Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 24/11/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 56997
DECRETO 3619 / 2016 DECRETO / 2016-11-04
DECRETO N 3.619/1 SECP, del 04/11/2016.
VISTO, los Decretos Nro. 181/1 SECP del 30/10/2015, 684/1 SECP del 21/12/2015
y 686/1 SECP del 21/12/2015, y CONSIDERANDO:
Que habiendo desaparecido las causales por las cuales se designaran como personal de gabinete en la Secretaría de Estado de Comunicación Pública a los Sres.
Christian Gonzalo Aguero, Rita Nahir Agero y María Antonieta Ponce, resulta pertinente dejar sin efecto el mismo, únicamente en lo que se refiere a tales designaciones.
Que asimismo, se estima procedente designar a los Sres. Rodrigo Rubén Reyes, Rafael Garbero, Nicolás Núñez y Jorge Martín Morales como Personal de Gabinete de esta Secretaría de Estado en los términos de los artículos 40, inc. 1, 41 y 45
de la Ley N 5.473.
Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Déjase sin efecto, los Decretos Nro. 181/1 SECP del 30/10/2015, 684/1 SECP del 21/12/2015 y 686/1 SECP del 21/12/2015, únicamente en lo que se refiere a las designaciones como Personal de Gabinete en la Secretaría de Estado de Comunicación Pública de las siguientes personas por la causal señalada precedentemente: Christian Gonzalo AGERO, D.N.I. N 24.981.193, Categoría 22, Rita Nahir AGERO, D.N.I. N 31.150.871, Categoría 20 y María Antonieta PONCE, D.N.I. N 34.283.603, Categoría 18.
ARTICULO 2.- Desígnase a partir del 1 de Noviembre de 2016, como Personal de Gabinete de la Secretaría de Estado de Comunicación Pública, con una remuneración equivalente a la Categoría que en cada caso se indica, a las personas que se detallan seguidamente, dejándose establecido que las mismas desempeñaran las tareas que le asigne la Señora Secretaria de Estado del área, según las prescripciones de los artículos 40 inc. 1, 41 y 45 de la citada norma legal:
Rodrigo Ruben REYES, D.N.I. 22.243.557, Categoría 20, Rafael GARBERO, D.N.I.
29.026.264, Categoría 20, Nicolás NUÑEZ, D.N.I. N 36.838.726, Categoría 20, Jorge Martín MORALES, D.N.I. N 29.999.932, Categoría 20.
ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, se imputará a las partidas presupuestarias especificas con que al efecto cuenta la Unidad de Organización N 150, Denominación: Secretaría de Estado de Comunicación Pública, en el Presupuesto General Vigente.
ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad y firmado por la señora Secretaria de Estado de Comunicación Pública.
ARTICULO 5.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.