Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 11/7/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVI integrante del presente. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Rectificar parcialmente el Anexo I del Decreto Provincial N 3386/06, referente al Establecimiento y al docente que se detalla en el Anexo II, que forma parte integrante del presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- De forma.
COCCARO
María I. CABRERA
DECRETO Nº1898

04-07-07

VISTO el Decreto Provincial N
1928/00 por el cual se constituye el Programa Mejoramiento de Barrios Provincial en el, ámbito del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, y el expediente n 005220 MO/07; y, CONSIDERANDO
Que atendiendo principalmente a la concreción de políticas públicas que viene implementando el Gobierno por las cuales se tiende a beneficiar a través de la obra pública a la sociedad en su conjunto, se concluye en la necesidad de aprobar el Reglamento Operativo por el cual se debe regir el PROMEBA PROVINCIAL, manteniendo y reconociendo su vigencia y ejecución.
Que se reconoce como obligación del Estado, coadyuvar a través de medidas necesarias y adecuadas, a aquel sector de la población que mediante su accionar genera beneficios sociales y/o culturales, así como también la necesidad de colaborar en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudad a nos de menores recursos económicos.
Que los barrios con aquellas características, las instituciones u organizaciones sociales sin fines de lucro, y entidades no gubernamentales, requieren la necesidad de promover una transferencia de recursos, dirigidos para contribuir a una mayor equidad y promoción social.
Que así y siguiendo las..políticas llevadas a cabo por éste Gobierno, tendientes a garantizar la protección integral de la familia y de las organizaciones socia-

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Ushuaia, Miércoles 11 de Julio de 2007 - Nº 2305

les, se ve necesario articular con los diferentes estamentos, municipales y/o entes autárquicos, a los fines que se generen actuares con impactos ponderables para el bien común en su totalidad.
Que a tales fines, se estima pertinente la reglamentación y continuación de la ejecución del PROMEBA PROVINCIAL.
Que el desarrollo del citado PROGRAMA continuará operando através de la Unidad Ejecutora Provincial, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y con activa participación de los actores sociales de cada una de las jurisdicciones.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO,ANTARTIDAE ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA :
ARTÍCULO 1.-Aprobar el reglamento Operativo que regirá el PROMEBA Provincial, el cual se ejecutará a través de la Unidad Ejecutora Provincial UEP, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, obrante como Anexo I.
ARTICULO 2.- El mismo estará destinado a ser implementado para la ejecución de Obras Públicas en los barrios con menores recursos económicos, que por sus particularidades no cumplimenten las exigencias del PROMEBA Nacional, así como también para los diferentes estamentos sociales a los fines de colaborar en la creación y/o ampliación de equipamientos comunitarios que tiendan a beneficiar a la sociedad en su conjunto, quedando a cargo de las áreas competentes de la UEP determinar en el marco del Reglamento Operativo la elegibilidad del proyecto a ejecutar.
ARTCULO 3.- Para el cumplimiento de su cometido, facultase al Ministro de Obras y Servicios Públicos a suscribir convenios en nombre de la Provincia, con entidades Nacionales, Provinciales y/
o Municipales entre otros, así
como también a desarrollar, evaluar y adoptar las políticas destinadas ala implementación del PROGRAMA, facultándolo a aprobar sub reglamentos operativos que pudieren surgir para la implementación de nuevas operatorias; asistir al mantenimiento actualizado del registro de beneficiarios del PROGRAMA, supervisar la utilización de los fondos, revisando la disponibilidad de los recursos, proyectar y proponer la colaboración de los restantes Ministerios; en aquellas políticas y programas qué requieran una capacitación específica, proyectar y proponer los criterios de ejecución de Obras que promuevan el empleo a fin de lograr la inserción social y laboral de los beneficiarios del mismo, dictar las normas complementarias, aclaratorias y de aplicación, previendo las adecuaciones necesarias y permanentes para el mejor cumplimiento de los objetivos del PROGRAMA.
ARTICULO 4.- El presente Decreto tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5º.- De forma.
COCCARO
Omar DELUCA
DECRETO Nº1899

04-07-07

ARTICULO 1.- Destacar en comisión de servicio al agente Adrián Raúl ONETO, legajo N
16866324/00, categoría 21 P.A. yT., a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los días 08 y 13 de septiembre del año en curso. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2.- La presente comisión de servicio no generará gastos de pasajes ni viáticos al Estado Provincial.
ARTICULO 3.- De forma.
COCCARO
Oscar S. RUIZ
DECRETO Nº1900

04-07-07

ARTICULO 1.- Sustituir del Artículo 1, Grupo 2, puntos a y b, del Decreto Provincial Nº 1593/07, donde dice: Grupo 3, deberá leerse: Grupo 2.
ARTICULO 2.- Comunicar a quienes corresponde. Dar al Bo-

letín Oficial de la Provincia y archivar.
COCCARO
María I. CABRERA
DECRETO Nº1901

04-07-07

ARTICULO 1.- Sustituir del Visto del Decreto Provincial N 1556/
07, donde dice: 10381 deberá leerse 10382, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2.- Ratificar el Acta Acuerdo de fecha 14 de junio de 2007, suscripta entre representantes del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el sector de la Asociación, Trabajadores del Estado ATE..
ARTICULO 3.- De forma.
COCCARO
María I. CABRERA
DECRETO Nº1902

04-07-07

VISTO el expediente N13046ME/07 del.registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo tramita la transferencia de PESOS UN MILLON
$ 1.000.000,00, puestos a disposición por el Administrador del Fondo Residual Ley Provincial 478, mediante Acta N 215.
Que es intención del Poder Ejecutivo destinar dichos fondos a la cancelación de la deuda que el Estado Provincial mantiene con el Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social.
Que en consecuencia corresponde aceptar los fondos ofrecidos y autorizar su transferencia al organismo precitado.
Que el suscripto se. encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1.- Aceptar la suma de PESOS UN MILLON
$ 1.000.000,00 puestos a disposición por el Administrador del

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 11/7/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data11/07/2007

Conteggio pagine76

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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