Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 24/7/2009

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 10380

DECRETO 1992 / 2009 DECRETO SINTETIZADO / 2009-07-03
DECRETO N 1.992/1, del 03/07/2009. Expte. N 974/140-S-2008. --- Artículo 1.Acéptase la transferencia, a título gratuito, dispuesta por el señor Interventor del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, mediante Resolución N 00708 de fecha 05 de febrero de 2009, a favor del Superior Gobierno de la Provincia, conforme las disposiciones de la ley N 8.102, del inmueble propiedad del mencionado Instituto, identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral:
Padrón: 320.393, Matrícula 5970, Orden: 6575, Circunscripción: 1, Sección: 6B, Lámina: 35, Parcela 42R, inscripto en el Registro Inmobiliario de la Provincia bajo la Matrícula Registral: N-15230. Art. 2.- Autorízase al señor Director de la Dirección General de Catastro, a suscribir en representación del Superior Gobierno de la Provincia, la escritura de transferencia y unificación dominial de los cinco inmuebles que componen el Barrio Juan XXIII de esta ciudad, conforme la Nomenclatura Catastral detallada en el Artículo 1 del presente Decreto, quedando autorizada la Escribanía de Gobierno a confeccionar las mencionadas escrituras, en cumplimiento a lo dispuesto por Ley N 8.102. Art. 3.- Facúltase a la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a efectuar todos los trabajos que fueren menester para proceder a regularización dominial de todos los barrios descriptos en los Decretos N 876/1 del 03 de abril de 2008 y N 2.176/1 del 16 de julio de 2008, reglamentarios de la Ley N 8.042. Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación. Art. 5.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 24/7/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data24/07/2009

Conteggio pagine46

Numero di edizioni4441

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione11/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Julio 2009>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031