Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 11/4/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXIII -

14.341.400, el día veintiocho 28
de Octubre de 2013.
Que el mismo se encuentra registrado bajo el N 16561, procediendo su ratificación.
Que la Dirección de Patrimonio y Seguros ha tomado intervención.
Que el presente trámite se enmarca en lo establecido en el artículo 2 de la Ley Provincial N 266 de creación del Fondo para el Desarrollo de la Teleradiodifusión Provincial.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
D E C R ETA:
ARTICULO 1- Ratificar el Convenio de Canje Ley Provincial N
266, en sus SEIS 6 cláusulas y Anexo I, suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el señor Director de LU 88
TV Canal 13 Río Grande, Sr. Jorge Osvaldo ARIAS, D.N.I. N
11.759.244 y la firma MONACO
MUEBLERIA del señor Héctor Daniel GUETE, DNI N
14.341.400, el día veintiocho 28
de Octubre de 2013, que fue registrado bajo el N 16561, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Notificar a la firma MONACO MUEBLERIA, comunicar a quienes corresponda.
Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Gerardo R. CHEKHERDEMIAN
DECRETO Nº 644

03-04-14

ARTICULO 1- Otorgar una Pensión por Vejez a favor de la señora Amalia Eduvigis ARENAS, DNI
N F4.596.570, la que comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente del acto que otorga el beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial N 389. Ello por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen D.A.J

Ushuaia, Viernes 11 de Abril de 2014 - Nº 3298

MDS N 133/13.
ARTICULO 2- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la UGC 443 UGG-8373 Inciso 512.
ARTICULO 2- De forma.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO Nº 645

03-04-14

ARTICULO 1- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor de la señora Silvia Susana CAMACHO, DNI N 25.218.837, la que comenzará a devengarse a partir del primer día del mes siguiente del acto que otorga el beneficio, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial N
389. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos y en el Dictamen DAJ M.D.S N 81/12.
ARTICULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la UGC 443 UGG 8373 Inciso 512 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 3- Notiticar a la interesada con copia autenticada del presente.
ARTICULO 4- De forma.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO Nº 646

03-04-14

ARTICULO 1- Designar en Planta Permanente en el ámbito de la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, a la señora Valeria Alejandra HOTES, D.N.I. N
29.554.534, como agente categoría E E.P.U., otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del certificado de aptitud psicofísica definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/94, Anexo I, punto A. 2, y de antecedentes penales extendido por el Registro Nacional de Reincidencia. Ello, por los motivos expuestos precedentemente.
ARTICULO 2- El ingreso derivado de la designación efectuada cobrará vigencia el día hábil siguiente de haber acreditado la señora Valeria Alejandra HOTES, D.N.I.

N 29.554.534, la presentación de la aceptación de la renuncia a todos los emp1eos que generen incompatibilidad con la misma. Ello, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTICULO 3- El gasto que demande el presente será imputado a la Unidad de Gestión de Gasto N
8300, inciso 1 - Gastos en Personal.
ARTICULO 4- Notificar a la interesada, comunicar a la Dirección General de Presupuesto y a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO Nº 647

03-04-14

ARTICULO 1º- Hacer lugar al reclamo administrativo deducido por el Comisario Inspector Roberto GOMEZ, D.N.I. N 21.106.434, por el cual plantea se le efecúe la liquidación de las diferencias resultantes por aplicación del tope salarial, respecto de los períodos enero de 2011 a marzo de 2012, ello conforme los considerandos precedentes y el Dictamen S.L.yT. N
137/2014.
ARTICULO 2- Disponer por intermedio de las áreas pertinentes, se proceda al pago de las diferencias resultantes de los haberes consignados en los artículos precedentes respecto de los cuales se aplicara el tope salarial por el período consignado en los artículos que anteceden, ello conforme los considerandos precedentes y el Dictamen S.L.yT. N 137/2014.
ARTICULO 3- Notificar al interesado, con copia del presente y del Dictamen S.L.yT. N 137/
2014.
ARTICULO 4- De forma.
RIOS
Gustavo A. ZANONE
DECRETO Nº 648

03-04-14

VISTO e1 expediente N 011501ED/2013 del registro de esta Gobernación; y
nas con hipoacusia, en las salas de conferencias, aulas magnas, auditorios, cines, teatros y establecimientos del Sistema Educativo Provincial.
Que resulta necesario propender a la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad asegurando, entre otras cosas, neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoque para lograr una mayor integración en el medio social, ya que uno de los objetivos de la normativa es lograr a que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en todos los aspectos de la vida social, siendo el propio Estado quien debe adoptar las medidas pertinentes para que ello pueda cumplirse.
Que se ha estimado conveniente proceder a la reglamentación de la citada Ley a los fines de su implementación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación ha tomado intervención emitiendo el Dictamen D.G.A.J.
M. ED. N 285/13.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención mediante Informe S.L. y T. N 2131/13.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
D E C R ETA:
ARTICULO 1- Aprobar la reglamentación de la Ley Provincial N
890, cuyo texto se adjunta como Anexos I y II formando parte del presente acto. Ello, en virtud de los considerandos precedentes.
ARTICULO 2- La reglamentación comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ARTICULO 3- Notificar a los interesados. Comunicar a quienes corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

CONSIDERANDO:
RIOS
Que mediante el mismo se proyecSandra I. MOLINA
ta la reglamentación de la Ley Provincial N 890, régimen legal meDECRETO Nº 649
03-04-14
diante el cual se estableció el Sistema de aro magnético para persoARTICULO 1- Disponer el pase

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 11/4/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data11/04/2014

Conteggio pagine15

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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