Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/8/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
AÑO XVIII -
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Ushuaia, Lunes 03 de Agosto de 2009 - Nº 2603
Nº 2603
AÑO XVIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU
Sr.RubénAlbertoBAHNTJE
M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS
Sr. Julio Javier FOURASTIE
MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO
Lic. Silvia Cristina FOSSINI
Dr.MarceloOscarECHAZU
Sr.WalterRenéLUCIANI
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sra.LilianaGracielaPRELI
Dr.EduardoRaúlOLIVERO
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA
Dr.NicolásJuanLUCAS
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 03 de Agosto de 2009
29-07-09 rresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ARTICULO 1- A partir del día veintinueve 29 de Julio de 2009, RIOS
la suscripta reasume sus funciones.
Manuel F. BENEGAS
ARTICULO 2- De forma.
DECRETO N 1550 29-07-09
RIOS
Rubén A. BAHNTJE ARTÍCULO 1- No hacer lugar al Recurso de Alzada presentado por DECRETO N 1549 29-07-09 el agente Néstor Ramón LAGRAÑA, legajo N 10.076, contra la ReARTÍCULO 1- Aceptar la renunsolución D.P.P. N 781/08 por la cia presentada por la agente Merque se desestimó la presentación cedes Teresita ORTIZ, legajo N efectuada con fecha 03 de junio de 13548509/00, categoría 22 P.A. y 2008, ello en función de los arguT., a partir del día primero 1 de mentos vertidos en los consideranjulio de 2009, a fin de acogerse a dos precedentes y en el Dictamen los beneficios de la Jubilación OrS.L. y T. N 274/09.
dinaria, de conformidad con lo esARTÍCULO 2- Notificar al recutatuido en los artículos 21, inciso rrente con copia autenticada del a, 18, siguientes y concordantes presente y del Dictamen S.L. y T.
de la Ley Provincial 561, en un N 274/09, haciéndole saber que todo de acuerdo con lo dispuesto ha agotado la vía administrativa y en el artículo 49, inciso c de la que podrá recurrir a la justicia dentro del plazo de noventa 90 días Ley Nacional 22.140.
ARTÍCULO 2- Notificar a la inhábiles judiciales computados a teresada, comunicar a quienes copartir del día siguiente de notificaDECRETO N 1548
do el presente acto, de acuerdo a lo establecido en los artículo 7, 15
y 24 de la Ley Provincial N 133.
ARTÍCULO 3- De forma.
RIOS
Manuel F. BENEGAS
DECRETO N 1551
29-07-09
ARTÍCULO 1- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor de la menor Martina AGUIRRE, DNI
N 46.182.883, la que comenzará a devengarse a partir del mes siguiente de la firma del presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial N 389. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2- Dicha Pensión deberá hacerse efectiva a nombre de la señora Liliana Ester GAIDO, DNI N 24.188.522 y/o señor EduardoAlejandroAméricoAGUIRRE GONZALEZ, DNI N
22.652.652, progenitores de la menor, serán las personas respon-
sables de la menor mencionada en el Artículo 1.
ARTÍCULO 3º- Notificar a los interesados con copia autenticada del presente.
ARTÍCULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la U.G.G. 8327
- Inciso 512, del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 5- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Silvia C. FOSSINI
DECRETO N 1552
29-07-09
ARTÍCULO 1º- Otorgar una Pensión por Discapacidad a favor de la joven Norma Analia YEDRO, DNI N 28.333.498, la que comenzará a devengarse a partir del mes siguiente de la firma del presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Provincial N 389. Ello por los motivos
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"