Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/6/2009
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
AÑO XVIII -
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Ushuaia, Viernes 19 de Junio de 2009 - Nº 2584
Nº 2584
AÑO XVIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Sr. Roberto Luis CROCIANELLI
Arq. Daniel Rubén LEPEZ MACIAS
Sr. Darío Rubén VARGAS
Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Dra. María Haydee GRIECO
Lic. Silvia Cristina FOSSINI
Dr. Marcelo Oscar ECHAZU
Sr. Walter René LUCIANI
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic. Sandra Graciana GARNICA
Sra. Liliana Graciela PRELI
Dr. Eduardo Raúl OLIVERO
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr. Eduardo Humberto DANDREA
Dr. Nicolás Juan LUCAS
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 19 de Junio de 2009
10-06-09 CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se informa ARTICULO 1- Aceptar la renunla realización de una nueva Edición cia presentada por la agente Made La Fiesta Nacional de la Noche riel Alejandra BONALDO, legajo más Larga, a realizarse los días 20
N 14067819/00, categoría 23 P.A. y 21 de junio del corriente año.
y T., a partir del día primero 1 Que tal evento propicia el desarrode mayo de 2009, a fin de acogerse llo de la identidad cultural y ayuda a los beneficios de la Jubilación Ora la promoción turística en la dedinaria, de conformidad con lo esnominada baja temporada.
tatuido en el artículo 38 de la Ley Que por lo expuesto, y teniendo 561, en un todo de acuerdo con lo en cuenta la importancia de lo citadispuesto en el artículo 49, inciso do, resulta procedente declararlo de c de la Ley 22.140.
Interés Provincial.
ARTICULO 2- Notificar a la inQue la suscripta se encuentra fateresada, comunicar a quienes cocultada para dictar el presente acto rresponda, dar al Boletín Oficial de administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la la Provincia y archivar.
Constitución Provincial.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
DECRETO Nº 1049 11-06-09 PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
VISTO la Nota presentada por la DECRETA:
Secretaria de Producción Desarrollo Social y DDHH de la MuniciARTICULO 1- Declarar de Intepalidad de Ushuaia.
DECRETO Nº 1048
rés Provincial la Edición 2009 de La Fiesta de la Noche más Larga, la que se realizará en la ciudad de Ushuaia, durante los días 20 y 21
de junio del corriente año.
ARTICULO 2- Instruir a la Secretaría General de Gobierno para que brinde amplia difusión del evento, otorgándole espacios de publicidad gratuita en los canales de televisión pública.
ARTICULO 3- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 1050
11-06-09
VISTO el expediente N 002513SG/2009 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Contrato de Locación de Servicios suscripto el día nueve 9 de junio de 2009 entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, representada por la señora Secretaria General de Gobierno, Dña. Liliana Graciela PRELI, D.N.I. N 14.116.891 y el señor Walter Guillermo OBREQUE, D.N.I. N 22.855.267, registrado bajo el número 13788.
Que la citada locación de servicio se fundamenta en razones de estricta necesidad funcional, conforme a lo establecido en el artículo 73, inciso 2 de la Constitución Provincial.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos - Secretaría General de Gobierno, ha tomado debida intervención mediante Informe D.A.J.
S.G.G. N 090/09, obrante a fojas 10.
Que deviene necesario proceder a su ratificación.
Que se cuenta con la correspondiente reserva presupuestaria para afrontar el gasto.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo normado por el artículo 135 de la
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"