Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/12/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVI -

ACORDADA Nº 116/2007
En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 14 días del mes de diciembre del año dos mil siete, se reunen en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres. María del Carmen Battaini y Carlos Gonzalo Sagastume, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, y CONSIDERANDO:
Atento a la experiencia recabada durante la aplicación del actual régimen de compensación, compensación económica y usufructo de las vacaciones no gozadas y teniendo presente que el derecho al descanso del trabajador se halla consagrado tanto en la Constitución Nacional como en la Constitución Provincial, siendo indisponible en virtud de que el bien jurídicamente protegido es su salud psicofísica, resulta procedente establecer ciertas modificaciones reglamentarias compatibilizando los extremos señalados con las necesidades propias del servicio.
Por ello, ACUERDAN:
SUSTITUIR el régimen de compensación de las licencias de feria aprobado por Acordada N:
105/03, por el siguiente:
Artículo Primero: Los Magistrados, Funcionarios y Agentes que presten servicios durante los recesos judiciales podrán percibir una compensación económica en lugar de la correspondiente licencia compensatoria, quedando extinguido en tal caso el derecho a su usufructo.
Artículo Segundo: Solo podrá autorizarse el pago cuando el beneficiario hubiera gozado un lapso mínimo de veinte 20 días hábiles de vacaciones en el año judicial anterior, comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de enero del año siguiente. Dicho lapso de licencia es de uso obligatorio. La Prosecretaria de Administración, a través de sus área pertinentes, efectuará el control periódico del cumplimiento de dicha manda.
Artículo Tercero: El beneficio será autorizado por el Secretario de Superintendencia y Administra-

Ushuaia, Viernes 28 de Diciembre de 2007 - Nº 2372

ción ante petición fundada efectuada por el Titular de la dependencia respectiva, consignando y justificando las razones excepcionales de servicio que la motivan.
Artículo Cuarto: Los Magistrados, Funcionarios y Agentes Judiciales tendrán derecho a una compensación económica que se reglamenta por la presente, únicamente cuando hubiera transcurrido un 1
año desde la finalización de la feria cuyo pago se requiere.
Artículo Quinto: Atento el carácter compensatorio del beneficio, el pago previsto en la presente no tiene naturaleza remunerativa, por lo que no se practicarán sobre este los descuentos de ley.
Artículo Sexto: Las licencias de verano y sus compensatorias solo podrán fraccionarse para su usufructo en tres periodos.
Artículo Séptimo: El plazo establecido para el uso de la licencia compensatoria de feria podrá ser prorrogado por razones de servicio.
Artículo Octavo: Transcurridos dos 2 años desde la finalización de la feria en que se prestaron servicios sin que se hubiera utilizado la compensación correspondiente o se encontrara vigente una prórroga al efecto, se extinguirá definitivamente el derecho a su usufructo y pago.
Con lo que terminó el acto, firmando los señores Jueces del Tribunal, quienes disponen se registre, notifique, publique y cumpla la presente, dando fe de todo ello el Señor Secretario de Superintendencia y Administración.
María del Carmen BATTAINI Presidente.Carlos Gonzalo SAGASTUME Juez.ACORDADA Nº 117/2007
En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 14 días del mes de diciembre del año dos mil siete, se reunen en Acuerdo los señores Jueces del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, Dres. María del Carmen Battaini y Carlos Gonzalo Sagastume, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, y CONSIDERANDO:

Mediante Acordada N: 52/07 se aprobó la estructura orgánico funcional tipo de las distintas dependencias judiciales, la que contempla la posibilidad de cubrir todos los niveles remunerativos dentro de cada escalafón de Oficiales y Auxiliares, respetando el número total de agentes asignado a dichos escalafones para cada unidad funcional.
Por la citada Acordada se estableció que los ascensos se producirían de conformidad con los regímenes de promociones vigentes, priorizando la realización permanente de cursos de capacitación de contenido especifico para cada dependencia o fuero, con evaluación, cuya aprobación constituiría una condición necesaria para acceder a la recategorización.
En dicho marco ha resultado considerablemente incrementada durante el último semestre del corriente año la oferta académica de la Escuela Judicial, con cursos organizados conjuntamente con los titulares de cada unidad funcional y numerosa participación del personal con excelente desempeño.
También en función de las nuevas estructuras, se han recibido propuestas de promoción por parte de los titulares de las distintas dependencias, que en algunos casos son reiteraciones de similares pedidos efectuados con anterioridad.
Al respecto, corresponde tener presente que algunos de los requerimientos datan del año 2005, ya que no se han dispuesto recategorizaciones desde el año 2004 que no resultaran de concursos realizados para cubrir vacantes producidas en la planta de agentes por renuncias, designaciones como funcionarios o traslados al Centro de Mediación.
Analizadas las propuestas efectuadas y considerando los requisitos exigidos por la Acordada N: 60/
06 sobre promociones sin concurso, es procedente disponer las recategorizaciones requeridas en todos aquellos casos en que dichos recaudos se hallen cumplidos.
Caber señalar, finalmente, que las solicitudes de ascensos que quedan pendientes así como las que se efectúen en el futuro, serán analizadas por el Tribunal en la medida que se vayan cumpliendo los requisitos reglamentarios correspondientes, especialmente los vin-

culados a la capacitación en general y de contenido especifico.
Por ello, ACUERDAN:
DISPONER la promoción a partir del 1 de enero del año 2008, sujeta a la aprobación del Presupuesto del Poder Judicial para dicho ejercicio en los términos del Proyecto aprobado por Acordada N:
72/07, de los agentes y a las categorías que se exponen a continuación:
Romina Fabiana Velazco aAuxiliar 2.
Lorena Griselda Quesada a Auxiliar 1.
Marcos Alejandro Millalonco a Auxiliar 1º.
Karina Rosa Merich a Auxiliar 1º.
Diego Oscar Isorna a Auxiliar 2.
Laura Carolina Incoronato a Auxiliar 2.
María Anahí Petrina a Auxiliar 1º.
Luciana Beatriz Montiel a Auxiliar 2.
Rene Marcelo Dahas a Oficial 3.
Sebastián Ernesto Moyano a Auxiliar 1º.
Silvana Teresa Straccio a Auxiliar 1º.
Roberto Marcelo Kuba a Oficial 3.
Nancy Noemí González a Oficial 4.
Adriana María Quaranta a Oficial 2.
Luciana Cefali a Auxiliar 1.
Julio César Tossen a Oficial 3.
Sandra Gabriela Sainz a Oficial 1º.
Claudia Patricia Guidalevich a Oficial 1º.
Diego Cesar Marrezza a Auxiliar 2.
Daniela Cecilia Villafain a Auxiliar 2.
Aldo Argentino Contreras a Oficial 4.
Karina Beatriz Borba a Oficial 3.
Miguel Angel Jodar a Oficial 3.
Gerardo Miguel Juarez a Oficial 1.
María del Carmen Baiz a Oficial 3.
Juan Matias Taborda a Oficial 4.
Fernando Sergio Paredes a Oficial 2.
Isabel Noemi Moyano a Auxiliar 2.
Rubén Marcelo Salazar a Oficial 4.
Jorge Omar Alvarez a Oficial 3.
Francisco Ceferino Daniel Velarde a Oficial 2.
Guillermo Enrique Prieto a Oficial 3.
Héctor Eugenio Amaya a Oficial 3. Carlos Luis Lapetina a Oficial 3.
Nancy Mariela Heredia a Auxiliar 1º.
Aida Estela Martinez a Oficial 3.
Con lo que terminó el acto, firmando los señores Jueces, quienes disponen se registre, notifique, publique y cumpla la presente, dando fe de todo ello el Señor Secretario de Superintendencia y

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/12/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data28/12/2007

Conteggio pagine44

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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