Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 15/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

las condiciones y con las formalidades impuestas por el reglamento de loteo de la Villa Turística El E Cadillal. Según lo informado por el EATT los Padrones Catastrales N 523.379 y N 523.381 fueron adquiridos oportunamente por licitación pública y pagado su precio pero nunca se hizo la transferencia de dominio por lo que actualmente se encuentran en trámite de escrituración por parte de sus adquirentes Juan Raimundo Luis Coppens, L.E. N 7.380.352 el Lote 2 de la Manzana "E-Padrón N
523.379 y por Ramona Alejandra Mealla, D.N.I. N 23.312.091 el Lote 4 de la Manzana "E" - Padrón N 523.381.
Que a fin de complementar la información se procedió a confeccionar por personal técnico croquis de ubicación con medidas, linderos y superficies de las fracciones relevadas, así como la ocupación sobre el Padrón N 523.380, de propiedad del Superior Gobierno de la Provincia, por parte de los adjudicatarios del Lote 2 y del Lote 4, ambos de la Manzana "E".
Que a fs. 9/22 se adjunta: informe dominial de la Matrícula Registral N-37004
Capital Norte; copia de Plano de Mensura, Unificación y División N 32077/98; Ley N
4.265;
Decreto N 1.771/1 SDT -76 y Croquis de ubicación con superficie, medidas y linderos.
Que a fs. 63 Asuntos Jurídicos del EATT toma intervención y adjunta documentación referida a los Lotes N 2 y N 4 indicando que ambos fueron adjudicados en Licitación Pública y abonado el precio, pero nunca se hizo transferencia de dominio actualmente en trámite de escrituración. Adjunta copia de Cesión de Boleto de Compraventa y Posesión suscrito el 31 de marzo de 2010 por la señora Carola Elfrida Alicia Coppens a favor del señor Juan Raimundo Luis Coppens del Lote 8 de la Villa Turística El Cadillal, hoy Lote N 2 de la Manzana "E", identificado con el Padrón N 523.379 fs. 28/30; copia de Boleto de Compraventa suscrito el 12 de agosto de 1991 por la señora Maria del Carmen Fuentes de Grandi a favor de la señora Carola Elfrida Alicia Coppens del Lote N 8 de la Villa Turística El Cadilfal fs. 31/33;
copia de Certificado de Finalización de Obra emitido el 5 de septiembre de 1979 en el Expte N 443/340-G-79 a favor de la señora María C. Fuentes de Grandi por la obra construida en el Lote N 8 fs. 34; copia de Informe emitido el 20 de julio de 1984
que consigna la adjudicación del Lote N 8, a la señora María del Carmen Fuentes de Grandi, mediante Licitación Pública aprobada por Decreto N 2096/1 SDT del 6 de agosto de 1976 y que, por haber obtenido certificado final de obra, se encuentra en condiciones de realizar trámites de escrituración fs. 35/40; copia del Decreto N
2096/1 SDT -1976 fs. 41/42; copia de recibos de pago del lote y del impuesto inmobiliario fs. 43/44; copia de recibo de pago del 50% del Lote N 6 a nombre del señor Mauricio Rosenstrauj y copia de Constancia de adjudicación del Lote N 6 y de la forma de pago acordada fs. 45/47; copia de Boleto de Compraventa suscrito el 17
de diciembre de 1987 por el señor Mauricio Rosenstrauj a favor del señor Claudio Rolando Giffoniello fs. 48/51; copia de Decreto N 2096/1 SDT -1976 que aprueba la adjudicación por Licitación Pública fs. 52/56; copia de Dictamen Legal recaída en Expte. N 13154/377-2006 relativo al pedido de escrituración del Lote N 6
formulado por Claudio Rolando Giffoniello destacando que, al efectuarse nuevo Plano del inmueble, cambió su identificación por Lote N 4 con el Padrón N 523.381 fs.
57/58 y copia de Cesión de Boleto de Compraventa suscrito el 17 de noviembre de 2008 por el señor Claudio Rolando Giffoniello a favor de la señora Ramona Alejandra Mealla fs.59/62. Finalmente, teniendo en cuenta que se trata de una ocupación irregular del Lote N 3, solicita se inicien las acciones legales correspondientes.
Que analizadas las presentes actuaciones, especialmente el informe de la Dirección General de Catastro y la intervención de Asuntos Jurídicos del EATT se advierte que, en efecto, el Lote N 3 Padrón N 523.380, se encuentra ocupado ilegalmente.
Que en consecuencia, corresponde que el Poder Ejecutivo, mediante Decreto, autorice a la Dirección Judicial de Fiscalía de Estado a iniciar las acciones judiciales necesarias para recuperar el citado inmueble en salvaguarda del patrimonio de la Provincia.
Que se aconseja al EATT suspender los trámites de escrituración que se gestionan por los Exptes. N 352/460-G-2001 Lote 4: Mealla y N 898/460-C-2010 Lote 2:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 15/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data15/11/2021

Conteggio pagine124

Numero di edizioni4453

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione29/07/2024

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