Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 11/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 255458

SOCIEDADES / LUCIO AGNEO S.R.L.

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N 5249/205-L-2023 de fecha 04/08/2023, se encuentra en trámite la inscripción de los instrumentos de fecha 29/06/2023, mediante los cuales se los Sres. Pablo Cesar Bauque, DNI 22.264.222, argentino, de 51 años de edad, nacido el día 22/09/1971, divorciado, abogado, con domicilio en calle Salta número 78, Sexto Piso, Departamento B, de esta ciudad, y Maria Jose Bauque, DNI 31.030.887, argentina, de 38 años de edad, nacida el 12/03/1985, comerciante, soltera, con domicilio en Av. Mate de Luna n 1552 de esta ciudad, ceden la totalidad de las cuotas del capital social, 500 cuotas representativas del 50% del capital social de la sociedad LUCIO AGNEO S.R.L. a favor de señor Martin Miguel Aparicio,DNI 20.920.1950, argentino, de 54 años de edad, nacido el25/10/1969, soltero, con domicilio en calle Corrientes número 1096, Tafí Viejo, y 500 cuotas representativas del 50% del capital social de dicha sociedad a favor de Silvina Yanet Aguirre,DNI 36.818.285, nacida el 17/10/1992, abogada, soltera, con domicilio en MZ. I Casa n2 Barrio Aeropuerto, Banda del Río Salí. Como consecuencia de la cesión de cuotas sociales, se modifican además las clausulas Sexta y Séptima del contrato social de la sociedad LUCIO AGNEO S.R.L., quedando redactadas de la siguiente manera: Cláusula Sexta: Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de un gerente o gerentes en caso de ser más de uno que tendrá las todas las facultades administrativas necesarias y el uso individual de la firma social y capacidad para obligar a la Sociedad únicamente en la forma que a continuación se indica. La firma social no podrá ser usada ni comprometida en negocios ajenos al objeto social, ni tampoco servirá para garantizar operaciones personales de los Socios o terceros. Se hace constar que la gerencia es plural, siendo desempeñada por los señores Silvina Yanet Aguirre socia y el Letrado Pablo César Bauque. La señora Aguirre tendrá a su cargo, únicamente, la firma de los instrumentos de venta y/o de cualesquiera naturaleza que se suscribieren con terceros en nombre de la sociedad por un lapso de tiempo de treinta y seis 36 meses a partir de la fecha del presente, no pudiendo suscribir ninguno, de ninguna naturaleza, que obligue a la sociedad, sin la conformidad previa, fehaciente y por escrito del señor Pablo César Bauque dada en cada caso y para el acto concreto de que se trate. Todos los actos de administración, disposición y representación de la sociedad serán exclusivamente decididos por el señor Pablo César Bauque por tiempo indeterminado, correspondiendo únicamente a éste, no pudiendo realizar ninguno la señora Silvina Yanet Aguirre, salvo autorización expresa y por escrito en tal sentido del señor Pablo César Bauque dada con anterioridad al acto de que se trate. Derechos y obligaciones. Los gerentes aquí designados tienen los mismos derechos, obligaciones, prohibiciones e incompatibilidades que los directores de la sociedad anónima. No pueden participar por cuenta propia o ajena, en actos que importen competir con la sociedad, salvo autorización expresa y unánime de los socios. También serán responsables individualmente en la forma mencionada en cláusula anterior. Si hubiere participado más de uno en los mismos hechos generadores de responsabilidad, el Juez puede fijar la parte que a cada uno corresponde en la reparación de los perjuicios, atendiendo a su actuación personal. Revocabilidad Puede revocarse en cualquier momento la designación de/los gerentes por el voto mayoritario de los socios. No puede limitarse la revocabilidad, excepto cuando la designación fuere condición expresa de la constitución de la sociedad. En este caso se aplicará el artículo 129, segunda parte, y los socios disconformes tendrán derecho de receso. Cláusula Séptima: Se agrega a la cláusula séptima del contrato social de la sociedad LUCIO AGNEO S.R.L.
el siguiente texto, a saber: Resoluciones Sociales: Son válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto mayoritario de los socios, lo que debe representar más de la mitad del capital social, comunicándola a la gerencia a través

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 11/9/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data11/09/2023

Conteggio pagine57

Numero di edizioni4456

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione01/08/2024

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