Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/10/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XXII S.A., trabajos adicionales por un importe de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO MIL SEISCIENTOS
ONCE CON SETENTA Y TRES
CENTAVOS $ 2.694.611,73, ascendiendo el nuevo monto contractual a la suma de PESOS VEINTISÉIS MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS
CON SETENTA Y TRES CENTAVOS $ 26.696.836,73. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Aprobar ad referéndum de la Legislatura Provincial, el gasto por la suma de PESOS
DOS MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS ONCE CON SETENTA Y TRES CENTAVOS $
2.694.611,73, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- Aprobar para la presente obra, una ampliación de plazo de CIENTO DIEZ 110 días corridos a fin de poder concluir con los trabajos adicionales, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.
ARTÍCULO 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será con cargo a la U.G.G. 5254
inciso 042, U.G.C. 930, Fondo Federal Solidario por la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ONCE
CON SETENTA Y TRES CENTAVOS $ 2.694.611,73.
ARTÍCULO 5.- Facultar a la Sra.
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos para la suscripción de la correspondiente Ampliación de Contrato de Obra Pública, de acuerdo al proyecto adjunto que como Anexo I forma parte del presente, previo ingreso de garantía y referéndum legislativo; como así también la suscripción de todos los actos administrativos que se deriven de la ejecución del contrato suscripto hasta su finalización, o en aquellos funcionarios que la Ministro designe.
ARTÍCULO 6.- Notificar a la empresa. Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Provincia, archivar.
RIOS
Inés C. YUTROVIC
DECRETO N 2522

23-10-13

ARTÍCULO 1 - Exceptuar de lo dispuesto en el artículo 1 del De-

3

Ushuaia, Lunes 28 de Octubre de 2013 - Nº 3233

creto Provincial N 1276/04, la adscripción de la docente Liliana Mabel SILVA, legajo N 14445356/00/
02.
ARTÍCULO 2 - Reconocer y autorizar la adscripción de la docente Liliana Mabel SILVA, legajo N
14445356/00/02, cargo Docente Maestro Tutor Turno Simple Colegio Provincial José M. SOBRAL Cargo Maestro de Año Nivel EGB
1 y 2 - Escuela Provincial N 30
Oshovia, al Bloque Frente Para la Victoria del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, a partir del día dos 2 de mayo de 2013 y por el término de trescientos sesenta y cinco 365 días, en virtud de lo establecido en el Decreto Nacional N 2058/85, anexo I, punto 2.3 y 4
- Reglamentario de la Ley Nacional N 22.251.
ARTÍCULO 3 - La institución que solicitó la adscripción de la docente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5 días de cada mes a la Dirección General de Personal, dependiente del Ministerio de Educación, un informe sobre la real prestación de servicios del mes anterior; teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
ARTÍCULO 4 - Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

ración del Poder adquisitivo Salarial", a los agentes y ex agentes del escalafón Aeronáutica, dependientes de Poder Ejecutivo Provincial, procediéndose a cancelar las diferencias salariales debidas desde enero de 2004 inclusive, hasta enero de 2006 inclusive; ello según la sentencia emitida en el marco de los autos caratulados "ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES
DEL ESTADO C/GOBIERNO DE
LA PROVINCIA DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR S/
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO"- Expte. N 3475/04, que fuera confirmada por la Cámara de Apelaciones de la Provincia, notificada en fecha veintinueve 29
de octubre de 2010.
Que la Dirección General de Haberes dependiente de la Secretaría de Hacienda de esta Gobernación, llevó a cabo las estimaciones de las sumas adeudadas por tal concepto, siguiendo los lineamientos del fallo judicial respectivo, y considerando los archivos vigentes a la fecha, sin perjuicio de los ajustes que resulte menester realizar una vez aprobada la liquidación final por el total involucrado en la sentencia definitiva de mención.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.

RIOS Por ello:
Sandra I. MOLINA
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
DECRETO N 2523 23-10-13 FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
VISTO: el Decreto Provincial N
DECRETA:
987/12; y ARTICULO 1.- Reconocer la inCONSIDERANDO:
clusión en la liquidación de los haQue mediante el citado se autorizó beres del mes de abril de 2012 auy aprobó la liquidación de los Hatorizada y aprobada mediante Deberes, Asignaciones Familiares y creto Provincial N 987/12, la liquiContribuciones Patronales de los dación y pago en concepto de capifuncionarios y agentes de la Admital, del ítem " Recuperación del Ponistración Central, correspondientes der Adquisitivo Salarial", desde eneal mes de ABRIL de 2012.
ro de 2004 inclusive, hasta enero de Que se omitió dejar indicado en el 2006 inclusive; ello según la sentenvisto del decreto la inclusión de la cia emitida en el marco de los aucancelación del pago del RePAS a tos caratulados "ASOCIACIÓN
los agentes y ex agentes dependienDE TRABAJADORES DEL EStes del escalafón Aeronáutica, sienTADO C/GOBIERNO DE LA
do conveniente dejarlo expresaPROVINCIA DE TIERRA DEL
mente establecido.
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
Que con los mencionados haberes DEL ATLÁNTICO SUR S/CONse incluyó la liquidación corresponTENCIOSO ADMINISTRATIdiente al capital del ítem "RecupeVO"- Expte. N 3475/04, a los
agentes y ex agentes del escalafón Aeronáutica, dependiente del Poder Ejecutivo Provincial, sin perjuicio de los ajustes que resulten de la liquidación final que se apruebe por el total contemplado en la sentencia definitiva en mención. Ello conforme los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2.- Establecer que el pago de las sumas referidas, no implican reconocimiento alguno de los fines de la base para la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes en el expediente judicial citado en el artículo primero y/o sus incidentes, quedando dicha regulación a lo que oportunamente y en su caso se resuelva judicialmente, haciendo expresa reserva, este Ejecutivo Provincial, de interponer las defensas que considere procedentes, en el momento procesal oportuno. Ello, en razón de lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Comunicar a la Dirección General de Haberes, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Osvaldo J. MONTI
DECRETO N 2524

24-10-13

VISTO la Ley Provincial N 855; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se fijó la remuneración mensual, habitual y permanente del Gobernador de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, indicándose que ella será equivalente al promedio de la remuneración mensual, habitual y permanente que perciban los intendentes de los municipios de la Provincia, a la que se adicionará un cinco por ciento 5%.
Que en virtud de los incrementos salariales que se establecen desde los municipios de la Provincia se ve incrementado el sueldo determinado para la suscripta, el Sr. Vicegobernador y todo el personal de planta política dependiente de éste Ejecutivo Provincial.
Que resulta necesario adoptar medidas que disminuyan el impacto financiero que produce la aplicación de la Ley Provincial N 855 y el incremento salarial de los Sres.
Intendentes de las ciudades de Ushuaia y Río Grande.
Que en tal sentido se ha entendido conveniente evitar el impacto de

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/10/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data28/10/2013

Conteggio pagine20

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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