Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/5/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XX -

formularios a utilizarse se regirán por lo dispuesto en el Decreto Provincial N 2219/10.
Que se cuenta con partida presupuestaria para afrontar el gasto.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el Artículo 135
de la Constitución Provincial.

Ushuaia, Viernes 20 de Mayo de 2011 - Nº 2864

ARTÍCULO l.- Instruir a la Subsecretaría de Recursos Humanos y a la Dirección General de Administración Financiera del Ministerio de Economía, de la modificación introducida en los datos personales de la agente CARDENAS, Alejandra Aurora, legajo N
24518766/00, los cuales serán AGUILA, Alejandra Aurora, legajo N 24518766/00. Ello por los Por ello:
motivos expuestos en los consideLA GOBERNADORA DE LA randos.
PROVINCIA DE TIERRA DEL ARTÍCULO 2.- Notificar a la inFUEGO, ANTÁRTIDAE ISLAS teresada, a la Subsecretaría de ReDEL ATLÁNTICO SUR
cursos Humanos, a la Dirección DECRETA:
General de Administración Financiera del Ministerio de Economía, ARTICULO 1.- Incrementar en comunicar a quienes corresponda, cuatrocientos 400 módulos de dar al Boletín Oficial de la Provinextensión horaria a los ya aprobacia y archivar.
dos por Decreto N 2219/10 artículo 4º, a partir de la firma del RIOS
presente, destinados a los agenHiram C.J. RUIZ
tes que presten reales y efectivos servicios en el ámbito de la DECRETO Nº 1224 13-05-11
Subsecretaría de Recursos Humanos, para efectuar tareas haARTÍCULO 1.- Modificar el arbituales y extraordinarias que tículo 1 del Decreto Provincial N
superen la capacidad operativa, 1673/05 el que quedará redactado mientras persistan las causales de la siguiente manera ARTÍCUque originaron dicha situación, LO 1.- Otorgar una Pensión por de conformidad a lo expresado Discapacidad a favor del menor en los considerandos.
Nehuen Agustin DIAZ, DNI N
ARTÍCULO 2.- Disponer que el 41.058.569, la que comenzará a procedimiento de liquidación y los devengarse a partir del mes siguienformularios a utilizarse se regirán te de la firma del presente, de conpor lo dispuesto en el Decreto Proformidad con lo establecido en el vincial N 2219/10 e imputar el artículo 14 de la Ley Provincial gasto que demande el cumplimien- 389. Ello por los motivos expuesto del presente, a las partidas pretos en los considerandos. Ello así, supuestarias correspondientes al por lo expuesto supra.
ejercicio económico financiero en ARTÍCULO 2.- Notificar a la invigencia.
teresada, comunicar a quienes coARTÍCULO 3.- Comunicar a rresponda, dar al Boletín Oficial de quienes corresponda, dar al Boletín la Provincia y archivar.
Oficial de la Provincia, y archivar.
RIOS
RIOS
Sergio D. ALVAREZ
Amanda R. DEL CORRO
DECRETO Nº 1225 12-05-11
DECRETO Nº 1222 13-05-11
ARTÍCULO 1.- Desestimar la ARTICULO 1.- Acéptese la reconcesión del Recurso de Alzada nuncia presentada por el señor Videducido por el Agente Raúl cepresidente de la Dirección ProEduardo SÁNCHEZ, Categoría vincial de Puertos, Dn. Walter AnP.A. y T. 21, contra la Resolución drés BATISTA, D.N.I. N In.Fue.Tur. N 1.375/10, confor16.088.213, a partir del día once me los considerandos precedentes 11 de mayo de 2011.
y el Dictamen S.L.y T. N 148/11.
ARTICULO 2.- De forma.
ARTÍCULO 2.- Revocar las Resoluciones In.Fue.Tur N
RIOS 1.375/10, N 1392/10, N 1519/10, Guillermo H. ARAMBURU N1669/10,N113/11yN1753/10, por razones de ilegitimidad DECRETO Nº 1223 13-05-11 acorde al art. 110 inc. d de la Ley
Provincial N 141, conforme los considerandos precedentes y el Dictamen S.L.y T. N 148/11.
ARTÍCULO 3.- Indicar al Instituto Fueguino de Turismo In.Fue.Tur. que deberá emitir un nuevo acto administrativo ajustado a derecho art.. 140 de la Ley Provincial N 141; ello conforme los considerandos precedentes y el Dictamen S.L. y T. Nº 148/11
ARTÍCULO 4.- Notificar al interesado con copia del presente y del Dictamen S.L. y T. Nº 148/11.
ARTÍCULO 5.- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1226

13-05-11

ARTÍCULO 1.- Modificar el artículo 1 del Decreto Provincial N
204/11, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 1: Establecer a partir de la fecha un mecanismo de módulos de extensión horaria destinado a los agentes que presten reales y efectivos servicios en el ámbito de la Dirección General de Haberes dependiente de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Modificar el artículo 4 del Decreto Provincial N
204/11, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 4.- Aprobar un máximo de trescientos 300 módulos de extensión horaria por mes, e imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente, a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio económico financiero en vigencia tal lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1227

13-05-11

VISTO el Expediente Nº 001750/
10 del Registro de la Secretaría de Trabajo de esta Provincia; y
na de Trabajadores de Luz y Fuerza, se ha arribado a un acuerdo de implementación de una nueva escala salarial, mediante Acta Acuerdo firmada en esta ciudad, en fecha 6 de abril de 2011.
Que, asimismo, el Acta Acuerdo establece que la Dirección Provincial de Energía ratifica la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo 36/75, y que en el marco de dicho acuerdo ambas partes se comprometen a la creación de una comisión mixta, que será la encargada de establecer los alcances de tal Acta Acuerdo.
Que, en el marco del acuerdo alcanzado, se desprende que, se da por cumplimentada la oferta salarial que este Poder Ejecutivo propuso oportunamente con la aplicación de la nueva Escala Salarial.
Que por tanto corresponde ratificar dicho instrumento.
Que ha tomado la intervención de su competencia la Secretaria Legal y Técnica mediante Informe S.L y T. N 1110/11.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución de la Provincia.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO,ANTÁRTIDAE ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratificar en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripta entre la Dirección Provincial de Energía y la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, de fecha 6 de abril de 2011, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente. Ello por lo expuesto en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Establecer la nueva Escala Salarial para el personal de la Dirección Provincial de Energía, cuya vigencia será retroactiva al 1 de marzo de 2011, según ANEXO I del Acta Acuerdo referida.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4º.- De forma.

CONSIDERANDO:
RIOS
Que fruto de las negociaciones lleGuillermo H. ARAMBURU
vadas adelante entre representantes de la Dirección Provincial de Energía y la Federación ArgentiDECRETO Nº 1228 13-05-11

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 20/5/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data20/05/2011

Conteggio pagine47

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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