Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/5/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2012- enUshuaia, Memoria a los AÑO XXI
Lunes 14 Héroes de Mayode de Malvinas 2012 - Nº 3015
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Nº 3015
AÑO XXI
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Ministro Jefe de Gabinete
Dr. Gustavo Alejandro ZANONE
C.P. Hiram Chistian Javier RUIZ
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Dra. María Haydee GRIECO
M.M.O. Manuel Fernando BENEGAS
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
C.P. Fabio Alejandro DELAMATA
Lic. Ariel Ernesto MARTINEZ
Sr. Omar Daniel NOGAR
Sra. Nélida BELOUS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Lunes 14 de Mayo de 2012
LEY PROVINCIAL N 870
Sancionada el día 19 de Abril de 2012.Promulgada el día 09 de Mayo de 2012.LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
Artículo 1- Sustitúyese el artículo 5 de la Ley provincial 352, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 5- Las declaraciones juradas patrimoniales serán presentadas en un plazo no mayor de treinta 30 días corridos contados desde la notificación del acto de designación o cese de funciones comprendidas en el artículo 2
de la presente ley.
El funcionario que al asumir el cargo presente la declaración jurada
incluyendo su situación patrimonial a diciembre del año inmediatamente anterior quedará eximido de efectuar la presentación anual regular posterior.
Será obligación de los servicios de personal de los tres poderes del Estado provincial, entes descentralizados y autárquicos, comunas, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Estado y Municipalidad de Ushuaia hasta tanto sea creada su Sindicatura, informar al Tribunal de Cuentas dentro de los cinco 5
días de notificado el acto, a fin de que éste proceda a actualizar el registro que se crea Las declaraciones juradas patrimoniales deberán ser conservadas por el Tribunal de Cuentas de la Provincia por el término de diez 10 años contados a partir del cese en las funciones del respectivo funcionario o por el plazo que impongan las autoridades administrativas o judiciales que lo involucren..
Artículo 2- Comuníquese al Po-
der Ejecutivo.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 19 DE ABRIL DE
2012.
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
RODRIGUEZ Artículo 1- Sustituye el artículo 2 de la Ley Provincial 50, el que quedará ---0--redactado de la siguiente manera:
Artículo 2- De conformidad con DECRETO N 1051 09-05-12 lo establecido por la Constitución Provincial, el Tribunal de Cuentas POR TANTO:
ejercerá las siguientes funciones:
Téngase por Ley N 870, a ejercer el control preventivo de Comuníquese, dése al Boletín Ofilegalidad y financiero respecto de cial de la Provincia y archívese.
los actos administrativos que dispusieran fondos públicos, así como en RIOS aquellos relativos a inversiones de Gustavo A. ZANONE fondos, percepción de caudales públicos u operaciones financieros paLEY PROVINCIAL N 871
trimoniales del Estado provincial. En ningún caso, la inexistencia de conSancionada el día 19 de Abril de trol preventivo obstará el control 2012.posterior;
Promulgada el día 10 de Mayo de b fiscalizar la gestión de fondos pú2012.blicos otorgados por medio de subvenciones, préstamos, anticipos, LA LEGISLATURA DE LA
aportes o garantías;
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"