Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 2/5/2008
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
AÑO XVII -
Ushuaia, Viernes 02 de Mayo de 2008 - Nº 2422
rresponda, dar al Boletín Oficial ARTÍCULO 1- Adscribir a la de la Provincia y archivar.
Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, al agente RIOS Eduardo GONZALEZ, categoría María H. GRIECO 10 P.O.M. y S., legajo N
24483662/00, a partir del día siDECRETO Nº 682
28-04-08 guiente al de su notificación, y por el término de trescientos sesenta ARTICULO 1º- Reconocer y auy cinco días 365, en virtud de lo torizar la comisión de servicio efecestablecido en el Decreto Naciotuada por la agente Ruth Gloria nal Nº 2058/85, anexo I, punto 2.3
SHOCRON, legajo N 14920536/ -Reglamentario de la Ley Nacio00, categoría 21 P.A. y T., a la nal Nº 22.251.
Ciudad Autónoma de Buenos AiARTÍCULO 2- La institución res, entre los días 20 al 28 de abril que solicitó a adscripción del agendel corriente año. Ello por los te de referencia deberá enviar denmotivos expuestos en los consitro de los primeros cinco 5 días derandos.
de cada mes a la Dirección GeneARTICULO 2- Establecer que la ral de Administración Financiera, presente comisión de servicio no dependiente del Ministerio de generó gasto de pasajes ni viáticos Obras y Servicios Públicos, la real al Estado Provincial.
prestación de servicios del mes ARTICULO 3- Notificar a la inanterior: teniendo en cuenta que la teresada, comunicar a quienes cono presentación en tiempo y forrresponda, dar al Boletín Oficial ma de la información requerida, de la Provincia y archivar.
dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
RIOS ARTICULO 3- Notificar al inteMaría H. GRIECO resado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial DECRETO Nº 683
28-04-08 de la Provincia y archivar.
ARTICULO 1- Adscribir a la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, al agente José Cristian MIÑO, categoría 10
P.O.M. y S., legajo N 25325625/
00, a partir del día siguiente al de su notificación y por el término de trescientos sesenta y cinco días 365, en virtud de lo establecido en el Decreto Nacional N 2058/
85, anexo I, punto 2.3 - Reglamentario de la Ley Nacional N 22.251.
ARTICULO 2- La institución que solicitó la adscripción del agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5 días de cada mes a la Dirección General de Administración Financiera, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, la real prestación de servicios del mes anterior, teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes.
ARTICULO 3º- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
Que mediante el mismo tramita la modificación del régimen de excepciones de pago de los servicios prestados por la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, establecido por Decreto Provincial N 1361/2001.
Que de acuerdo a lo indicado por la Sra. Directora Comercial, el Decreto Provincial N 1361/01 se encuentra desactualizado respecto del monto mínimo para la excepción de pago de los jubilados y pensionados.
Que asimismo, no contempla la situación de personas discapacitadas y personas mayores de sesenta 60 años que no cuentan con ingresos o perciben ayudas inferiores al haber mínimo.
Que a efectos de dar una certeza a qué se entiende por haber mínimo, se tomará como parámetro la jubilación de amas de casa establecida a nivel nacional.
Que la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia ha tomado intervención emitiendo Informe S.L. y T. N 514/08.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente en virtud de lo establecido RIOS en el artículo 135 de la ConstituDaniel R. LEPEZ MACIAS ción Provincial.
28-04-08 Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
ARTICULO 1- Reconocer y auPROVINCIA DE TIERRA DEL
torizar la comisión de servicio efecFUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
tuada por la agente Mercedes BeaDEL ATLÁNTICO SUR
triz MARTINEZ, legajo N
DECRETA:
14227914/00, categoría 21 P.A. y T., entre los días 15 al 20 de abril ARTICULO 1- Declarar excepdel corriente año, a la Ciudad Autuados del pago de los servicios tónoma de Buenos Aires. Ello por que presta la Dirección Provincial los motivos expuestos en los conde Obras y Servicios Sanitarios a:
siderandos.
a Jubilados y Pensionados que ARTICULO 2- Establecer que la sean titulares u ocupantes de inpresente comisión de servicio no muebles, de carácter único y desgeneró gastos de pasajes ni viátitinado a vivienda familiar, que cos al Estado Provincial.
cuenten con instrumento público ARTICULO 3- Notificar a la ino privado que acredite su vinculateresada, comunicar a quienes coción con el mismo, y posean un rresponda, dar al Boletín Oficial haber mensual igual o inferior al de la Provincia y archivar.
establecido a nivel nacional para las jubilaciones de amas de casa;
RIOS b Personas con discapacidad o María H. GRIECO mayores de sesenta 60 años, que no cuentan con ingresos, o perciDECRETO Nº 686
28-04-08 ben ayudas económicas y/o pensiones y/o cualquier otra forma de VISTO el expediente Nº 64/2008 del colaboración por montos iguales RIOS registro de la Dirección Provincial o inferiores al establecido a nivel Daniel R. LEPEZ MACIAS de Obras y Servicios Sanitarios; y nacional para la jubilación de amas de casa, y que sean titulares u ocuDECRETO Nº 684
28-04-08 CONSIDERANDO:
pantes de inmuebles, de carácter DECRETO Nº 685
3
único y destinado a vivienda familiar, que cuenten con instrumento público o privado que acredite su vinculación con el mismo; c La Municipalidad de Ushuaia por su servicio de camiones aguateros que repartan agua potable en los sectores donde no existan redes de distribución: d Templos, casas parroquiales, conventos, seminarios y otros edificios pertenecientes a instituciones religiosas debidamente reconocidas; e Hogares o asilos que brinden sus servicios a la comunidad en forma gratuita;
f inmuebles donde efectivamente desarrollen actividades los cuerpos de Bomberos, acreditando propiedad u ocupación con instrumentos pertinentes.
ARTICULO 2- Facultar a la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios a la implementación de lo dispuesto en el artículo Primero del presente, estableciendo el procedimiento que deberán cumplir los interesados para acogerse al régimen de excepción previsto.
ARTÍCULO 3- Derogar el Decreto Provincial N 1391/01 y toda otra norma que se oponga al presente.
ARTÍCULO 4- Comunicar a la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios y a quien corresponda. Dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Daniel R. LEPEZ MACIAS
DECRETO Nº 687
28-04-08
VISTO: los Decretos Provinciales N 1338 de fecha 23 de julio de 2001 y N 2720 de fecha 18 de diciembre de 2003; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Provincial N 1338/01 se aprobó la puesta en vigencia y reglamentación del juego denominado "TELEBINGO
FUEGUINO FEDERAL".
Que el mencionado reglamento se refiere a la participación del público apostador, cuya modalidad es a través de un sorteo por la adquisición de billetes "pre impresos".
Que, por Decreto Provincial N
2720/03, y con la intención de adecuar los niveles de comercialización, relacionado con los porcentajes de la recaudación proveniente de la venta de billetes, se modificó el artículo 23 de dicho decreto.