Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 31/5/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO XXXII -
Ushuaia, Miércoles 31 de Mayo de 2023
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Nº 5362
82.275,17, no amortizable al bien inmueble."2023 40 Aniversario de la Restauración de la Democracia"
ARTICULO 4º.- Registrar. Notificar fehacientemente a EL OCUPANTE a través del Área Administrativa, dar copia al Área Social, Departamento Adjudicaciones, Subdirección General de Recupero, Dirección General de Asuntos Jurídicos y Notariales. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido, girar las presentes actuaciones al Área Social para su seguimiento y guarda.jueves 20 de abril de 2023
USHUAIA, _______________________________________
RES-IPVyH-851-2023
jueves 20 de abril de 2023
USHUAIA, _______________________________________
RES-IPVyH-851-2023
VISTO el EE-2330-2022, registro del I.P.V.y H.; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Expte. se tramita la concesión de una vivienda familiar mediante Convenio de Ocupación con Canon de Uso, al Sr. Roberto David VILLARREAL, D.N.I. N 28.945.071, de estado civil soltero y Sra. Rosaura Patricia LAFUENTE, D.N.I. N 27.161.213, de estado civil soltera, de acuerdo a la Resolución Reglamentaria I.P.V. Nº 165.
Que, siendo favorecidos los Sres. VILLARREAL/LAFUENTE, con un inmueble ubicado en Barrio/Calle:
Bahía del Laberinto N 3650, P.B., Dpto. D, Tipología 2 dormitorios, de la ciudad de Ushuaia.
Que en Orden Nº 105 el Área Social, solicita instrumentar un Convenio de Ocupación con Canon de Uso No Amortizable, según modelo aprobado en RES-REG-IPVyH-5-2022 - Anexo V, a favor del Sres.
VILLARREAL/LAFUENTE, por el término de DOCE 12 meses a partir de la suscripción o hasta el cambio de un departamento dentro de las obras en ejecución del programa "CASA PROPIA".
Que en Orden Nº 106 la Subdirección General de Recupero determina el valor de la cuota de amortización por Canon de Uso en la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON
DIECISIETE CENTAVOS $ 82.275,17, no amortizable al valor del bien inmueble.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, en virtud a lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 19.
Por ello:
LA PRESIDENTE DEL
INSTITUTO PROVINCIAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Conceder la unidad habitacional correspondiente al Barrio/Calle: Bahía del Laberinto N
3650, P.B., Dpto. D , Tipología 2 dormitorio/s, de la ciudad de Ushuaia, al Sr. Roberto David VILLARREAL, D.N.I. N 28.945.071, de estado civil soltero y Sra. Rosaura Patricia LAFUENTE, D.N.I. N 27.161.213, de estado civil soltera, en el marco Normativo de la Resolución Reglamentaria I.P.V N 165 debiendo suscribirse un Convenio de Ocupación con Canon de Uso No Amortizable.ARTICULO 2º.- Suscribir con las personas nombradas en el artículo 1º de la presente el correspondiente Convenio de Ocupación con Canon de Uso No Amortizable, según modelo aprobado en RES-REG-IPVyH-52022 - Anexo V, por el término de DOCE 12 meses a partir de la suscripción o hasta el cambio de un departamento dentro de las obras en ejecución del programa "CASA PROPIA".ARTICULO 3º.- Determinar el valor de la cuota de amortización por Canon de Uso en la suma de PESOS
OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON DIECISIETE CENTAVOS $
Las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes son argentinos