Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 27/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 91009

DECRETO 4186 / 2022 DECRETO / 2022-12-14

DECRETO N 4.186/8 MOySP, del 14/12/2022.
EXPEDIENTE N 4692/390-B-2019 y Agdo.VISTO el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. EDET S.A. en contra de la Resolución N 288/21 de fecha 17/05/2021, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT; y CONSIDERANDO:
Que la citada Resolución fs. 67/71 es confirmatoria de la Resolución ERSEPT U N
2835/20 de fecha 03/08/2020 fs. 43/46, por la cual el señor Gerente de Atención a Usuarios del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán hizo lugar al reclamo formalizado por el señor Raúl Rolando Brito, Servicio N 182721, por daños ocasionados a electrodomésticos, consignados en el formulario Serie RD N 0025.036;
Que para la procedencia formal de los recursos administrativos, la Ley N 4.537 en su artículo 60 in fine prevé que: "La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formas y recaudos previstos en el artículo 21 y siguientes, en lo que fuere pertinente, indicándose además, de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como legítimos para sus derechos o intereses. Podrá ampliarse la fundamentación de los recursos deducidos en término, en cualquier momento antes de la resolución. Advertida alguna deficiencia formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio que se le fije, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso";
Que en fecha 30/07/2021 EDET S.A. fue intimada, bajo apercibimiento de tener por desistido el recurso presentado, para que en el plazo perentorio de 10 días integre el sellado por actuación administrativa, de conformidad a los artículos 20 y 21, inciso 4 a de la Ley N 8.467, que establece el valor de la tasa de actuación administrativa fs.83;
Que en virtud de dicho requerimiento, la Empresa de Distribución de Energía Eléctrica procedió a adjuntar, en fecha 08/07/2021 fs. 84/85, constancia del pago de sellado por !a suma de $50, monto que resulta insuficiente de acuerdo a las disposiciones del Decreto N 315/3 del 17/02/21, que establece los nuevos valores para las Tasas Retributivas de Servicios previstas en el artículo 21 de la Ley N
8.467 y sus modificatorias, los que rigen a partir del 01/03/2021;
Que en consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 in fine Ley de Procedimiento Administrativo, el Recurso de Alzada resulta formalmente inadmisible, debiendo tenerse por desistido el planteo de fs. 74/78;
Que por todo lo expuesto, corresponde desestimar el recurso deducido;
Por ello, y en virtud al Dictamen de Fiscalía de Estado N 1688 de fecha 31/08/2021
fs. 88;
EL PRESIDENTE SUBROGANTE DE LA H. LEGISLATURA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desestímase el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. EDET S.A. en contra de la Resolución N
288/21 del 17/05/2021, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT, confirmatoria de la Resolución ERSEPT U N 2835/20 de fecha 03/08/2020 en virtud del considerando precedente ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 27/12/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data27/12/2022

Conteggio pagine67

Numero di edizioni4446

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione18/07/2024

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