Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 6/12/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

1459

AÑO XXXII -

Ushuaia, Miércoles 06 de Diciembre de 2023

-

Nº 5488

"2023 -40 Aniversario
referida
La
función
consultiva
ha
sido
reglamentada
por
el
Procedimiento previsto por la Resolución Plenaria N 124/2016, que establece en su Anexo
Normas
1

de
Procedimiento para el Tratamiento de las Consultas que
Opinión concreta, fundada en las normas jurídicas o antecedentes aplicables al caso tratado
se Formulan al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida

e

Islas del Atlántico Sur.
Específicamente, el artículo
por
1

del Anexo
I

de la Resolución Plenaria
el artículo 2 inciso i de la Ley provincial N 50, se
realizará bajo las siguientes condiciones:
a
Que
de Control.

e Que sean incluidos dictámenes o informes técnicos emitidos por
el
ser completos, abarcar todos los aspectos del asunto, circunstancias o antecedentes y fundamentarse en las disposiciones vigentes.
informes
deben
Además los informes deberán ser serios, precisos y razonables y no deberán adolecer de arbitrariedad aparente ni contar con elementos de juicio que destruyan su valor.

la consultase refiera a materias de competencia de este Órgano
f Que la consulta se realice con anterioridad a la emisión del acto administrativo

b Que la duda que resulta objeto de consulta se formule de manera
clara y precisa, indicando las razones que ameritan la requisitoria.
Cc
Que se acompañen los antecedentes
documentales y toda otra
Deberá adjuntarse copia fiel debidamente certificada de la documentación,
el caso
así
Conforme
la normativa citada y analizadas las actuaciones, en orden a la
señalar que la consulta bajo análisis dirigida a este Organismo de Control, no cumple o, en su caso, no encuadra en los presupuestos básicos para su tratamiento en el marco de
la referida Resolución.

lo requiera.

Ello, toda vez que si bien el pedido de intervención de asesoramiento
d Que en forma previa hayan tomado intervención los Servicios
Jurídicos o Asesorías Letradas permanentes de las áreas relacionadas con
el tema
en cuestión, con emisión del respectivo dictamen, el que deberá contener: i
Resumen de la cuestión objeto de la consulta; ii Relación de los antecedentes y
circunstancias que sirvan como elemento de juicio para resolver; iii Análisis específico, exhaustivo y profundo de
a
admisibilidad, de acuerdo a los antecedentes indicados en el acápite precedente, debo
información relevante que coadyuve a la eficacia de la respuesta requerida.
cuando

órgano competente, cuando la materia de consulta así lo requiriese Los
citada, dispone: El asesoramiento que brinda el Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo prescripto
Y

dela Restauración de la Demoetaci
la situación concreta objeto de consulta y iv
cumple con el recaudo formal de estar suscripto por la máxima autoridad del ente, y con
las intervenciones de áreas técnicas y del servicio jurídico, cumplidas
a través de un
asesoramiento externo contratado

en
el caso,
Memorándum N 149

fs. 7 vta. /20 y Dictamen Electrónico - D.L.A. N 72/2023 fs. 21/25, las cuestiones de fondo respecto de las cuales refiere la Consulta no ingresan en el marco de la
actividad consultiva.

Las
Islas
Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes son argentinos
5

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 6/12/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data06/12/2023

Conteggio pagine1624

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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