Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 5/7/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 60421

DECRETO 1798 / 2017 DECRETO / 2017-06-19
DECRETO N 1.798/3 SH, del 19/06/2017.
EXPEDIENTE N 16/430-G-2016.VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se solicita liquidación de los haberes retroactivos desde la fecha de la sentencia de fondo dictada el 4 de julio de 2013, fojas 6 a 17, hasta la incorporación a los haberes de las diferencias devengadas a favor de los actores del juicio "Moreno Raúl Orlando y Otros Vs. Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán S/Contencioso Administrativo. Expte. N 750/05", de conformidad al detalle obrante a foja 58 y CONSIDERANDO:
Que de fojas 22 a 24 se adjunta constancia del sistema del fallecimiento de los coactores Alarcón de Vera, Clara Lidia del V.; Augier, José Máximo y Gómez Guchea, Sergio Dardo.
Que el Encargado de la Unidad de Control Previsional señala a fojas 58/59 que las liquidaciones de la retroactividad post-sentencia cód. 140-556, fojas 44/57, por el período 5 de julio de 2013 a agosto de 2016 se realizaron de acuerdo a lo establecido en la Distribución Analítica aprobada por el Poder Ejecutivo según convenio 18/75 ABAPRA fojas 25/26 y los Decretos N 1194/3 S.H del 19 de abril de 2016 y N 3091/3 S.H. del 29 de septiembre de 2016 que disponen los incrementos 2014 y 2015, respectivamente.
Que la sentencia de fondo resuelve hacer lugar a la demanda promovida reconociendo el derecho de los actores a incorporar a los haberes previsionales y en la proporción correspondiente, las diferencias entre los beneficios previsionales calculados conforme a las leyes provinciales y el abonado por la A.N.Se.S desde el 1 de febrero de 2004 hasta el 31 de agosto de 2005, condenando a la demandada a abonarles las diferencias devengadas.
Que Fiscalía de Estado dictamina en el sentido que la demanda entablada se limito únicamente a exigir el reconocimiento y pago desde 1 de febrero de 2004 hasta el 31 agosto de 2005, y la sentencia condenó a abonar dichas diferencias sin haber dispuesto una condena hacia futuro, agregando que las diferencias devengadas por los actores ya fueron liquidadas y pagadas.
Que además se dicto sentencia N 781 del 29 de diciembre de 2016, mediante la cual se resolvió rechazar el pedido de intimación formulado por la parte actora, en razón de que no se advierte incumplimiento de la demandada respecto de lo ordenado por sentencia de fondo del 4 de julio de 2013, razón por la cual corresponde adoptar la medida administrativa tendiente a rechazar la pretensión formulada por los recurrentes.
Por ello y atento al Dictamen Fiscal N 859 de fecha 20 de abril de 2017 adjunto a fojas 69/70, de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase, por los motivos expuestos en los considerando que anteceden, el pedido de liquidación correspondiente al pago de los haberes

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 5/7/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data05/07/2017

Conteggio pagine133

Numero di edizioni4445

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione17/07/2024

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