Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/7/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVIII ARTICULO 1- CONCEDER a la Sra. Ana María BRASESCO DNI N 14.669.729, el beneficio de JUBILACIÓN para personal docente, de conformidad con lo estatuido por los Artículos 35
inciso a, 21 inciso c, 43 y concordantes de la Ley 561, sustituido por el inciso a de la Ley 721 y por el Artículo 4 de la Ley 742, de conformidad con lo establecido en el Artículo 62 de la citada norma legal, en un todo de acuerdo con los Dictámenes Números 434/2008 y 477/2008 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del haber jubilatorio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con cualquier prestación graciable o no contributiva del que fuera beneficiario Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia, Certificación de ampliación y Cese de servicios, y de corresponder, las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares. Cumplido, ARCHIVESE.
SINCHICAY - PERALTA MARTINEZ - SANDEZ - LARIO
RESOL. Nº 751

29-10-08

ARTICULO 1- CONCEDER al Sr. Héctor Aníbal DAVILA DNI
N 13.282.685, el beneficio de JUBILACIÓN para personal docente, de conformidad con lo estatuido por los Artículos 35 inciso a, 21 inciso c, 43 y concordantes de la Ley 561, sustituido por el inciso a de la Ley 721 y por el Artículo 4 de la Ley 742, de conformidad con lo establecido en el Artículo 62 de la citada nor-

Ushuaia, Miércoles 01 de Julio de 2009 - Nº 2589

ma legal, en un todo de acuerdo con los Dictámenes Números 440/
2008 y 478/2008 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del haber jubilatorio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con cualquier prestación graciable o no contributiva del que fuera beneficiario Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese al interesado, remítase al área competente, de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia, Certificación de ampliación y Cese de servicios, y de corresponder, las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares. Cumplido, ARCHIVESE.
SINCHICAY - PERALTA MARTINEZ - SANDEZ - LARIO
RESOL. Nº 752

29-10-08

investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivos Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen la certificación de ampliación y cese de servicios. De corresponder se requerirán las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares.
Cumplido, ARCHIVESE.

19

ARTICULO 2- REGÍSTRESE, comuníquese a quienes corresponda, cumplido ARCHIVESE.
SINCHICAY - PERALTA MARTINEZ - SANDEZ - LARIO
RESOL. Nº 755

29-10-08

ARTICULO 1- RATIFÍQUESE
la Resolución de la Comisión de Servicios Sociales N 348/08.ARTÍCULO 2- REGÍSTRESE, comuníquese a quienes corresponda, cumplido ARCHIVESE.
SINCHICAY - PERALTA MARTINEZ - SANDEZ - LARIO
RESOL. Nº 756

29-10-08

SINCHICAY - PERALTA - ARTICULO 1- ACEPTAR la exMARTINEZ - SANDEZ - LARIO cusación presentada por el Contador General, CPN. Mario H. SANRESOL. Nº 753
29-10-08 TANGELO para integrar la Junta Examinadora en el Concurso de ARTICULO 1- DAR DE BAJA Antecedentes y Oposición N 1/
el beneficio de Jubilación por Edad 2008; en un todo de acuerdo con Avanzada concedido en los térmilos considerandos de la presente.
nos del Artículo 22, en sus incisos ARTICULO 1- DESIGNAR al a, b y c de la Ley 561 mediante Agente CP Cesar Hayder Resolución de Directorio de este WILLIAMS Leg. 25.075.815, Organismo N 344/2007 de fecha como integrante de la Junta Exami25-07-07, a la Señora Yolanda nadora del Concurso de AntecedenGUTIERREZ DNI N 18.826.650, tes y Oposición N 1/2008 aproretroactivamente al 14-07-08 febado por Resolución de Directorio cha de fallecimiento de la misma. 660/2008 y tramitado en el ExpeARTICULO 2- PROCEDER a diente 566/2007, en reemplazo del través de las áreas competentes a Contador General.
la liquidación de las sumas devenARTICULO 3- REGISTRESE, gadas y no percibidas en vida por comuníquese a quienes corresponla causante, deduciendo de las misda cumplido ARCHÍVESE.
mas los importes que por todo concepto esta pueda adeudar al SINCHICAY - PERALTA IPAUSS. Hecha está operación de MARTINEZ - SANDEZ - LARIO
existir algún saldo abonar las mismas al Sr. Manuel Jesús ARRIARESOL. Nº 757
29-10-08
GADA GUTIERREZ DNI N
18.716.840, conforme lo normaARTÍCULO 1- RECTIFICAR
do mediante Resolución IPAUSS el Artículo I de la Resolución de N 084/02, modificada y reglamenDirectorio N 730/08, donde dice:
tada por sus pares los Nros. 044/ Disposición N 1179/08" de04 y 31/2005.
berá decir: Disposición N
ARTICULO 3- REGÍSTRESE, 1179/06.
notifíquese al interesado, cumpliARTICULO 2- MODIFICAR el do y previo pase las áreas compeAnexo I de la Resolución de Ditentes. ARCHIVESE.
rectorio N 730/08, el cual quedara redactado como el Anexo I de la SINCHICAY - PERALTA - presente.
MARTINEZ - SANDEZ - LARIO ARTICULO 2- REGISTRESE, comuníquese a quienes corresponRESOL. Nº 754
29-10-08 da, cumplido ARCHÍVESE.

ARTICULO lCONCEDER a la Sra. María el Carmen FERNÁNDEZ DNI N 10.380.441 el beneficio de JUBILACIÓN ORDINARIA, conforme lo estatuido en los Artículos 21, 18 siguientes y concordantes de la Ley 561, sustituida por el inciso "a" de la Ley 721 y por el Artículo 1 de la Ley 742, de conformidad con lo establecido en el Artículo 62 de la citada norma legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros.
437/2008 y 473/2008 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del beneficio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en reARTICULO 1- RATIFÍQUESE SINCHICAY - PERALTA lación de dependencia que se halle la Resolución de la Comisión de MARTINEZ - SANDEZ - LAdesempeñando, salvo docencia e Servicios Sociales N 082/08.
RIO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 1/7/2009

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data01/07/2009

Conteggio pagine59

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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