Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 12/3/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVI -

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Ushuaia, Lunes 12 de Marzo de 2007 - Nº 2259

Nº 2259

AÑO XVI

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Hugo Omar Cóccaro Gobernador
Dr. Enrique HoracioVALLEJOS

Sr. Raúl Horacio BERRONE

Ing. Omar DELUCA

Prof. María Isabel CABRERA

Ministro Coordinador de Gabinete y Gobierno
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación
Dr. Alejandro Rubén GUIDALEVICH

Dr.MiguelLONGHITANO

Sra. Silvia Beatriz BEBAN

Sra.Ana Delfina ESPARZA

Ministro de Salud
Secretario Legal y Técnico
Secretario General de Gobierno
Secretario de Desarrollo Social
C.P.N. Oscar Emilio CULLOTTA

Sra. Edith Estela DELVALLE

Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario Dependencia Inmediata del Gobernador
Ushuaia, Lunes 12 de Marzo de 2007
07-03-07 rrespondientes ha analizado la información brindada por los estableVISTO el Expediente N 17577- cimientos conforme a las reglamenEM/06 del registro de esta Gobertaciones en vigencia, contemplannación; y do los aspectos pedagógicos, económicofinanciero, edilicios y de CONSIDERANDO:
proyección respecto de su creciQue mediante el mismo tramita la miento en el ámbito Provincial.
solicitud efectuada por EstableciQue se proponen los cargos a submientos Educativos Públicos de vencionar en cada institución, siGestión Privada para obtener la subguiendo un criterio de equidad con vención con aportes financieros del respecto a la escuela pública, para Estado Provincial.
lo cual se realiza un estudio comQue el Ministerio de Educación de parativo de la estructura de cargos la Provincia realizo un análisis sode la planta funcional de cada Insbre cada una de las Instituciones sotitución y se confronta con las eslicitantes, en cuyo caso la mayoría tructuras similares de la escuela son Jardines de Infantes con una pública.
larga trayectoria en el ámbito de las Que se reconoce y subvenciona una ciudades de Ushuaia y Río Grande. planta funcional mínima y acorde a Que estas Instituciones vienen delas particularidades del nivel y en sarrollando una importante contriigualdad de derechos con respecto bución educando y sociabilizando a la escuela pública.
niños de edad pre-escolar y escoQue en función de la aplicación de lar.
los Aportes Financieros del Estado Que en ese marco, se impone el a los Establecimientos de Gestión cambio de régimen jurídico que rePrivada y conforme a la aplicación gula las relaciones entre tales instide la Resolución M.E. y C. N
tuciones y el Estado, como así tam- 1842/04, dichas instituciones debebién con su personal.
rán certificar al inicio del Ciclo EsQue el Ministerio de Educación, a colar la cantidad de alumnos por través de los equipos técnicos cosala o división, caso contrario se proDECRETO Nº 739

cederá a la solicitud de reintegro de los aportes financieros devengados.
Que las Instituciones mencionadas en el Anexo IX del presente, percibirán la subvención de los Aportes del Estado Provincial en doce 12
cuotas consecutivas, incluyendo el prorrateo del SueldoAnual Complementario y el porcentaje de los aportes patronales en igualdad con los pagados en el Estado Provincial.
Que es necesario dictar el instrumento legal pertinente.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DELATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Autorizar y aprobar las Plantas Orgánicas Funcionales de los Establecimientos Públicos de Gestión Privada para el Ciclo Lectivo 2007, de acuerdo a lo establecido en los Anexos I a VIII,
que forman parte integrante del presente, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2- Aprobar el cuadro de aportes financieros del Estado Provincial indicado en elAnexo IX
que forma paste integrante del presente, que se abonaran en doce 12
cuotas consecutivas, a partir del 01
de marzo de 2007.
ARTICULO 3- Las Instituciones citadas quedan obligadas a hacer frente a los compromisos que como Institución de Gestión estrictamente privada le corresponden, realizando en cada caso, los tramites a los que este obligada por las normas en vigencia.
ARTICULO 4- Las instituciones quedan sujetas a lo prescripto en las Leyes Nacionales 13.047 y 24.195, en el Decreto Provincial N 2897/
04 y a la Resolución M.E. y C. Nº 1842/04, a los efectos de las rendiciones, deberes y obligaciones que le corresponda, dando igualdad de condiciones laborales a los docentes de la misma y obligándose a realizar las rendiciones mensualmente a la Dirección de Educación Privada del Ministerio de Educación de la Provincia.

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 12/3/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data12/03/2007

Conteggio pagine44

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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