Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/9/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXIII -

que incluirá la constitución de un Comité Asesor de Bioética interdisciplinario.
ARTÍCULO 10º.- La autoridad de aplicación fijará, además, las prestaciones que se ofrecerán a las parejas beneficiarías, teniendo en cuenta los avances científicos en la materia.
ARTÍCULO 11º.- La cobertura incluirá la atención psicológica en el tratamiento interdisciplinario de la infertilidad.
ARTÍCULO 12º.- La autoridad de aplicación fijará las políticas concernientes al desarrollo, control y evaluación de las prácticas de fertilización asistida, elaborará los protocolos médicos a implementar en los efectores públicos y confeccionará el modelo de consentimiento informado que deberán suscribir las parejas que asistan a los efectores públicos.
ARTÍCULO 13º.- La autoridad de aplicación determinara los requisitos a solicitar, siendo facultad de la autoridad de aplicación requerir un informe ambiental.
ARTÍCULO 14º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de un plazo de sesenta 60
días a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 15º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 21 DE AGOSTO
DE 2014.
RODRÍGUEZ
---0--DECRETO N 2123

05-09-14

POR TANTO:
Téngase por Ley N 995, Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
RIOS
Sergio D. ARAQUE
DECRETO Nº 2124

05-09-14

ARTÍCULO 1º.- Comunicar su traslado a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del día ocho 08
de septiembre de 2014. Ello por lo expuesto en los considerandos.
ARTÍCULO 2º.- Dejar en Ejercicio del Poder Ejecutivo al señor Vicegobernador, Dn. Roberto Luis CROCIANELLI, a partir de la fecha indicada en el artículo 1º.
ARTÍCULO 3º.- El presente generará gastos de pasajes por los tramos USHUAIA - BUENOS AI-

Ushuaia, Miércoles 17 de Septiembre de 2014 - Nº 3365

RES - USHUAIA, y la liquidación de viáticos correspondientes.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la U.G.G.
8521, U.G.C. 521, incisos 371 y 372
del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 5º.- De forma.
RIOS
Sergio D. ARAQUE
DECRETO Nº 2125

05-09-14

VISTO el expediente Nº 5612-SD/
2014 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Convenio suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS, DNI Nº 18.611.657, en su carácter de Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente, y la Asociación Argentina de Guías de Montaña, representada por su delegada Sra. Loreto Daniela FERNÁNDEZ GÉNOVA, D.N.I.
Nº 92.260.033.
Que mediante el Convenio registrado bajo el Nº 16675, celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, se acordó la implementación de Planes de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos, el que fue ratificado mediante el Decreto Provincial Nº 1497/14 fs.
64/78.
Que mediante la Resolución S.D.S
y A. Nº 102/13 se aprobó la convocatoria del año 2013 para la presentación de Planes de Manejo y Conservación de Bosques Nativos fs. 2/12.
Que en el marco de la convocatoria mencionada, mediante Resolución S.D.S. y A. Nº 225/13 se declaró elegible el proyecto denominado Recuperación de Nuestro Bosque Fueguino y Creación de Conciencia Ambiental. Replante de Bosque Nativo a través de Trabajo de Voluntarios, en el Sector Afectado por el Incendio de Enero de 2012 en el Sector Norte del Paso Beban, Tierra del Fuego fs. 43/
45.
Que el convenio mencionado en primer término, tiene por objeto la ejecución del proyecto prealudido, encontrándose registrado bajo el Nº
16968, resultando procedente su ratificación.
Que los montos que se otorgan mediante el presente serán afrontados con fondos de afectación específica de la cuenta pagadora Nº 1710744/8, denominada Proyecto Manejo y Conservación de Bosque Nativo provenientes del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, Ley Nacional Nº 26.331.
Que a fs. 79 consta la afectación de la partida presupuestaria correspondiente.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.

ARTÍCULO 1º.- A partir del día cuatro 04 de septiembre de 2014, reasumió sus funciones el señor Secretario de Coordinación Administrativa y Gubernamental dependiente de la Secretaría de Representación Oficial del Gobierno de la Provincia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Téc. Sup. en Turismo Pablo Osvaldo PFURR.
ARTÍCULO 2º.- De forma.

Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios suscripto en fecha cinco 5 de septiembre de 2014, entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la señora Secretaria Legal y Técnica Dra. Leila Eleonora GIADAS, D.N.I. Nº 22.793.798 y la Dra. Norma Beatriz BLANCO, D.N.I Nº 16.730.960.
Que el contrato aludido se encuentra registrado bajo el Nº 16980, resultando procedente su ratificación.
Que se cuenta con la correspondiente reserva presupuestaria para afrontar el gasto.
Que la presente locación de servicios se funda en estrictas razones de especialidad y estricta necesidad funcional tal lo indicado en el artículo 73, inciso 2º de la Constitución Provincial.
Que la presente contratación se encuadra legalmente dentro de lo establecido en el artículo 26, inciso 3, apartado n de la Ley Territorial de Contabilidad Nº 6 y los Decretos Provinciales Nº 674/11, Anexo I, artículo 26, inciso 3º apartado h, subapartado b, 3º, Nº 2885/10 y 1427/14 - Anexo I y Resolución C.G. Nº 12/13 y sus modificatorias.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128 y 135
de la Constitución Provincial.

CROCIANELLI
Gabriela E. MUÑIZ SICCARDI
DECRETO N 2127

08-09-14

VISTO el expediente Nº 13237-SL/
14 del registro de esta Gobernación;
y
ARTÍCULO 1º.- Ratificar en sus catorce 14 Cláusulas el Convenio suscripto el día 20 de Agosto de 2014 entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Sr. Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente, Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS, DNI Nº 18.611.657 y la Asociación Argentina de Guías de Montaña representada por su delegada Sra. Loreto Daniela FERNÁNDEZ GÉNOVA, D.N.I. Nº 92.260.033, el que se encuentra registrado bajo el Nº 16968, y cuya copia autenticada forma parte del presente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será atendido con fondos de afectación específica e imputados a la partida presupuestaria UGG
8948 UGC 681, inciso 005 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3º.- Notificar a la Asociación Argentina de Guías de Montaña, a la Unidad Ejecutora Provincial de Programas Nacionales e Internacionales de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente y a quien corresponda. Comunicar. Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE
Dar al Boletín Oficial de la ProvinLA PROVINCIA DE TIERRA
cia y archivar.
DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
RIOS ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
Inés C. YUTROVIC EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:
DECRETO Nº 2126 08-09-14

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/9/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data17/09/2014

Conteggio pagine36

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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