Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/5/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXVI -

logía, será sustituido por el Ministro de Educación, o por el Ministro de Desarrollo Social, o por el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, o por el Ministro de Industria en forma indistinta 10. El Ministro de Desarrollo Social, será sustituido por el Ministro de Educación, o por el Ministro de Ciencia y Tecnología, o por el Ministro de Salud, o por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca en forma indistinta 11. El Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, será sustituido por el Ministro de Economía, o por el Ministro de Gobierno y Justicia, o por el Ministro de Obras y Servicios Públicos, o por el Ministro de Salud en forma indistinta 12. El Ministro de Obras y Servicios Públicos, será sustituido por el Ministro de Economía, o por el Ministro de Industria, o por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, o por el Ministro de Desarrollo Social en forma indistinta 13. El Secretario de Energía e Hidrocarburos, será sustituido por el Ministro de Economía, o por el Ministro de Industria en forma indistinta.
14. El Secretario de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será sustituido por el Secretario de Desarrollo e Inversiones.
15. El Secretario de Planificación Estratégica, Ordenamiento Territorial y Hábitat, será sustituido por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, o por el Ministro de Obras y Servicios Públicos en forma indistinta 16. El Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, será sustituido por el Ministro de Educación, o por el Ministro de Ciencia y Tecnología en forma indistinta.
17. El Secretario General de Gobierno, será sustituido por el Ministro de Gobierno y Justicia, o por el Ministro de Economía, o por el Ministro de Industria en forma indistinta.
18. El Secretario Legal y Técnico, será sustituido por el Ministro de Gobierno y Justicia, o por el Ministro de Economía en forma indistinta 19. El Secretario de Asuntos Rela-

Ushuaia, Miércoles 10 de Mayo de 2017 - Nº 3876

tivos a Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes, será sustituido por el Ministro de Gobierno y Justicia, o por el Ministro de Ciencia y Tecnología en forma indistinta 20. El Secretario de Desarrollo e Inversiones, será sustituido por el Secretario de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
21. El Secretario de Estado de Seguridad, será sustituido por el Ministro de Economía, o por el Ministro de Gobierno y Justicia en forma indistinta El titular del Poder Ejecutivo determinará en cada caso el reemplazante, cuando se produzca la ausencia simultánea de la Provincia, o de la ciudad asiento de la sede legal de la Administración del Gobierno de la Provincia, o licencia o enfermedad de los Ministros y Secretarios de Estado que deban sustituir a otros.
ARTICULO 2.- El titular de cada jurisdicción Ministerial y Secretarías a las que alude la Ley Provincial N 1060 y sus modificatorias Leyes Provinciales N 1098 y N
1137, deberá dictar el acto administrativo que disponga el orden de reemplazos en los casos de vacancia temporaria, ausencia de la Provincia o de la ciudad asiento de la sede legal de la Administración, licencia o enfermedad de los Secretarios o Subsecretarios.
ARTÍCULO 3.- Los decretos a dictarse respecto del ámbito de la Secretaría de Energía e Hidrocarburos; de la Secretaría de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; de la Secretaría de Planificación Estratégica, Ordenamiento Territorial y Hábitat; de la Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático; de la Secretaría General de Gobierno; de la Secretaría Legal y Técnica; de la Secretaría de Asuntos Relativos a Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes; de la Secretaría de Desarrollo e Inversiones y de la Secretaría de Estado de Seguridad, serán refrendados por el Ministro Jefe de Gabinete y, en ausencia de este, por los siguientes Ministros:
1. El Secretario de Energía e Hidrocarburos: Ministro de Industria.
2. El Secretario de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires: Ministro de Gobierno y Justicia 3. El Secretario de Planificación Estratégica, Ordenamiento Territorial y Hábitat: Ministro de Obras y Servicios Públicos.
4. El Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático: Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.
5. El Secretario General de Gobierno: Ministro de Gobierno y Justicia.
6. El Secretario Legal y Técnico:
Ministro de Gobierno y Justicia.
7. El Secretario de Asuntos Relativos a Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes. Ministro de Gobierno y Justicia 8. El Secretario de Desarrollo e Inversiones: Ministro de Economía.
9. El Secretario de Estado de Seguridad: Ministro de Economía.
ARTÍCULO 4.- Subsidiariamente y ante cualquier situación no contemplada en el presente, regirá el orden de prelación establecido por el Artículo 1 del presente.
ARTÍCULO 5.- Derogar el Decreto Provincial N 2582/16.
ARTÍCULO 6.- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
BERTONE
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 1136

02-05-17

ARTICULO 1.- Dar de baja al Sargento 1 Gustavo Roberto LIZARZUAY, Legajo Personal N
26430949/82, D.N.I. N 26.430.949, del Servicio Penitenciario de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a partir de la fecha de su notificación.
Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2.- Notificar al interesado con copia autenticada del presente. Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
BERTONE
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 1137

02-05-17

ciudad de Ushuaia, con el objeto de participar del lanzamiento de la capacitación en el marco de los Programas "La Comunidad Educativa en Diálogo", "Mediación Penitenciaria" y "Acercar", con participación de la Dirección Nacional de Mediación Resolución de Conflictos y la Provincia Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a llevarse a cabo el día ocho 8 de mayo del corriente año. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la U.G.G.
8513, U.G.C. 500, Inciso 3, correspondiente al ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3.- Notificar a la interesada. Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
BERTONE
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 1138

02-05-17

VISTO el Expte. N 5718-EC/2017
del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio de Financiamiento de Obras, celebrado el 29 de marzo de 2017, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Sr. Ministro de Economía, C.P. José Daniel LABROCA, D.N.I. N 12.861.082 y la Municipalidad de Río Grande, representada por el Sr. Secretario de Finanzas, C.P. Oscar BAHAMONDE, D.N.I. N 28.604.780.
Que el mencionado convenio tiene por objeto financiar obras en el Municipio de la Ciudad de Río Grande, por una suma de PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
CON 57/100 $10.792.954,57.
Que el mismo ha sido registrado bajo el N 17789, resultando procedente su ratificación.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.

ARTÍCULO 1.- Autorizar la extensión de una orden de un pasaje aéreo, a favor de la Sra. Mariana Por ello:
RUSSAK BALIÑA, D.N.I. N
LA GOBERNADORA DE LA
23.087.451, quien se trasladará a la PROVINCIA DE TIERRA DEL

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/5/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data10/05/2017

Conteggio pagine155

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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