Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/11/2015
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES
AÑO XXIV -
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Ushuaia, Lunes 16 de Noviembre de 2015 - Nº 3545
Nº 3545
AÑO XXIV
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Lic. Sergio Daniel ARAQUE
Ministro Jefe de Gabinete
Sr. Omar Daniel NOGAR
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Dra. Adriana Cristina CHAPPERON
Abg. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Educación
Sr. Gerardo Raúl CHEKHERDEMIAN
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Glgo. Eduardo Alejandro Américo AGUIRRE GONZALEZ
Secretario de Derechos Humanos
Sra. Nélida BELOUS
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.P. Abraham Darío FARIAS
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Lunes 16 de Noviembre de 2015
DECRETO N 2419
28-10-15 Universitario.
Que la Ley Provincial 798 fue moVISTO la Ley Provincial 798, su dificada en su artículo 26 por la Ley modificatoria, Ley Provincial 1023 Provincial 1023, estableciendo que y el Decreto Provincial N 2991/ el porcentaje correspondiente al 09; y adicional por Bloqueo de Título será establecido por vía de reglamentaCONSIDERANDO:
ción, el cual no podrá ser inferior al Que la Ley Provincial 798 regula el adicional que por dedicación exclufuncionamiento, las competencias y siva perciba el personal P.A.y T.
facultades de la Inspección Genecon categoría 24 de ese organismo.
ral de Justicia de la Provincia.
Que por lo tanto resulta necesario Que en su artículo 25 establece un sustituir el artículo 26 del Anexo I
Régimen de Dedicación Exclusiva del Decreto Provincial N 2991/09, para todos aquellos agentes que reglamentario de la Ley Provincial prestan reales servicios en el men- 798, modificada por Ley Provincial cionado organismo.
1023.
Que el Decreto Provincial N 2991/ Que la suscripta se encuentra fa09 reglamentario de la Ley Provincultada para emitir el presente acto cial 798, en el artículo 25 de su administrativo en virtud de lo disAnexo I establece que, el término puesto por el artículo 135 de la "Bloqueo de Título", consignado en Constitución Provincial.
la referida norma, será equivalente al concepto de "Dedicación ExcluPor ello:
siva", en los términos definidos en LA GOBERNADORA DE LA
el artículo 5 apartado C del DePROVINCIA DE TIERRA DEL
creto Provincial N 2254/09, de FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
creación del Escalafón Profesional DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Sustituir el artículo 26 del Anexo I del Decreto Provincial N 2991/09 por el siguiente texto: "ARTÍCULO 26.- El pago de los adicionales denominados "Dedicación Exclusiva" y "Bloqueo de Título" sólo podrán ser percibidos por los agentes que presten reales y efectivos servicios en la Inspección General de Justicia. El concepto Bloqueo de Título será abonado a los profesionales universitarios que presten servicios en la Inspección General de Justicia conforme lo establecido en el artículo 5 apartado C Anexo I, del Escalafón Profesional Universitario establecido mediante Decreto Provincial N
2254/09, o norma que lo reemplace, no pudiendo ser inferior el importe a abonar por dicho concepto al que por Dedicación Exclusiva perciba el personal P.A.y T. categoría 24 de ese organismo. En caso de no existir personal con dicha categoría, deberá abonarse el monto
máximo que por dedicación exclusiva perciba un agente que preste funciones en dicho Organismo
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3.- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Omar D. NOGAR
DECRETO N 2508
09-11-15
VISTO el Convenio de Cancelación de Deudas celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el señor Ministro de Economía, Lic. Osvaldo Julio MONTI y la Municipalidad de Río Grande, representada por el señor Secretario de Finanzas, Dr. Federico Armando RUNIN; y
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"