Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 10/1/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 85184

DECRETO 3521 / 2021 DECRETO / 2021-12-20

DECRETO N 3.521/1, del 20/12/2021.
EXPEDIENTE N 2480/110-C-2021.VISTO, la presentación efectuada por la Corriente Clasista y Combativa, con domicilio en calle Rivadavia y Sáenz Peña, de la ciudad de Juan Bautista Alberdi, en el sentido de que se le otorgue un subsidio a diferentes personas, correspondiente al mes de diciembre de 2021, y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia considera procedente acudir en ayuda de la misma, brindándole la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.
Por ello, en uso de facultades que le son propias, EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA
ARTICULO 1.- Otorgase a las personas que se detallan en el listado que como Anexo Único, pasa a formar parte integrante del presente Decreto, a requerimiento de la Corriente Clasista y Combativa, con domicilio en calle Rivadavia y Sáenz Peña, de la ciudad de Juan Bautista Alberdi, un subsidio por los montos que en cada caso se indica; quedando facultada la Dirección de Administración de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, por la suma de $2.372.760,00.- pesos dos millones trescientos setenta y dos mil setecientos sesenta, para hacer efectivo dichos importes.
ARTICULO 2.- Impútase la erogación dispuesta por el Artículo 1 a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización N 040, Programa 12, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial 51, Financiamiento: Fuente 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General Vigente.
ARTICULO 3.- Establécese que el pago se hará efectivo a través de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, Banco Macro S.A. - Cta. Cte. Bancaria N 360000200973153
Suc. 600, conforme a lo establecido en el Convenio aprobado mediante Decreto N
2.478/1-06, la que una vez terminado el pago, remitirá a la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, la totalidad de los comprobantes suscriptos por los beneficiarios a los fines de la correspondiente rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 4.- Impútase la erogación dispuesta por el Artículo 3 a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización N 040, Programa 11, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial 355, Financiamiento: Fuente 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General Vigente.
ARTICULO 5.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTICULO 6.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Haga click para ver cuadro 1 Haga click para ver cuadro 1 deberá estar conectado a internet

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 10/1/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data10/01/2022

Conteggio pagine36

Numero di edizioni4440

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione08/07/2024

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