agua potable y saneamiento, de La Manga del Mar Menor, término municipal de San Javier, relativo al Cuarto Bimestre de 2019; se expone al público, en el tablón de anuncios del ayuntamiento de San Javier, y en la Oficina Municipal de aguas de La Manga durante un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, al objeto de que pueda ser examinado por los contribuyentes, pudiendo interponerse ante esta Corporación recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la finalización del periodo de exposición al público, de conformidad con lo regulado en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 marzo por la que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, El periodo voluntario para el abono de los recibos reflejados en el padrón, es de dos meses, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el boletín Oficial de la Región de Murcia, surtiendo los efectos de notificación a los contribuyentes, de conformidad con lo regulado en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre de General Tributaria.
El pago debe hacerse en las oficinas de las entidades colaboradoras, utilizando el documento de ingreso que pueden obtener en la Oficina de Aguas del Ayuntamiento de San Javier, sita en Oficina de La Manga Consorcio, Apartamentos Stella Maris, Bajo, 30380 La Manga del Mar Menor Murcia, de lunes a viernes, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
Se informa a los contribuyentes que pueden domiciliar sus impuestos a través de las entidades bancarias clasificadas, según lo establecido en el artículo 38 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Transcurridos los plazos indicados, los importes no pagados serán exigidos por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y las costas que se ocasionen.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 62.3
de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General tributaria y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
San Javier, 30 de agosto de 2019.El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-110919-5529

www.borm.es
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 10/9/2022

TitoloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaeseSpagna

Data10/09/2022

Conteggio pagine26

Numero di edizioni12598

Prima edizione10/07/1982

Ultima edizione06/07/2024

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