Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/7/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 15987

DECRETO 2143 / 2010 DECRETO SINTETIZADO / 2010-07-12
DECRETO N 2.143/14 MGyJ, del 12/07/2010. Expte. N 9.046/218-R-2009. --Artículo 1.- Agréguese al final del Artículo 1 del Decreto N 1.347/14 MGyJ
de fecha 10 de mayo de 2010, la siguiente expresión: ", a partir del 1 de julio de 2010". Art. 2. Sustitúyese en el Artículo 2 del Decreto N 1.347/14 MGyJ
de fecha 10 de mayo de 2010, la expresión: ", durante el período comprendido entre el 01/10/2009 a la fecha de suscripción del contrato que se autoriza en el Artículo 1 por la siguiente: ", durante el período comprendido entre el 01/10/2009 y el 30/06/2010, por la suma de Pesos Dos Mil Trescientos $2.300,00
mensuales cuyo total asciende a Pesos Veinte Mil Setecientos $20.700,00". Art.
3.- Sustitúyese el Artículo 3 del Decreto N 1.347/14 MGyJ del 10 de mayo de 2010 por el siguiente: "Articulo 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1 durante el corriente Ejercicio será imputado a:
Jurisdicción 11, Programa 14, Cuenta Especial N 270.1 -Gastos Ley 17.671-, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 25, Partida Subparcial 321 "Alquiler de Edificios y Locales", Fuente de Financiamiento 12115
-Recurso Propio del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Ley de Presupuesto General 2010. El Servicio Administrativo Financiero deberá adoptar los recaudos pertinentes a fin de que en los presupuestos de ejercicios futuros se contemplen las partidas presupuestarias necesarias para atender las erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1 del presente Decreto. La erogación correspondiente al gasto que se reconoce en el Artículo 2 será imputada a: Jurisdicción 11, Programa 14, Cuenta Especial N
270.1 -Gastos Ley 17.671-, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 25, Partida Subparcial 321 "Alquiler de Edificios y Locales", Fuente de Financiamiento 12115 -Recurso Propio del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, de la Ley de Presupuesto General 2010". Art. 4.Sustitúyese en la Cláusula Cuarta del Anexo Unico del Decreto N 1.347/14 MGyJ
del 10/05/2010 la expresión: "36 treinta y seis" por la siguiente: "27
veintisiete". Art. 5.- Sustitúyese en la Cláusula Quinta del Anexo Unico del Decreto N 1.347/14 MGyJ del 10/05/2010 la expresión: "doce 12 primeros meses" por la siguiente: "tres 3 primeros meses. Art. 6: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno y Justicia y firmado por el Sr.
Secretario de Estado de Gobierno y Justicia. Art. 7.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/7/2010

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data30/07/2010

Conteggio pagine102

Numero di edizioni4457

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione02/08/2024

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